Temas en esta página
- ¿Qué es el programa para Mujeres, Bebés y Niños?
- Elegibilidad
- Elegibilidad de ingresos
- Admisibilidad de los activos
- Solicitudes
- Apelaciones
- Fuentes de la ley
¿Qué es el programa para Mujeres, Bebés y Niños?
La declaración de la misión de WIC es “Ayudar a las mujeres, los bebés y los niños que reúnen los requisitos para lograr una mejor nutrición y estado de salud proporcionando educación nutricional, alimentos suplementarios seleccionados, y referencias de salud en un entorno de cuidado y apoyo”.
Ejemplos de alimentos que puede comprar con los beneficios del programa WIC incluyen frutas y verduras, productos lácteos, alimentos para bebés, leche de fórmula, y mucho más.
Elegibilidad
Pueden recibir beneficios de WIC los residentes de Maryland que sean:
- Mujeres embarazadas
- Madres primerizas
- Bebés o niños menores de 5 años
Pueden:
- Tener un trabajo o estar sin empleo
- Ser propietario de una viviendo o vivir con amigos o familiares
- Ser casado o soltero
- Ser padre, madre, tutor, o abuelo y solicitar beneficios para un bebé o niño menor de 5 años
Elegibilidad de ingresos
Pautas de ingresos se calculan utilizando ingresos brutos (antes de los impuestos). Consulte el sitio de WIC para las pautas actuales.
Por ejemplo, una familia de 2 personas tiene derecho a beneficios si sus ingresos mensuales son inferiores a 2.607 dólares.
Admisibilidad de los activos
Las cantidades de activos no se aplican a este programa de beneficios.
Solicitudes
Debe presentar la solicitud en persona y llevar algunos documentos. Para pedir una cita, consulte el sitio web de WIC para conocer la agencia más cercana a usted.
Apelaciones
Puede apelar cualquiera denegación de los beneficios del programa WIC, la solicitud de devolución de los beneficios del programa WIC ya recibidos, o la descalificación del programa. Las apelaciones pueden hacerse oralmente o por escrito a cualquier empleado de la agencia. Lo mejor es presentar una apelación por escrito y obtener un recibo que demuestre que haya presentado una apelación. Véase COMAR 10.01.06 (desplácese por la lista hasta ese número y haga clic para ver la lista completa de estas regulaciones).
Las apelaciones deben presentarse en un plazo de 60 días a partir de la notificación o de la adopción de la medida.
Fuentes de la ley
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Ley federal: 42 United States Code §1786
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Reglamentos federales: 7 Code of Federal Regulations, Part 246
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Materiales de política federal: El Departamento de Agricultura de Estados Unidos tiene una amplia gama de páginas web y enlaces sobre WIC, su proceso de solicitud y otra información.
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Reglamentos estatales: COMAR 10.54.01.01 - .10.54.03.9999