Temas de esta página
- ¿Qué es un testamento?
- Ejecutar un testamento
- ¿Qué pasa si usted muere sin un testamento?
- ¿Quién Debe Hacer un Testamento?
- ¿Cuáles son los Requisitos de Edad para Hacer un Testamento?
- ¿Debe Estar en Su “Sano Juicio” o en sus cabales?
- ¿Cuándo se debe modificar su Testamento Actual?
- ¿Qué son tutelajes y fideicomisos para menores de edad?
- ¿Qué propiedad no pasa según un testamento?
- ¿Quién debe ser el representante personal?
- ¿Debo hacer una copia de mi testamento?
- ¿Dónde debo guardar mi testamento?
¿Qué es un testamento?
Una vez fallecido, su testamento es el documento que dispone de sus bienes y designa a la persona(s) que se hará cargo de sus niños. La persona que firma el testamento se llama “el testador.” Cuando muera, sus bienes pasan a ser la “herencia.” En el testamento se nombra a la persona(s) que se encargan de hacer cumplir sus instrucciones. A esta persona la ley denomina “representante personal” o “albacea.” Cualquier persona que reciba algo de valor por obra del testamento se denomina el/la “beneficiario(a).”
Su testamento dispone de su herencia, a menos que revoque (anule) el testamento. La ley de Maryland requiere que el testamento sea por escrito, firmado por el testador y atestiguado por dos individuos en la presencia del testador.
Sus bienes o patrimonio pueden cambiar con el tiempo. También es posible que su albacea deje de estar disponible. O podrá querer cambiar a los beneficiarios. Por lo tanto, conviene repasar o revisar su testamento anualmente.
Ejecutar un testamento
Su testamento no tiene efecto legal hasta que sea firmado en presencia de testigos. La ley de Maryland requiere que el testamento sea por escrito, firmado por el testador, y atestiguado por dos individuos que firman en presencia del testador. Esto se llama “ejecutar” o legalizar el testamento.
El Artículo de Herencias y Fideicomisos (Estates and Trusts Article) 4-101 a 4-107 rige sobre la ejecución de un testamento en Maryland.
Cuando esté preparado para formalizar su testamento, debe tener por lo menos dos testigos, aunque tres es preferible, que no sean beneficiarios en el testamento.
Ver: Código de Maryland (MD Code Estates & Trusts 4-101 a 4-107)
Dígales a sus testigos que el documento es su Testamento y que desea que sean sus testigos. No es necesario que sepan el contenido del testamento. En presencia de los tesigos, ponga sus iniciales y la fecha en cada página del testamento, y firme al final en la página indicada para firmas. Cada uno de los testigos debe poner sus iniciales al pie de cada página y firmar su nombre y domicilio en la última página. Esto impide que alguien inserte una página nueva en el testamento.
Cada testigo debe inicializar y firmar el testamento en su presencia y en la presencia de otros. Siga las instrucciones de forma estricta, porque la ley testamentaria es muy formal.
¿Qué pasa si usted muere sin un testamento?
Si muriere sin dejar un testamento válido, el dinero y otra propiedad serían repartidos según la ley que rige sobre “sucesión intestada.” La ley divide toda la propiedad entre algunos parientes cercanos según una fórmula establecida. La ley de sucesión excluye parientes más lejanos, asi como amigos y organizaciones de beneficencia.
Es muy posible que esta repartición intestada sea contraria a sus deseos. Si es casado sin hijos, la ley de Maryland requiere que su esposo/a comparta su propiedad con sus padres. Ninguna ley de sucesión intestada estatal entrega propiedad a una pareja sin vínculo matrimonial.
La ley de sucesión intestada no resuelve quien se hará cargo de niños menores de edad en caso de que ambos padres mueran o no estén disponibles. La designación recaería sobre los juzgados y agencias sociales. La facultad de designar tutores o apoderados es del tribunal, pero el testamento es la única forma de informar al tribunal de sus deseos.
¿Quién Debe Hacer un Testamento?
Es recomendable que todo adulto tenga un testamento al día. En caso de pareja casada, cada uno debiera tener un testamento.
No es necesario ser ciudadano de los Estados Unidos para preparar un testamento. Si vive en Maryland, debe hacer un testamento en Maryland, pero los testamentos de otros estados también son válidos.
¿Cuáles son los Requisitos de Edad para Hacer un Testamento?
La mayoría de edad es condición necesaria para la elaboración de un testamento. En Maryland y la mayoría de estados, la persona debe tener por lo menos 18 años.
¿Debe Estar en Su “Sano Juicio” o en sus cabales?
Generalmente, debe tener la capacidad mental de:
- Comprender lo que es un testamento, que propósito cumple un testamento, y saber que usted lo prepara.
- Comprender la relación entre usted y otros tales como su esposo/a, a quien generalmente incluiría en su testamento.
- Comprender que propiedades o bienes tiene.
¿Cuándo se debe modificar su Testamento Actual?
- Si cambia su estado civil.
- Si su propiedad cambia significativamente e hizo regalos específicos de esa propiedad.
- Si adopta o tiene hijos adicionales.
- Si muere su hijo, dejando niños.
- Si se muda a otro estado.
- Si muere alguno de sus beneficiarios.
- Si la persona que nombró como tutor o apoderado para sus hijos menores de edad o administrador de sus bienes ya no es capaz de cumplir su función.
- Si la persona nombrada como su representante personal ya no es capaz de servir en esa función.
- Si cambia de parecer sobre las disposiciones en su testamento previo.
- Si los testigos se mudan, mueren o ya no son competentes. (No es necesario un testamento nuevo si el testamento es auto-legitimado como se define más arriba)
Su testamento es válido hasta que sea revocado. Un nuevo testamento revoca cualquier testamento anterior. El testamento también se puede revocar por medio de la destrucción física del documento.
¿Qué son tutelajes y fideicomisos para menores de edad?
Un menor debe tener un apoderado o tutor adulto a menos que un tribunal competente lo haya declarado “emancipado.” La determinación de quién es un “menor” es asunto que varía de estado en estado. En Maryland menor de edad quiere decir una persona menor de 18 años.
El padre sobreviviente de una pareja, normalmente pasa a ser apoderado/tutor de los hijos menores. Es importante que los padres estén de acuerdo en quien será apoderado de los niños en caso de la muerte de ambos.
En el caso de padres divorciados o separados, el padre sobreviviente generalmente tendrá preferencia en la designación de apoderados. Pero cualquier persona puede impugnar una petición de apoderado. Si el padre sobreviviente no está disponible, los tribunales darán preferencia a la selección de apoderado del testamento.
Los menores no pueden ser dueños de propiedad. Esto quiere decir que debe haber un adulto legalmente responsible de la supervisión y la administración de los bienes de un niño. Por lo tanto, es necesario nombrar a un apoderado para sus hijos menores. Suele ser la misma persona que ha sido nombrada como el guardián personal de los niños.
Si tiene propiedad considerable y quiere que esta propiedad se administre de parte de sus hijos pasada la mayoría de edad (es decir 18 o 21 años de edad) puede dejar su propiedad en un fideicomiso. Si decide establecer un fideicomiso para sus hijos debe elegir un administrador y determinar la edad en que la propiedad en fideicomiso pasará definitivament a sus hijos. El administrador muy seguramente sería la misma persona que escogió como apoderado de la propiedad de los niños. Suele ser la persona designada como el guardián personal. También se debe nombrar un fiduciario sucesor en caso de que su primer elegido sea incapaz de cumplir. También puede nombrar a dos o más personas para actuar como cofideicomisarios.
¿Qué propiedad no pasa según un testamento?
Un testamento no dispone de la propiedad que pasa a otra persona por contrato o por operación de la ley. Ejemplos comunes son:
- Cierta propiedad poseída en común, por ejemplo, una casa, un coche, o cuentas bancarias.
- Rescates de pólizas de seguro, que pasan automáticamente al beneficiario de la poliza.
- Una pensión con beneficiario previamente designado.
Durante su vida, puede hacer lo que desée con sus bienes y propiedades, aún si los ha legado. El legado solamente se hace efectivo si la propiedad es suya cuando haya fallecido.
¿Quién debe ser el representante personal?
La elección de representante(s) personal(es) es una de las decisiones más importantes para efectos del testamento. El representante personal es el responsable de hacer cumplir su voluntad en el proceso de sucesión testamentaria. El representante personal también es responsable de pagar sus deudas, sus cuentas, sus impuestos, y repartir su herencia según sus instrucciones.
Debe nombrar una persona de confianza, para que su herencia o patrimonio se distribuya en forma rápida y eficiente. No es necesario que su representante sea abogado o contador, el representante tiene atribución para contratar servicios profesionales si fuese conveniente. Es común designar como representante a un cónyuge o pariente cercano.
Puede ser conveniente nombrar un representante suplente en caso que su primera selección de representante no pueda cumplir. Sin designación de un representante suplente, el tribunal nombraría un representante personal.
¿Debo hacer una copia de mi testamento?
No es prudente tener más que un testamento firmado original. Sin embargo, puede entregarle copias del testamento a su representante u otras personas interesadas (su pareja, familiares o amigos).
¿Dónde debo guardar mi testamento?
Guarde su testamento en un lugar donde sea fácil de encontrar. Una caja fuerte resistente a fuego, o en un archivador. Una caja fuerte bancaria tiene la desventaja que su banco podría limitar acceso a la caja después de su muerte. Asegúrese que su representante personal y otra(s) persona(s) de confianza sepan dónde está su testamento. El testamento no puede tener efecto si se pierde.