Temas en esta página:
- Registros de la corte
- Moción para sellar o limitar de otro modo la inspección de un expediente de caso
- Ley de segunda oportunidad de Maryland
Registros de la corte
En términos generales, los registros y casos judiciales de Maryland están abiertos al público. Puede visitar un tribunal de Maryland para consultar los registros judiciales o conectarse en línea para ver información sobre un caso a través del Búsqueda de casos judiciales de Maryland.
Lea la regla: Regla de Maryland 16-903
Sin embargo, puede solicitar a un tribunal de Maryland que impida que el público vea los registros de su caso. Hay dos maneras de hacer esto:
- Moción para sellar o limitar de otro modo la inspección de un expediente de caso
- Petición de protección según la Ley de Segunda Oportunidad de Maryland
Una Petición de protección o una Moción de sellado exitosa ofrece formas de evitar que el público vea sus registros judiciales. Si desea obtener más información sobre registros de blindaje o sellado, visite el Sitio web del poder judicial de Maryland.
Algunos registros de casos no requieren estas mociones/peticiones porque los registros no son públicos. Por ejemplo, en casos penales, la información de contacto de la víctima se protege automáticamente. Comprobar el Reglas de Maryland para obtener más información sobre registros civiles y penales protegidos automáticamente.
Existen algunas leyes específicas sobre la protección de registros de casos en algunos tipos de casos:
- Falta de pago del alquiler:Algunos casos de impago de alquiler deben ser protegidos por el tribunal y otros pueden serlo. Obtenga más información en el artículo sobre el incumplimiento del pago del alquiler..
- Órdenes de paz y protección:En algunas situaciones, tanto el peticionario como el demandado pueden pedir al tribunal que proteja los registros relacionados con una orden de paz o de protección. Obtenga más información sobre el blindaje, la paz y las órdenes de protección..
- Eliminación de antecedentes penales:Solicitarle al tribunal que proteja o selle sus registros judiciales no es lo mismo que expurgarlos. Obtenga más información sobre las expurgaciones de antecedentes penales.
Búsqueda de casos de los tribunales de Maryland
Moción para sellar o limitar de otro modo la inspección de un expediente de caso
Esta moción solicita al tribunal que selle el expediente del caso o que limite la inspección de una parte del expediente. Los registros de casos incluyen documentos judiciales, órdenes, avisos y otros registros de un caso. La moción se puede utilizar más de una vez para casos penales, civiles y de tránsito. El formulario estándar (formulario CC-DC-053) está disponible en el Sitio web de los tribunales de Maryland. Para solicitar proteger un caso de falta de pago del alquiler presentado durante la pandemia de COVID-19 (5 de marzo de 2020 - 1 de enero de 2022), utilice el formulario DC-CV-116.
Una parte en un caso, que incluye al demandante, al demandado y a una parte interviniente autorizada, puede solicitar al tribunal que selle o limite la inspección de un expediente. Cualquier persona que sea objeto de un expediente o esté específicamente identificada en él también puede presentar esta solicitud.
Al solicitar limitar la inspección de un expediente, debe dar una razón especial y convincente por la cual el público no debería poder ver el caso.
Lee las reglas: Maryland Rules Título 16, Capítulo 900
Proceso
Presentación y notificación
- Completa un Petición para sellar o limitar de otro modo la inspección de un expediente (formulario CC-DC-053).
- Presente la petición por correo o en persona ante el Tribunal de Distrito o de Circuito que conoció el caso.
- Notifique a todas las partes y otras personas nombradas en el caso enviándoles todos los documentos que presentó ante el tribunal.
Al presentar la moción de sellado, los registros que solicita se sellan automáticamente por hasta cinco días hábiles. Transcurrido este tiempo, el tribunal puede emitir una orden temporal para proteger el registro hasta la audiencia y la decisión final. Si el tribunal no emite una orden temporal de sellado, los registros estarán visibles hasta que el tribunal resuelva sobre la moción de sellado.
Respuesta y revisión judicial
Tras la presentación de su petición, todas las partes y cualquier persona nombrada en el caso pueden presentar una respuesta. El plazo para presentar una respuesta a la moción varía según el tribunal donde se presente la petición. En el Tribunal de Distrito, la parte tiene 10 días para responder. En el Tribunal de Circuito, tiene 15 días para hacerlo.
Si una parte se opone a la petición, el tribunal celebrará una audiencia antes de tomar una decisión. El tribunal tiene 30 días a partir de la fecha de la audiencia para emitir su decisión.
Decision de la Corte
Un juez revisará la petición y las respuestas. El juez realizará una de las siguientes acciones:
- Programar una audiencia:Si el juez determina que la petición requiere más consideración, o si se ha presentado una objeción, el tribunal programará una audiencia.
- Denegar la peticiónSi el juez determina que no puede conceder la petición, la denegará. Si el tribunal deniega la moción, el público podrá consultar el expediente.
- Conceder la petición:Si el juez concede la petición, el tribunal podrá:
- Sella el registro:Si el tribunal sella el expediente, no se podrá abrir todo el expediente del caso sin el permiso del juez.
- Inspección limitada del expediente: Si el tribunal limita la inspección, indicará claramente qué registros no pueden ser vistos por el público y durante cuánto tiempo.
Acceso a un registro sellado - El público puede pedir permiso para ver un expediente cerrado. Los formularios están disponibles en el Sitio web de los tribunales de Maryland.
Lee las reglas: Regla de Maryland 16-912; 2 - 311; 3 - 311
Petición de protección bajo la Ley de Segunda Oportunidad de Maryland
Se trata de una solicitud única para eliminar los registros judiciales y policiales de 12 condenas elegibles. Los delitos elegibles son:
- Conducta desordenada bajo § 10-201(c)(2) del Artículo de Derecho Penal;
- Perturbación de la paz bajo § 10-201(c)(4) del Artículo de Derecho Penal;
- Incumplimiento de una orden razonable y legal bajo § 10-201(c)(3) del Artículo de Derecho Penal;
- Destrucción Maliciosa de Propiedad en Grado Menor según § 6-301 del Artículo de Derecho Penal;
- Intrusión en propiedad señalizada según § 6-402 del Artículo de Derecho Penal;
- Poseer o administrar una sustancia peligrosa controlada bajo § 5-601 del Artículo de Derecho Penal;
- Posesión o administración de una sustancia peligrosa no controlada bajo § 5-618(a) del Artículo de Derecho Penal;
- Uso o posesión con intención de usar parafernalia de drogas bajo § 5-619(c)(1) del Artículo de Derecho Penal;
- Conducir sin licencia bajo § 16-101 del Artículo de Transporte;
- Conducir mientras el privilegio está cancelado, suspendido, denegado o revocado según § 16-303 del Artículo de Transporte;
- Conducir sin seguro según § 17-107 del Artículo de Transporte, o
- Un delito de prostitución según § 11-306(a)(1) del Artículo de Derecho Penal si la condena es por prostitución y no por asignación.
Esta petición se presenta ante el Tribunal de Distrito o el Tribunal de Circuito. Debe haber sido condenado por una de las 12 condenas específicas en esos tribunales. La petición puede incluir múltiplos de las 12 condenas. La petición sólo se puede presentar en un condado de Maryland y sólo una vez en la vida.
Si tiene dos o más condenas derivadas del mismo incidente, transacción o conjunto de hechos, entonces la elegibilidad para proteger esas condenas es "todo o nada". Si alguna de esas condenas no es elegible para protección, entonces ninguna de esas condenas es elegible.
Lea la Ley: Código de Maryland, Procedimiento Penal Título 10, Subtítulo 3