Temas en esta página
Historia
En 1940, el Congreso aprobó la Ley de Ayuda Civil para Soldados y Marineros (SSCRA) para proteger a los miembros del servicio activo. En 2003, el Ley de Ayuda Civil para Miembros del Servicio (SCRA) amplió significativamente las protecciones de la SSCRA.
SCRA protege a los miembros del servicio en tiempos de conflicto o durante el entrenamiento. La ley pospone o suspende ciertas obligaciones civiles para permitir que los miembros del servicio dediquen toda su atención al deber y aliviar el estrés de los familiares de los miembros del servicio desplegados.
Protecciones
Las protecciones de SCRA se aplican a lo siguiente "miembros del servicio"
- Miembros del Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea, la Infantería de Marina y la Guardia Costera en servicio activo;
- Miembros de la Guardia Nacional llamados al servicio activo por el Presidente o el Secretario de Defensa por más de 30 días consecutivos; y
- Miembros comisionados del Servicio de Salud Pública y de la Administración Nacional Oceanográfica y Atmosférica.
Las formas más comunes de protección y alivio buscadas bajo SCRA son:
- Alivio hipotecario
- Terminación de arrendamientos
- Protección contra el desalojo
- Límite del 6% en las tasas de interés
- Sobreseimiento del proceso pendiente contra el militar
- Reapertura de sentencias en rebeldía
- Designación de un abogado para el miembro del servicio si no se puede localizarlo antes de que se dicte una sentencia en rebeldía
La ley proporciona muchas otras protecciones (por ejemplo, seguro de vida, seguro médico, pagos de impuestos sobre la renta) para los miembros del servicio activo.
La SCRA no es un refugio permanente para enfrentar responsabilidades legales y familiares. No pone fin a los procedimientos contra los miembros del servicio, sino que suspende las acciones hasta que el miembro del servicio esté disponible. La protección comienza en la fecha de ingreso al servicio activo y generalmente termina dentro de los 30 a 90 días posteriores a la fecha de baja del servicio activo.
Lea la ley: Código de EE. UU., Título 50, §§ 3901-4043; § 3911
Esposos - La Ley de Alivio de Residencia para Cónyuges de Militares modificó la SCRA para extender ciertas protecciones a los cónyuges de los miembros del servicio y sus familias.
Lea la Ley: Ley Pública 111-97 Ley de Alivio de Residencia para Cónyuges de Militares
Protección contra acciones de desalojo y angustia por el alquiler
- Excepto por orden judicial, un propietario no puede desalojar (ni someter las instalaciones a una medida de socorro) a un miembro del servicio militar o sus dependientes durante un período de servicio militar de una residencia cuyo alquiler mensual no exceda el monto máximo proporcionado por la SCRA. El monto máximo de alquiler mensual lo ajusta anualmente el Departamento de Defensa. Para 2022, el monto máximo es de $4,214.28.
En cualquier caso de desalojo o socorro, el tribunal puede, a su discreción y debe, si lo solicita el miembro del servicio, conceder un retraso del procedimiento por un período de hasta 3 meses si la capacidad del miembro del servicio para pagar el alquiler acordado se ve materialmente afectada por el servicio militar o ajustar cualquier obligación bajo el contrato de arrendamiento. Si se concede una demora, el tribunal también puede otorgar una compensación equitativa al propietario.
Lea la Ley: Código de EE. UU., Título 50 § 3951
Lea el Reglamento: 87 Reserva Federal. Reg. 18,001 (29 de marzo de 2022)
Protección contra incumplimiento de contrato de arrendamiento - Después de que un miembro del servicio ingresa al servicio militar, un contrato firmado por el miembro del servicio para el arrendamiento de propiedad no puede rescindirse ni rescindirse por un incumplimiento de los términos del contrato que ocurra antes o durante el servicio militar de esa persona. Esta sección se aplica únicamente a un contrato por el cual el miembro del servicio ha pagado un depósito antes de que el miembro del servicio ingrese al servicio militar.
Lea la Ley: Código de EE. UU., Título 50 § 3952
Terminación del contrato de arrendamiento por parte del inquilino miembro del servicio - Un inquilino miembro del servicio puede rescindir un contrato de arrendamiento residencial en cualquier momento después de la entrada del inquilino al servicio militar o de la fecha de las órdenes militares del inquilino. Esto también pone fin a cualquier obligación que un dependiente del miembro del servicio pueda tener en virtud del contrato de arrendamiento.
Esto se aplica a arrendamientos ejecutados ya sea:
- por o en nombre de una persona que, durante la vigencia del contrato de arrendamiento, ingresa al servicio militar, o
- por el miembro del servicio mientras está en el servicio militar ejecuta el contrato de arrendamiento y posteriormente recibe órdenes militares para un cambio permanente de estación o para desplegarse con una unidad militar o como individuo en apoyo de una operación militar por un período no menor de 90 días.
La terminación del contrato de arrendamiento debe realizarse mediante la entrega de un aviso de terminación por escrito y una copia de las órdenes militares del miembro del servicio al propietario o al agente del propietario. La entrega del aviso se puede realizar mediante entrega en mano, por medio de un transportista comercial privado o colocando el aviso escrito en un sobre con suficiente franqueo y con acuse de recibo, y dirigido al propietario o su agente y depositando el aviso escrito en el correo de los Estados Unidos. .
La terminación del contrato de arrendamiento que prevé pagos de alquiler mensuales entra en vigor 30 días después de la primera fecha en la que vence el siguiente pago de alquiler. En el caso de cualquier otro contrato de arrendamiento, la terminación del contrato de arrendamiento se hace efectiva el último día del mes siguiente a aquel en que se entrega el aviso. Cualquier alquiler impago durante el período anterior a la fecha de vigencia de la terminación del contrato de arrendamiento debe pagarse de forma prorrateada. Cualquier alquiler pagado por adelantado por un período posterior a la fecha de vigencia de la terminación del contrato de arrendamiento debe reembolsarse al inquilino dentro de los 30 días posteriores a la fecha de vigencia de la terminación del contrato de arrendamiento.
Lea la Ley: Código de EE. UU., Título 50 § 3955
Multas
Cualquier persona que a sabiendas viole las disposiciones anteriores está sujeta a sanciones federales de multa o prisión de hasta un año, o ambas.
Lea la Ley: Código de EE. UU., Título 50 § 3955
Visita el Sitio web oficial de la SCRA para obtener más información.