Temas en esta página
- ¿Qué es el Programa de Beneficiarios Calificados de Medicare (QMB)?
- Elegibilidad
- La aplicación de
- Apelaciones
¿Qué es el Programa de Beneficiarios Calificados de Medicare (QMB)?
El programa Beneficiario calificado de Medicare (QMB) es un programa estatal para ayudar a las personas con ingresos más bajos a pagar los gastos de bolsillo de Medicare, como deducibles, copagos y primas.
Lea las regulaciones: Reglamento del Código de Maryland 10.09.24.03-3; Código de Regulaciones Federales, Título 42 § 400.200
Lea la ley: Código de EE. UU., Título 42, Capítulo 7, Subtítulo XIX
Elegibilidad
Las personas individuales o parejas deben:
- calificar para recibir la Parte A de Medicare, incluso si no está inscrito
- NO ser elegible financieramente para recibir asistencia médica
- tener ingresos y activos limitados
Existen requisitos no financieros adicionales. Tenga en cuenta que QMB no es un programa para familias.
Lea las regulaciones: Reglamento del Código de Maryland 10.09.24.03-3
Ingresos y Activos - Las personas individuales o parejas casadas deben tener ingresos iguales o inferiores al 100 % del nivel federal de pobreza (FPL). Los límites mensuales actuales de ingresos y activos se publican en el Sitio web de Medicare.
- Estos límites se aplican a los activos personales, incluidos efectivo, cuentas bancarias, acciones y bonos.
- Estos límites no incluyen casa, automóvil ni $1,500 en fondo para entierro.
- Los límites de ingresos pueden ser diferentes si está trabajando.
La aplicación de
Puede solicitar una solicitud para QMB en su departamento de salud local, consultorio médico o departamento de trabajo social del hospital. Las aplicaciones se pueden descargar desde el Sitio web del Departamento de Salud de Maryland.
Puede presentar la solicitud en persona o enviando la solicitud por correo a su departamento local de servicios sociales.
Apelaciones
Cualquier denegación, terminación o reducción de beneficios puede ser apelada. Llame al número de teléfono proporcionado en la carta de denegación que reciba. O llame al 1-800-332-6347 para solicitar una audiencia.
Presente apelaciones por escrito en la oficina local del Departamento de Servicios Sociales. Es mejor presentar la apelación en persona y obtener un recibo que demuestre que presentó la apelación.
Tenga en cuenta:
- Las apelaciones deben presentarse dentro de los 90 días posteriores a la acción o no podrá apelar.
- Si presenta su solicitud dentro de los 10 días posteriores a la notificación de que los beneficios se cancelarán o reducirán, sus beneficios continuarán hasta que se tome una decisión. Si no apela dentro de los 10 días, se producirá la terminación o reducción.
Lea las regulaciones: Reglamento del Código de Maryland 10.01.04*