Rara vez se conceden indultos. Un “perdón” es un acto del Gobernador en el que el Gobernador libera a alguien de culpa por un acto criminal y exime al beneficiario de cualquier sanción legal por esos actos. No puede solicitar un indulto si se encuentra actualmente en la cárcel. Además, el indulto no es una Borrado y no elimina sus antecedentes penales de los registros públicos.
Lea la Ley: Código de Maryland, Servicios Correccionales § 7-101
El Gobernador utiliza las pautas de la Comisión de Libertad Condicional de Maryland para determinar si concede o no un indulto. A continuación se resumen las pautas.
Si fue declarado culpable de un delito menor, debe haber estado libre de delitos durante al menos 5 años desde el momento de su sentencia o su liberación de la cárcel, libertad condicional o libertad condicional, lo que ocurra último.
Si fue condenado por un delito grave y no ha cometido ningún delito, se aplican los siguientes tiempos de espera:
- 7 años: la Comisión de Libertad Condicional puede, a su entera discreción, considerar solicitudes donde solo hayan transcurrido 7 años.
- 10 años - si el delito grave fue no un delito de violencia y lo hizo no involucran sustancias peligrosas controladas
- 15 años: si el delito grave fue un delito violento o involucró sustancias peligrosas controladas, la Comisión de Libertad Condicional puede, a su entera discreción, considerar la solicitud.
- 20 años - si el delito grave fue un crimen de violencia o involucra sustancias peligrosas controladas
Se consideran los siguientes factores con respecto a su solicitud de indulto:
- La naturaleza y circunstancias del delito.
- El efecto del perdón sobre la víctima y la comunidad
- la sentencia dada
- Tu otro comportamiento antisocial
- Tu rehabilitación
- El motivo para solicitar el indulto
A solicitar un indulto, o para obtener más información, visite el Sitio web del Departamento de Seguridad Pública y Servicio Correccional.