Temas en esta página:
- ¿Puedo demandar a mi arrendador por no adaptarse a mi discapacidad?
- El Código de Accesibilidad de Maryland
- ¿Estoy calificado para presentar una demanda?
- ¿Qué debo hacer para presentar una demanda según el Código de Accesibilidad de Maryland?
- ¿Qué pasa si gano en la corte?
¿Puedo demandar a mi arrendador por no adaptarse a mi discapacidad?
Si está alquilando un determinado tipo de apartamento y el desarrollo o edificio no es accesible para su discapacidad, es posible que tenga derecho a demandar para obtener ayuda y un traslado a una unidad accesible, bajo algunas circunstancias. Es posible que pueda presentar una demanda porque el Código de Accesibilidad de Maryland exige que los edificios de apartamentos multifamiliares construidos después de 1990 o renovados sustancialmente proporcionen unidades accesibles para inquilinos con discapacidades físicas. La excepción es cuando el edificio de apartamentos tiene menos de cuatro unidades. Si su apartamento es propiedad de una Autoridad de Vivienda Pública o recibe un subsidio de vivienda pública de ella, no puede utilizar esta ley para hacer cumplir su derecho a la accesibilidad (aunque tendrá otros derechos según la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 y/o la Ley de Estadounidenses con Discapacidades). Además, si su apartamento está subsidiado por el gobierno federal, es posible que tenga otros derechos más sólidos para solicitar que su arrendador haga y pague modificaciones razonables a su discapacidad o lo transfiera a una unidad que se adapte a sus necesidades relacionadas con su discapacidad.
El Código de Accesibilidad de Maryland
El Código de Accesibilidad de Maryland es un código de construcción estatal obligatorio, similar al Código Internacional de Construcción. Cada condado y la ciudad de Baltimore deben adoptar y hacer cumplir el Código de Accesibilidad de Maryland. El Código de Accesibilidad de Maryland ha sido ley durante muchos años, aunque las disposiciones para hacer cumplir la accesibilidad no se adoptaron hasta 2013.
El Código de Accesibilidad de Maryland exige que todos los propietarios y desarrolladores multifamiliares con cuatro o más unidades en un edificio realicen modificaciones de accesibilidad cuando construyan o renueven sustancialmente sus propiedades. Al renovar sustancialmente una propiedad, los propietarios de unidades multifamiliares pueden hacer que una unidad accesible por cada 25 (4%) sea completamente accesible o modificar todas las unidades de la planta baja para realizar modificaciones más limitadas para las personas que usan sillas de ruedas. El mantenimiento normal, el retechado y los cambios en los sistemas mecánicos o eléctricos no implican el cumplimiento de las modificaciones de accesibilidad.
Para obtener más información sobre modificaciones en el hogar, visite Sitio web del Departamento de Discapacidades de Maryland.
Los propietarios pueden solicitar una exención si las renovaciones de accesibilidad serían excesivamente costosas o estructuralmente inviables.
Nota: El Departamento de Vivienda y Desarrollo Comunitario de Maryland no tiene autoridad para renunciar a los requisitos de accesibilidad impuestos por la ley federal.
Lea la Ley: Reglamentos del Código de Maryland 09.12.53.07 y 09.12.53.09
¿Estoy calificado para presentar una demanda?
Debe vivir o estar pensando en mudarse a un edificio que crea que viola el Código de Accesibilidad de Maryland. No debe vivir en una unidad propiedad de una Autoridad de Vivienda Pública o subsidiada con fondos de vivienda pública. En la mayoría de los casos, si vive en una unidad subsidiada por el gobierno federal, será más ventajoso para usted solicitar que se realicen modificaciones razonables a su unidad, o una transferencia a una unidad accesible, según Sección 504 de la Ley de Rehabilitación. Es posible que desee hablar con un abogado para comprender mejor sus derechos.
¿Qué debo hacer para presentar una demanda según el Código de Accesibilidad de Maryland?
Hay cuatro pasos que debes seguir:
- Escriba una carta al administrador de la propiedad que
- Explica su necesidad de accesibilidad relacionada con su discapacidad. Incluya una carta de su proveedor médico o de apoyo para discapacitados explicando que usted es una persona con una discapacidad y que tiene una necesidad relacionada con la discapacidad para la unidad accesible o áreas comunes que ha solicitado.
- Identifica la(s) área(s) del edificio que no cumple
- Solicita una modificación de su unidad o una transferencia a una unidad que será modificada
- Indica que el administrador de su propiedad tiene 30 días para abordar el problema.
- Fecha tu carta y guarda una copia para tus registros. Se recomienda correo certificado, además de una segunda copia enviada por correo de primera clase.
- Espera 30 días
- Si el administrador de su propiedad no soluciona el problema, puede presentar una demanda en el Tribunal de Distrito o Civil.
Nota: Siempre tiene derecho a solicitar otras modificaciones razonables a su arrendador, incluso si su apartamento no está sujeto al Código de Accesibilidad de Maryland. La Ley de Enmiendas a la Vivienda Justa exige que el propietario le permita modificar su unidad o áreas comunes por su cuenta, en la mayoría de las circunstancias. Es posible que haya fondos disponibles para ayudar a pagar el costo de las modificaciones. Ver el Sitio web del Departamento de Discapacidades de Maryland para obtener más información.
¿Qué pasa si gano en la corte?
Si el tribunal determina que hubo una violación del Código de Accesibilidad de Maryland, puede hacer cualquiera de las siguientes acciones:
- Hacer cumplir el cumplimiento del edificio de apartamentos.
- Adjudicarle los costos de presentar la demanda.
- Concederle los daños y perjuicios que hubiera sufrido a causa del incumplimiento Lea la Ley: Código de Maryland, Seguridad Pública § 12-202