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¿Qué es el cuidado informal por parte de familiares?
"Cuidado informal por parte de familiares" es un arreglo de vivienda para un niño que no está bajo el cuidado, custodia o tutela del departamento local de servicios sociales donde un pariente del niño se ocupa del cuidado y la custodia del niño debido a una dificultad familiar grave. A "relativo"Es un adulto relacionado con el niño por consanguinidad o afinidad dentro del quinto grado de consanguinidad.
"Graves dificultades familiares" medio:
- Muerte de uno de los padres o tutor legal del niño;
- Enfermedad grave de uno de los padres o tutor legal del niño;
- Adicción a las drogas de un padre o tutor legal del niño;
- Encarcelamiento de uno de los padres o tutor legal del niño;
- Abandono por parte de un padre o tutor legal del niño; o
- Asignación de un padre o tutor legal de un niño al servicio militar activo.
Inscripción escolar
En Maryland, los niños deben asistir a una escuela pública en el condado donde el niño está domiciliado y el padre, tutor o pariente del niño debe brindar cuidado por parte de un familiar. Si un niño vive con un pariente que brinda cuidado informal por parte de un familiar, entonces el superintendente del condado debe permitir que el niño asista a una escuela pública en el condado de domicilio del cuidador, siempre que el pariente cuidador verifique el cuidado informal por parte de un familiar a través de una declaración jurada.
El formulario para la declaración jurada está impreso en la propia ley. También está disponible de forma gratuita en cada Junta de Educación del Condado, departamento local de servicios socialesy Agencia local sobre el envejecimiento. Estas agencias también deben adjuntar instrucciones escritas al formulario.
Es posible que se le solicite al familiar que presenta la declaración jurada que proporcione documentación de respaldo de las dificultades familiares graves, incluido, cuando sea posible, el número de teléfono y la dirección de cualquier autoridad que esté legalmente autorizada para proporcionar información que pueda verificar las declaraciones en la declaración jurada. .
- Si no está seguro de qué tipo de documentación de respaldo querrá la escuela, pídales que le digan por escrito qué necesitan que les lleve.
- La junta escolar no puede exigir que nadie revele información sobre un padre o tutor del niño que viole las leyes de privacidad, por lo que debe aceptar documentación razonable. Por ejemplo, si el padre se encuentra en un centro de tratamiento de drogas, es posible que el centro no pueda revelar nada sobre el paciente a la junta escolar. Por lo tanto, la junta escolar tendrá que aceptar documentación razonable.
Algunos términos adicionales de la ley son:
- Si se produce un cambio en el cuidado o en las dificultades familiares graves del niño, el pariente que brinda cuidado familiar informal al niño debe notificar al sistema escolar local por escrito dentro de los 30 días posteriores a que se produzca el cambio.
- Se puede presentar una declaración jurada informal de cuidado por familiares durante el año escolar (por lo que debería poder transferir al niño a su escuela local incluso si comenzó la escuela en otro lugar).
- El pariente que brinda cuidado informal por parte de un familiar debe presentar una declaración jurada anualmente al menos 2 semanas antes del comienzo del año escolar por cada año en que el niño continúe viviendo con el pariente debido a una dificultad familiar grave.
- A menos que el tribunal designe un tutor para el niño o otorgue la custodia del niño a alguien que no sea el pariente que proporciona el cuidado informal por parte de familiares, el pariente que proporciona el cuidado informal por parte de familiares tomará toda la gama de decisiones educativas para el niño.
- El familiar que brinda cuidado informal por parentesco debe hacer esfuerzos razonables para informar al padre o tutor legal del niño sobre la relación informal de cuidado por parentesco.
- El padre o tutor legal de un niño en una relación informal de cuidado familiar tiene la autoridad final para tomar decisiones con respecto a las necesidades educativas del niño (por lo tanto, en caso de desacuerdo entre un padre y el familiar que brinda cuidado, se debe seguir la decisión de los padres).
- Si un niño asiste de manera fraudulenta a una escuela pública en un condado donde el niño no está domiciliado con el padre o tutor del niño, entonces el padre o tutor del niño está sujeto a una multa pagadera al condado por la parte prorrateada de la matrícula por el tiempo que el niño asiste de manera fraudulenta. Asistió a una escuela pública en el condado.
- Cualquier persona que intencionalmente haga una tergiversación material en la declaración jurada está sujeta a una multa pagadera al condado por tres veces la parte prorrateada de la matrícula durante el tiempo que el niño asista de manera fraudulenta a una escuela pública del condado.
Lea la Ley: Código de Maryland, Educación § 7-101