Definición de 'niño' según la ley penal de Maryland
Temas de esta página
- ¿Quién es un niño?
- Tratar al niño como un adulto
- Derecho del niño a un abogado en el tribunal de menores
¿Quién es un niño?
Según la ley de Maryland, un "niño" se define como cualquier persona menor de 18 años.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales § 3–8A–01
Tratar al niño como un adulto
El sistema de tribunales de menores tiene jurisdicción exclusiva sobre un niño que comete un delito. Esto significa que el caso del niño se maneja en el Sistema de Tribunales de Menores
Sin embargo, el Tribunal de Menores renunciará a su jurisdicción exclusiva en circunstancias específicas. Esto significa que hay algunos casos en los que los tribunales estatales tratarán a un niño como un adulto en función del delito cometido.
Además, según la ley de Maryland, existen instancias específicas en las que las acusaciones contra el niño darán como resultado que el niño sea clasificado como adulto y juzgado en un tribunal penal. Estos casos específicos son:
- Un niño de al menos 14 años ha cometido un delito que, si lo cometiera un adulto, sería punible con cadena perpetua.
- Un niño de al menos 16 años está acusado de ciertas infracciones de las leyes de tránsito y las leyes relacionadas con la operación de un barco (excepto si existe una pena de encarcelamiento).
- Un niño de al menos 16 años es acusado de cualquiera de los siguientes delitos:
- secuestro,
- secuestro,
- asesinato en segundo grado o intento de asesinato en segundo grado,
- homicidio (excepto el homicidio involuntario),
- violación en segundo grado o intento de violación en segundo grado,
- robo o tentativa de robo,
- ofensa sexual de segundo o tercer grado o intento de ofensa sexual de segundo grado,
- violaciones de las normas de control de armas,
- violaciones de armas relacionadas con un delito de narcotráfico,
- conspiración, o
- uso de un arma reglamentada para cometer un delito grave, robo de auto o robo de auto a mano armada, agresión en primer grado, infracciones con armas cortas o ametralladoras.
- Un niño que previamente ha sido juzgado y condenado como adulto por un delito grave y está acusado de otro delito grave.
- Ciertos procedimientos de orden de paz.
Si un niño es clasificado como adulto por cualquiera de las razones anteriores, el Tribunal de Menores ya no escucha el caso. En cambio, el niño será juzgado como adulto en un tribunal penal. Sin embargo, el niño/abogado del niño aún puede solicitar al tribunal correspondiente que traslade el caso al Tribunal de Menores.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales § 3-8A-03; Cortes y procedimientos judiciales § 3-8A-06; ;Procedimiento penal § 4-202
El derecho de un niño a un abogado en el tribunal de menores
Los niños acusados de cometer un acto delictivo tienen derecho a un abogado en el Tribunal de Menores.
- Un niño tiene derecho a un abogado en todas las etapas del proceso judicial de menores.
- Excepciones: un niño no tiene derecho a un abogado en un procedimiento de orden de paz.
Los padres, tutores o custodios de un niño nunca pueden "renunciar" (renunciar) al derecho del niño a un abogado. Sin embargo, el niño puede renunciar al derecho a un abogado si:
- se presenta una petición ante el tribunal;
- el niño está en presencia de y ha consultado con un abogado; y
- el tribunal determina que la renuncia es consciente y voluntaria.
Para ser consciente y voluntario, un juez considerará si el niño comprende completamente:
- la naturaleza de las alegaciones alegadas;
- la gama de posibles resultados;
- cuán útil el abogado será para determinar cualquier defensa aplicable o circunstancias atenuantes;
- que el derecho a un abogado incluye la asignación inmediata y sin cargos si el niño no puede pagar un abogado;
- que incluso si el niño no impugna los cargos o procedimientos, un abogado puede ayudar a desarrollar y presentar materiales que podrían afectar el resultado; y
- que los derechos del niño en la audiencia incluyen el derecho a llamar a testigos en nombre del niño, el derecho a confrontar y contrainterrogar a los testigos, el derecho a obtener testigos mediante un proceso obligatorio y el derecho a exigir pruebas de cualquier cargo.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales. § 3-8A-20