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- Orden de Paz en Generalmente
- Paso Uno: Orden de Paz Provisional- obtener protección inmediata cuando los tribunales están cerrados
- Paso Dos: obtener protección inmediata durante el horario comercial de los tribunales
- Paso Tres: obtener protección a largo plazo
Orden de Paz en Generalmente
La Orden de Paz es una solicitud de protección legal para cualquiera que tenga problemas con un individuo, incluyendo alguien en una relación romántica, vecinos, un extraño o cualquier otra persona. La Orden de Paz permite que un individuo (Solicitante) que desea que lo dejen en paz pedirle al tribunal que ordene a otra persona (Demandado) que se mantenga alejado y se abstenga de cualquier contacto con usted. Lo siguiente es una guía de paso-a-paso para ayudarle a protegerse.
¿Quien puede obtener una orden de paz?
Usted solo podrá obtener una orden de paz en contra del individuo si usted NO tiene derecho de obtener una orden de protección. (La orden de protección es aplicable en situaciones especiales, e incluye a ciertos miembros de la familia, e individuos que viven juntos, ex–parejas y parejas actuales.) Obtenga más información sobre las órdenes de protección, incluida una lista de personas cubiertas por la ley de órdenes de protección.
Usted solo podrá obtener una orden de paz si usted es residente del estado de Maryland (o su empleado es residente de Maryland si usted es un empleador que presenta una declaración en nombre de un empleado), o el acto cubierto por la ley del orden de paz ocurrió en Maryland.
Empleadoras
Un empleador puede presentar una petición de orden de paz en nombre de un empleado con base en ciertas amenazas o actos de violencia contra ese empleado en el lugar de trabajo del empleador. En esta situación, el empleador es el peticionario y el empleado es la parte "en nombre de". Su empleador debe notificarle antes de presentar la petición de orden de paz en su nombre. Su empleador no puede tomar represalias contra usted por no proporcionar información o no testificar en un procedimiento de orden de paz.
Un empleador también tiene inmunidad de cualquier responsabilidad civil que pueda resultar de no presentar una petición de orden de paz en nombre de un empleado, pero esta disposición de inmunidad termina el 1 de Octubre de 2023.
¿Qué actos están cubiertos por la ley de Orden de Paz?
- Un acto que causa serios daños corporales (e.j., patadas, puñetazos, asfixia, disparos, puñaladas, empujones);
- Un acto que le pone en temor de daño corporal serio inminente;
- Asalto en cualquier grado;
- Encarcelamiento falso;
- Acoso; (Leer la ley Md. Coda, Derecho Penal § 3-803)
- Acecho; (Leer la ley Md. Coda, Derecho Penal § 3-802)
- Intrusión;
- Destrucción maliciosa de propiedad;
- Uso indebido de instalaciones y equipos telefónicos; (Leer la ley Md. Coda, Derecho Penal § 3-804)
- Uso indebido de comunicaciones electrónicas o servicios informáticos interactivos; (Leer la ley Md. Coda, Derecho Penal § 3-805)
- Venganza porno; (Leer la ley Md. Coda, Derecho Penal § 3-809)
- Vigilancia visual criminal. (Leer la ley Md. Coda, Derecho Penal §§ 3-901, 3-902, 3-903)
¿Hay un límite de tiempo para presentar?
Sí. Tiene treinta (30) días después que ocurre el acto para presentarle la petición al Tribunal.
¿Tengo que prestar juramento al presentar una Orden de Paz?
Sí. Hay una penalidad de delito menor por conscientemente por proporcionar deliberadamente información falsa y, en caso de condena, puede incluir una multa de hasta $1000 o recibir una condena de hasta noventa (90) días, o ambas cosas.
¿Hay un costo de presentación de la solicitud?
Sí. Cuesta $46 presentar la solicitud y hay un costo de servicio de $40. El Tribunal puede dispensar sólo el costo de la solicitud para solicitantes indigentes.
¿Cómo puedo obtener protección bajo la ley?
Hay un proceso de dos o tres pasos que debe seguir para obtener una Orden de Paz.
Sobre el procedimiento, el proceso es similar al de una orden de protección, excepto que el Tribunal de Distrito tiene jurisdicción exclusiva para los casos de Orden de Paz. Mientras usted busca alivio sin un abogado, algunos tribunales pueden tener defensores en el lugar que le pueden ayudar a llenar los formularios.
Al comenzar este proceso, debe estar para tener lo siguiente:
- Tome fotografías de cualquier lesión visible.
- Obtenga copias de cualquier informe policial.
- Determine si alguien vio el acto en cuestión y pida que esa persona testifique a su favor.
- Si no lo ha hecho aún, hable con la policía sobre la presentación de cargos criminales.
Leer la ley: Md. Coda, Courts and Judicial Proceedings § 3-1503
Paso Uno: Orden de Paz Provisional- obtener protección inmediata cuando los tribunales están cerrados
Cuando el Tribunal de Distrito está cerrado, el solicitante puede presentar una petición de una Orden de Paz con la oficina del Comisionado del Tribunal de Distrito. Las oficinas de los Comisionados están abiertas y disponibles las 24 horas del día, 7 días a la semana a lo largo del estado. Un solicitante puede acceder al Comisionado al ir a la oficina de cualquier Comisionado de servicio o llamando a un Comisionado de turno. Se puede encontrar información de contacto de los Comisionado en la página web del Tribunal de Distrito.
1: Complete la Petición en la oficina del Comisionado del Tribunal de Distrito en su condado.
En la oficina del Comisionado, le pedirán que llene un formulario llamado una Petición. En este formulario, usted enumerará las razones por las cuales busca protección. Es importante hacer lista de cada ejemplo de abuso físico y amenazas; antecedentes de daño o acoso causado por el Demandado; cualquier acción previa o pendiente entre usted y el Demandado; y el alivio que usted busca. Si es necesario, puede escribir en una hoja de papel adicional y fijar la petición.
2: Verá a un Comisionado
Luego de presentar la petición, comparecerá ante el Comisionado para explicar las razones por las cuales busca alivio. Como la persona que busca alivio, usted tiene la carga de la prueba por “bases razonables” para establecer que el acto o incidente ocurrió entre usted y el Peticionado. En cuanto tal, es importante que revele cualquier prueba de abuso y/o acoso que tenga, incluyendo fotos, informes policiales, informes médicos, testigos, etc.
3: ¿Qué alivio puede ordenar el Comisionado?
Según las circunstancias específicas de su caso, el Comisionado podrá ordenar como alivio alguno (o todos) de los siguientes:
- Abstenerse de cometer o amenazar con cometer un acto en contra de usted;
- Abstenerse de contactar, intentar contactar, o acosarle a usted;
- Abstenerse de entrar en su residencia; y
- Permanecer lejos de su trabajo, escuela o hogar temporal.
4: Contenido y requisitos de aviso de una Orden Provisional de Paz.
El Comisionado remitirá la Orden Provisional de Paz a la agencia de orden público, así como al Tribunal de Distrito. A partir de entonces, un oficial de orden público le servirá inmediatamente al demandado una copia de la Orden Provisional de Paz. La Orden Provisional de Paz dirá:
- El día, hora y lugar de otra audiencia para una Orden Provisional de Paz; y
- El día, hora y lugar tentativos de la audiencia para una Orden Final de Paz.
5: ¿Cuánto tiempo permanecerá en vigor la Orden Provisional de Paz?
La Orden Provisional de Paz expirará al final del segundo día hábil después de la emisión o, si el Tribunal de Distrito está cerrado ese día, al día siguiente que el Tribunal de Distrito está abierta.
6: Audiencia de Orden Provisional de Paz.
Usted debe asistir a una audiencia de Orden Provisional de Paz para extender la duración y alcance de la protección contenida en la Orden Provisional de Paz. Si la otra parte no ha recibido una copia (es decir, no se ha notificado), el tribunal emitirá una Orden Provisional de Paz y le notificará al demandado con la notificación de la audiencia final.
Leer la ley: Md. Coda, Courts and Judicial Proceedings § 3-1503
Paso Dos: obtener protección inmediata durante el horario comercial de los tribunales
1: Vaya al Tribunal de Distrito de su condado.
El horario normal del Tribunal de Distrito es de lunes a viernes, entre las 8:30 am a las 4:30 pm. Al llegar al Tribunal, dígale al Secretario del Tribunal (Secretario) que desea presentar una Petición de Orden de Paz (Petición).
NOTA: Si usted tiene una Orden Provisional de Paz, no tiene que ver al Secretario. En su lugar, tome asiento en la sala del tribunal asignado y espere a que su caso sea llamado porque ya tiene una audiencia programada. Salte a "3: Usted verá a un juez."
2: El secretario le dará una petición para completar.
En este formulario, usted enumerará las razones por las que usted busca protección. Es importante enumerar todos los ejemplos de abuso físico y de amenazas; la historia de un daño o acoso causado por el Demandado; cualquier acción previa o pendiente entre usted y el Demandado; y el alivio que busca. Si es necesario, también puede escribir en una hoja de papel adicional y fijarla a la Petición.
3: Usted verá a un juez.
Si usted recibió una Orden Provisional de Paz o presenta una petición por primera vez, usted comparecerá ante un juez para explicar sus razones de buscar alivio. Como la persona en busca de alivio, tiene la carga de la prueba por "motivos razonables" para establecer que un acto o incidente ocurrió entre usted y el Demandado. Tal cual, es importante que usted divulgue cualquier prueba de abuso o acoso que pueda tener, incluyendo fotografías, informes policiales, registros médicos, testigos, etc. A diferencia de una Orden de protección, el Juez también debe encontrar que es probable que el Demandado cometerá un acto similar en el futuro.
NOTA: Si usted presentó una Orden Provisional de Paz , la decisión del Comisionado de conceder o negar cualquier alivio no es obligatoria para el juez que escuchará su caso para una Orden de Paz Temporal.
4: ¿Qué alivio puede ordenar el Juez ?
Dependiendo de sus circunstancias específicas, el Juez puede ordenar que cualquiera (o todos) de los siguientes:
- Abstenerse de cometer o amenazar con cometer un acto en contra de usted;
- Abstenerse de contactar, intentar contactar, o acosarle a usted ;
- Abstenerse de entrar en su residencia; y
- Permanecer lejos de su trabajo, escuela o hogar temporal.
5: ¿Qué pasa si el Demandado comparece ante el tribunal para la audiencia del Orden Provisional de Paz después de haber sido presentado una Orden Provisional de Paz?
El Tribunal podrá proceder a una audiencia de Orden de Paz Final siempre que el Tribunal tiene jurisdicción personal sobre el Demandado y las partes consienten expresamente a renunciar la audiencia Orden Provisional de Paz. Ver Paso # 3: Orden de Paz Final: Obtener protección de larga duración".
6: Contenido y requisitos de notificación de una Orden Provisional de Paz.
El Tribunal remitirá inmediatamente la Orden Provisional de Paz a la agencia del orden público para localizar y presentar al Demandado una copia de la orden. La Orden Provisional de Paz indicará el día, hora y lugar de una audiencia para una Orden de Paz Final.
7 ¿Cuánto Tiempo permanecerá en efecto la Orden Provisional de Paz ?
La Orden Provisional de Paz permanecerá en efecto por no más de siete (7) días después de que el orden público le ha dado al Demandado una copia de la orden. (i.e. presentación). Si el tribunal está cerrado el día en que la orden está a punto de expirar, la orden permanecerá en efecto hasta el segundo día en que el tribunal está abierto. El juez puede prorrogar la orden, según sea necesario, hasta treinta (30) días para presentar al Demandado o por alguna causa válida.
8: Audiencia de Orden Final de Paz
Usted debe asistir a una audiencia de Orden Final de Paz para extender la duración y el alcance de protección contenida en la Orden Provisional de Paz. El juez programará otra audiencia que tendrá lugar en una (1) semana.
Leer la ley: Md. Coda, Courts and Judicial Proceedings § 3-1504
Paso Tres: obtener protección a largo plazo
1: Audiencia de Orden Final de Paz.
En la audiencia de Orden Final de Paz, si el Demandado le ha presentado una copia de la Orden Provisional de Paz pero deja de comparecer para la audiencia, usted puede pedirle al juez que registre una Orden de Paz contra el Demandado - esto se llama una Orden de Rebeldía.
Si el Demandado está presente en la audiencia, puede o no ser representado por un abogado. Cuando el caso es llamado, tanto usted como el Demandado tendrán una oportunidad de decirle al Juez lo que lo sucedió a presentar la solicitud. Es una audiencia formal y las normas para la admisión de pruebas se aplican. Como la persona que busca el alivio, usted tiene que probar del "peso de la prueba." (Esto significa que hay mas pruebas de su parte que del demandado.)
Por favor tenga en cuenta que el Juez que oye el caso puede ser otro que el Juez que presidió la audiencia de Orden Provisional de Paz, así que es importante que usted repita todas las razones por las que busca alivio, esto incluye la presentación en prueba cualquier documentación del acto o incidente (informe policial, registros hospitalarios, fotografías, etc.) y la llamada a testigos en su nombre. Tenga En Cuenta que el Demandado o el abogado le hará preguntas en contrainterrogatorio y tendrán una oportunidad de refutar su caso. No se sorprenda o moleste si el Demandado miente sobre lo que ocurrió. Al concluir la audiencia, el Juez decidirá si un acto ocurrió Y si es probable que el Demandado cometerá un acto semejante en el futuro.
2: Lo que el Juez puede ordenar.
Si el juez decide a su favor, el juez puede ordenar alguno (si no incluso todo) lo siguiente:
- Abstenerse de cometer o amenazar con cometer un acto en contra de usted;
- Abstenerse de contactar, intentar contactar, o acosarle;
- Abstenerse de entrar en su residencia; y
- Permanecer lejos de su trabajo, escuela o hogar temporal.
- Dirigir que el Demandado participe en un programa de orientación y, si las partes son susceptibles de enmienda, la mediación; y
- Ordenar a cualquiera de las partes el pago del costo de presentación y costos asociados con el procedimiento.
Usted y el Demandado recibirán una copia de la orden de paz en el momento de la audiencia. Si el demandado no comparece, el tribunal le enviará una copia de la orden de paz por correo de primera clase. Usted debe mantener una copia de la orden con usted en todo momento.
3: ¿Por cuánto tiempo permanecerá en vigor la Orden Final de Paz?
La Orden Final de Paz tendrá eficacia durante el periodo establecido en el orden, a no exceder los seis (6) meses.
Leer la ley: Md. Coda, Courts and Judicial Proceedings § 3-1505
4. Ordenes Mutuales de Paz
El Juez podrá emitir una Orden Mutual Final de Paz si ambas partes presentaron una Petición de Orden Paz y el juez hace un apreciación de hecho detallada, por peso de la prueba (que significa que hay mas pruebas de su parte que del demandado), que:
Ambas partes cometió un acto, y;
Ambas partes son susceptibles de cometer un acto de abuso en el futuro según se describe en el estatuto.
5: Prolongación de una Orden de Paz.
Después de una audiencia y la demostración de buena causa, el tribunal puede prolongar la duración de un Orden de Paz por seis (6) meses. El formulario que se utiliza para hacer esta solicitud está disponible en la oficina del oficial mayor donde originalmente obtuvo la Orden de Paz.
Leer la ley: Md. Coda, Courts and Judicial Proceedings § 3-1506
6: Si la Orden de Paz es Quebrantado.
¡Si el Demandado sigue acosando o contactándole, usted debe llamar a la policía de inmediato! Si el Demandado no cumple la Orden de Paz, el Demandado puede ser declarado culpable de un delito menor y ser sujeto a una multa de hasta $1,000 o una condena en cárcel de hasta noventa (90) días. Las penas aumentan por una segunda ofensa y ofensa subsecuente de violación de una Orden de Paz.
Leer la Ley: Md. Coda, Courts and Judicial Proceedings §§ 3-1507, 3-1508