Ordenes de paz y ordenes de protección son ordenes civiles expedidas por un juez. Solo se puede calificar por una u otra, pero no a ambas . Aprenda sobre las ordenes de protección y ordenes de paz.
Temas en esta página
- ¿Quien es elegible?
- ¿Que es el abuso?
- ¿Que tipos de desagravio son disponibles?
- ¿Donde y cuando se puede radicar?
- ¿Por cuanto tiempo es el orden en efecto?
- ¿La corte puede expide los ordenes mutuales?
¿Quien es elegible para una de protección o una orden de paz?
Se puede ser idóneo por el orden de protección o el orden de paz. No se puede ser idóneo por ambos. La relación entre las personas generalmente determina cual se aplica, un orden de protección o un orden de paz.
Orden de Protección
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Un esposo actual o un esposo anterior del abusador (También se llama el “Demandado”);
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Un compañero del piso del Demandado;
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Una persona familiar al Demandado por sangre, matrimonio, o adopción;
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Un padre, padrastro o madrastra, hijo o hijastro del Demandado o de la persona que es idóneo por el desagravio (También se llama “Solicitante”) quien
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reside (o residió) con el Demandado o el Solicitante por 90 días a lo menos;
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Un adulto vulnerable;
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Una persona que tiene un hij@ en común con el Demandado
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Una persona que tenia una relación sexual con el Demandado dentro de un año ante de radicar por el desagravio; o
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Una persona que alega que dentro de 6 meses antes de radicar por el desagravio, el Demandado cometa una violación o una ofensa sexual.
Lea la ley: Código de Maryland, Derecho Familiar §4-501. (Md. Code, Family Law § 4-501)
Orden de Paz
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Cualquiera que no es elegible para una orden de protección, pero es una victima del abuso
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Un empleador se puede radicar para una orden de paz de parte de un empleo se basado en las amenazas o actos de violencia contra ese empleo en el lugar del trabajo.
Lea la ley: Código de Maryland, Las cortes y el procedimiento judicial §3-1502, §3-1503. (Md. Code, Courts and Judicial Proceedings § 3-1502, § 3-1503)
¿Que es el abuso?
Los actos considerados como “ abuso” para una orden de protección o una orden de paz son similares, pero hay diferencias. Por ejemplo, las ordenes de paz incluyen tipos del abuso adicionales. Además, tenga en cuenta que hay definiciones especificas por los tipos de abuso. Por ejemplo, la definición de “acoso” es proveída específicamente por el Código de Maryland.
Orden de Protección
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Un acto que causa los daños corporales graves
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Un acto que se pone el Solicitante en miedo de daños corporal grave y inminente
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El asalto
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La violación o la ofensa sexual o una tentativa de violación o una tentativa de una ofensa sexual
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La detención ilegal
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El acoso
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El porno de venganza
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El abuso de un adulto vulnerable
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El abuso de un niño
Lea la ley: Código de Maryland, Derecho Familiar §4-501. (Md. Code, Family Law § 4-501)
Un Orden de Paz
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Un acto que causa los daños corporales graves
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Un acto que se pone el Solicitante en miedo de daños corporal grave y inminente
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El asalto
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La detención ilegal
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El acoso
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Una violación de la propiedad bajo Titulo 6, Subtitulo 4 del Articulo de la ley criminal; o
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La destrucción de la propiedad malicioso
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El uso indebido de instalaciones y equipos telefónicos o de comunicaciones electrónicas o servicios interactivos de computadora
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El porno de venganza
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La vigilancia visual
Lea la ley: Código de Maryland, Las cortes y el procedimiento judicial §3-1503. (Md. Code, Courts and Judicial Proceedings § 3-1503)
Por los ordenes de paz, tiene que demonstrar que el abuso ocurrió y que es probable que ocurra otra vez.
Lea la ley: Código de Maryland, Las cortes y el procedimiento judicial §3-1503.1, §3-1504, §3-1505. (Md. Code, Courts and Judicial Proceedings § 3-1503.1, § 3-1504; § 3-1505)
¿Qué tipos de alivio están disponibles para mí según la orden?
Las dos órdenes ordenan que una persona tiene que abstenerse de cometer unos actos específicos contra otras personas. Sin embargo, los órdenes de protección ofrece adicionales tipos de alivio.
La orden de protección – Un juez puede incluir uno o todos los alivios disponible:
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Abstener de amenazar o cometer abuso
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Terminar todo contacto con el solicitante
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No acercarse al solicitante y no contactar o acosar al solicitante en su casa, escuela, trabajo, la escuela de sus hijos, las casas de su familia, o otro lugar donde la solicitante está viviendo
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No acercarse a la casa de solicitante
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Salir de la casa donde vive con el solicitante:
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Si las partes están casadas Y están conviviendo cuando ocurre el abuso O
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Si las partes no están casadas , pero ellos están conviviendo cuando ocurre el abuso Y el nombre del solicitante está en el contrato de alquiler o la escritura de la casa O el solicitante ha vivido con el encuestado por al menos 90 días durante el año pasado
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Entregar sus armas
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Pagar los honorarios y los costos del tribunal
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La custodia temporal de los niños del encuestado y el solicitante
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Establecer visitas temporales
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Otorgar manutención de la familia de emergencia
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Otorgar posesión y uso de un coche que está titulado conjuntamente
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Posesión temporal de las mascotas
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Asesoramiento
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Cualquier otro alivio que el juez determine es necesario para proteger el solicitante del abuso
Lea la Ley: Código de Maryland, Derecho Familiar § 4-504.1; § 4-505; § 4-506 (Md. Code, Family Law § 4-504.1; § 4-505; § 4-506)
La orden de paz – El juez no ordenará todo el alivio disponible. En cambio, el juez puede ordenar solamente el alivio que es mínimamente necesario para proteger el solicitante.
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Abstener de amenazar o cometer abuso
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Terminar todo contacto con el solicitante
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No acercarse a la casa, el trabajo, o la escuela del solicitante
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Asesoramiento
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Pagar los honorarios y las cuotas del tribunal
Lea la Ley: Código de Maryland, Cortes y Procedimientos Judiciales § 3-1503.1; § 3-1504; § 3-1505 (Md. Code, Courts and Judicial Proceedings § 3-1503.1, § 3-1504; § 3-1505)
¿Dónde y cuándo puede solicitar?
La orden de protección
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Puede solicitar en el tribunal de distrito o en el tribunal de circuito.
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No hay una tarifa de solicitud.
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Puede solicitar en cualquier momento después del acto de abuso.
Lea la Ley: Código de Maryland, Derecho Familiar § 4-501; § 4-504 (Md. Code, Family Law § 4-501; § 4-504)
La orden de paz
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Solamente puede solicitar en el tribunal de distrito.
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Hay una tarifa de solicitud y un cargo por el servicio. El juez puede perdonar la tarifa de solicitud para solicitantes indigentes, pero no puede perdonar el cargo por el servicio.
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Debe solicitar dentro de 30 días del acto de abuso.
Lea la Ley: Código de Maryland, Cortes y Procedimientos Judiciales § 3-1501; § 3-1503 (Md. Code, Courts and Judicial Proceedings § 3-1501; § 3-1503)
¿Cuánto tiempo está en vigor la orden?
La orden de protección
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Las órdenes de protección temporales normalmente no duran más que 7 días, pero un juez puede ampliar una orden de protección temporal según sea necesario, pero no más que 6 meses. Las ordenes de protección temporales puede ser extendido para efectuar el orden, para proporcionar protección, o otra causa justificada.
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La orden de protección final dictará el periodo efectivo. Generalmente, la orden no puede exceder de un año. Si el encuestado consiente, la orden puede ser efectivo para dos años. Hay unas circunstancias en que una orden puede llegar a ser permanente.
Lea la Ley: Código de Maryland, Derecho Familiar § 4-505; § 4-506 (Md. Code, Family Law § 4-505; § 4-506)
La orden de paz
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Las órdenes de paz temporales normalmente no duran más que 7 días, pero un juez puede ampliar una orden de paz temporal según sea necesario, pero no más que 30 días. Las ordenes de paz temporales puede ser extendido para efectuar el orden, para proporcionar protección, o otra causa justificada.
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La orden de paz final dictará el periodo efectivo. La orden no puede exceder de 6 meses. La orden de paz final puede ser extendido por 6 meses para causa justificada.
Lea la Ley: Código de Maryland, Cortes y Procedimientos Judiciales § 3-1504; § 3-1505; § 3-1506 (Md. Code, Courts and Judicial Proceedings § 3-1504; § 3-1505; § 3-1506)
¿La corte puede expide los ordenes mutuales?
Las ordenes mutuas - Con las ordenes de protección y las ordenes de paz, el juez solamente puede expedir la orden a la persona que ha solicitado una petición. Entonces, ordenes mutuales solamente son disponibles si ambos el solicitante y el encuestado han solicitado para una orden de protección o una orden de paz. En esto caso, el juez puede expedir ordenes mutuales si el juez decide, con la preponderancia de las pruebas (las más de las veces), que:
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La orden de protección - abusos mútales han ocurrido; tanto el encuestado como el solicitante actuó como agresores principales, y ninguno de los dos actuó en defensa propia.
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La orden de paz - los dos han cometido abuso y es probable que los dos va a cometer abuso en el futuro.
Lea la Ley: Código de Maryland, Derecho Familiar § 4-506 (Md. Code, Family Law § 4-506); Código de Maryland, Cortes y Procedimientos Judiciales § 3-1505 (Courts and Judicial Proceedings § 3-1505)