Ejecución de órdenes judiciales: descripción general del desacato al tribunal
Temas en esta página:
- Generalmente
- Desprecio directo o constructivo
- Jurisdicción
- Petición de desacato
- Mostrar orden de causa
- Servicio
- Mostrar causa audiencia
- Sentencia u Orden
Generalmente
Se dice que una persona está en desacato al tribunal cuando realiza determinadas acciones. Estas acciones constituyen delitos contra el tribunal en su calidad de administrador de justicia. La persona que no cumple la orden judicial se llama contempnor.
Ejemplos comunes de una persona que actúa en desacato al tribunal incluyen:
- Ignorar una orden judicial para emprender o no una acción.
- Interferir o dañar a las partes o a sus testigos durante un caso.
- Bloquear u obstaculizar al tribunal en sus funciones.
El poder de desacato del tribunal es una forma que tiene el tribunal de exigir a las personas que hagan o no algo. Los tribunales de Maryland generalmente exigen el cumplimiento estricto de las órdenes judiciales y el cumplimiento de las reglas de procedimiento.
Este artículo se centrará en cómo una parte de un caso presentaría una petición de desacato. Esta petición notifica al tribunal que una parte no está cumpliendo una orden judicial y le pide al tribunal que utilice su poder de desacato para obligar a la persona a seguir la orden judicial.
Desprecio directo o constructivo
Hay dos tipos de desprecio: directo y constructivo.
Desprecio directo
El desacato directo ocurre en presencia de un juez, a menudo en la sala del tribunal. Un ejemplo de desacato directo es cuando una parte falta intencionalmente a una audiencia judicial programada sin una excusa legítima.
Desprecio constructivo
El desacato constructivo ocurre fuera de la sala del tribunal y fuera del conocimiento personal de un juez. Un ejemplo de desacato constructivo es cuando una de las partes no paga la manutención de los hijos como lo exige una orden judicial.
Lea la regla: Regla de Maryland 15-202
Jurisdicción
El tribunal debe tener jurisdicción sobre una persona para declararla en desacato. Tener jurisdicción sobre una persona significa que el tribunal tiene el poder de conocer el caso y dictar sentencia contra un acusado o parte específica. El tribunal podrá ejercer su competencia si el desestimatorio:
- vive dentro del estado;
- vive en un estado que tiene un acuerdo recíproco con Maryland; o,
- en el caso de hacer cumplir un acuerdo monetario si poseen propiedades en el estado (por ejemplo, bienes raíces, cuentas bancarias, una empresa o acciones y bonos).
Lea la ley: Código de Maryland, Tribunales y Procedimientos Judiciales, Título 6, Subtítulo 1
Petición de desacato
Cualquier parte en un caso puede presentar una petición de desacato en el caso donde ocurrió el presunto desacato. A menos que el tribunal decida que la petición es frívola a primera vista, el tribunal emitirá una para mostrar causa al contemporáneo. Puede encontrar un ejemplo de petición de desacato en el formulario judicial: CC-DR-112.
Lea la regla: Regla de Maryland 15-206
Mostrar orden de causa
La orden de mostrar causa brinda al detractor la oportunidad de presentar su versión de los hechos. La orden para mostrar causa proporcionará una fecha de una conferencia previa a la audiencia, una audiencia o ambas. La fecha programada para la audiencia debe brindarle al oponente tiempo suficiente para preparar su defensa, no menos de 20 días después de la conferencia previa a la audiencia. Se proporcionará el lugar de la audiencia (generalmente el lugar de la audiencia será el tribunal donde se presentó el caso original). La orden también notificará al detractor para que presente una respuesta por escrito dentro de los 10 días posteriores a la entrega de la orden de mostrar causa.
Lea la regla: Regla de Maryland 15-206
Servicio
Las órdenes de petición y demostración de causa deben entregarse a la espera de conformidad con las Reglas de Maryland. Obtenga más información sobre la notificación del proceso.
Mostrar causa audiencia
A la persona acusada de desacato se le debe dar la oportunidad de ser escuchada y presentar pruebas. La parte que presentó la petición de desacato (“el peticionario”) debe probar el desacato mediante la preponderancia de la evidencia, es decir, es más probable que el desacato sea un desacato a una orden judicial.
Cuando una orden judicial exige o prohíbe una determinada acción, el peticionario debe demostrar que el demandado hizo o no lo que se le ordenó. Cuando la orden exige el pago de dinero, el peticionario deberá demostrar que no fue pagado.
Lea el caso: Lynch contra Lynch, 342 artículo 509 (1996).
Sentencia u Orden
Si el tribunal determina que la excepción es desacato al tribunal, el tribunal debe emitir una orden escrita que contenga lo siguiente:
- si el desacato es civil o penal,
- los hechos probatorios que forman la base de las conclusiones del tribunal,
- la sanción impuesta por el desacato,
- en el caso de desacato civil, cómo se puede purgar el desacato, y
- en el caso de desacato penal
- si la sanción es prisión, por un plazo determinado, y
- cualquier condición bajo la cual la sanción pueda ser suspendida, modificada, revocada o terminada.
Lea la regla: Regla de Maryland 15-203