Temas en esta página
- ¿Qué es una Orden de Protección contra Riesgos Extremos (ERPO)?
- ¿Quién puede solicitar al tribunal una ERPO?
- ¿Contra quién se debe presentar una ERPO?
- ¿Tendré problemas si solicito una ERPO?
- ¿Cómo solicito una ERPO?
- ¿Cuánto dura una ERPO?
- ¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la decisión del tribunal?
- ¿Cómo cumplo con una ERPO?
- ¿Qué pasa si no cumplo con una ERPO?
¿Qué es una Orden de Protección contra Riesgos Extremos (ERPO)?
Una orden de protección contra riesgos extremos (ERPO) es una orden judicial que requiere temporalmente que una persona:
- Entregar cualquier arma de fuego o munición a las autoridades policiales y
- no comprar ni poseer armas de fuego o municiones.
Algunas personas se refieren a esto como una ley de "bandera roja". Estas leyes están diseñadas para evitar que las personas que muestran señales de comportamiento amenazante accedan a armas de fuego. El tribunal también puede remitir a la persona a una evaluación de emergencia.Código de Maryland, Salud General 10-620 y siguientes.).
Una ERPO no es lo mismo que una orden de protección o una orden de paz, y existen límites a lo que una ERPO puede hacer. Tenga en cuenta que, si bien las órdenes de paz/protección permiten al tribunal ordenar la entrega de armas de fuego, puede darse el caso de que se presente una orden de paz/protección además de una ERPO. En este caso, la solicitud de orden de paz/protección es un formulario y la solicitud de ERPO es un formulario aparte. Obtenga más información sobre las Órdenes de Protección y las Órdenes de Paz.
Una ERPO no es un cargo penal. Obtenga información sobre cómo presentar cargos penales.
Lea la Ley: Código de Maryland, Seguridad Pública, Título 5, Subtítulo 6
¿Quién puede solicitar al tribunal una ERPO?
El "Peticionario" es la persona que solicita al tribunal una orden de protección judicial (ERPO). La ley especifica con precisión quién puede solicitar una ERPO. Las siguientes personas pueden solicitarla.
- Cónyuge
- Cohabitante
- Pariente por sangre, matrimonio o adopción
- Alguien con un hijo o hijos en común.
- Citas actuales o pareja íntima
- Tutor legal actual o anterior
- Oficial de la ley
- Ciertos profesionales médicos que han examinado al demandado
Lea la ley: Código de Maryland, Seguridad Pública § 5-601
¿Contra quién se presenta una ERPO?
El "Demandado" es la persona contra quien se presenta la orden de protección por riesgo extremo. Quien presenta la solicitud alega que el Demandado representa un peligro inmediato y presente de causar lesiones personales a sí mismo o a terceros por poseer armas de fuego. El Demandado puede ser menor de edad.
Los factores que demuestran un posible riesgo incluyen:
- comportamiento y declaraciones alarmantes;
- posesión ilegal de armas de fuego;
- uso imprudente o negligente de armas de fuego;
- violencia o amenazas de violencia hacia uno mismo o hacia otros;
- violar órdenes de paz o de protección;
- abuso de drogas y/o alcohol; y/o
- información contenida en los registros sanitarios.
Lea la ley: Código de Maryland, Seguridad Pública § 5-601; § 5-602
¿Tendré problemas si solicito una ERPO?
Un peticionario que presenta de buena fe no es civil ni penalmente responsable de presentar la petición.
Lea la ley: Código de Maryland, Seguridad Pública § 5-602(d)
Para los profesionales médicos, la ley de Maryland proporciona ciertas excepciones relacionadas con el privilegio en el caso de una ERPO.
Lea la ley: Código de Maryland, Tribunales y Procedimientos Judiciales §§ 9 - 109, 9 - 109.1, 9 - 121
¿Cómo solicito una ERPO?
Paso 1: Complete la petición y la adenda.
Obtener un Petición de Orden de Protección por Riesgo Extremo (DC-ERPO-001) de un secretario o comisionado del Tribunal de Distrito, o en el Sitio web de los tribunales de MarylandComplete el formulario proporcionando:
- Nombre completo
- Nombre del encuestado
- Una descripción del comportamiento del encuestado que, según usted, indica que presenta un peligro inmediato y presente de hacerse daño a sí mismo, a usted o a otros si posee un arma de fuego. Debe proporcionar ejemplos específicos que demuestren que:
- el demandado ha cometido o amenazado con cometer violencia contra sí mismo o contra otros, independientemente de que la amenaza de violencia implique o no un arma de fuego.
- El demandado violó una orden de paz o de protección
- el demandado ha abusado de una sustancia peligrosa controlada o alcohol.
- Confirmación de que el encuestado posee armas de fuego y proporcionar una descripción y la ubicación de cada arma de fuego.
NOTA: Al firmar la petición, usted declara bajo pena de perjurio que la información es verdadera.
También deberá completar el Formulario de adenda DC-ERPO-001AEn la adenda, proporcione una descripción del demandado. Si no proporciona una descripción del demandado, es posible que las autoridades no puedan procesar la orden judicial de protección de menores (ERPO).
También deberás completar Formulario de adenda DC-ERPO-001BEn la adenda se proporciona información adicional e historia.
Paso 2: Presentar la petición
Presente la Solicitud de Orden de Protección por Riesgo Extremo ante el Tribunal de Distrito. Cuando la secretaría esté abierta, preséntela ante el secretario. Si está cerrada, preséntela ante un comisionado del Tribunal de Distrito. Las ERPO son gratuitas.
El sitio web de los Tribunales de Maryland tiene una directorio de tribunales y lista de ubicaciones de los comisionados.
Paso 3: Comparecer a una audiencia temporal
El juez puede emitir una orden temporal si cree razonablemente que el demandado, al poseer armas de fuego, representa un peligro inmediato y presente de causar lesiones a sí mismo, a usted o a terceros. En determinadas circunstancias, el juez puede celebrar una audiencia final en lugar de una audiencia temporal.
Paso 4: Comparecer a una audiencia final
Por lo general, el tribunal programará una audiencia dentro de los 7 días posteriores a la notificación de la Orden de Protección Temporal (ERPO) al demandado. Si la notificación ya se ha realizado, el juez podrá celebrar la audiencia final con o sin la presencia del demandado. No se podrá celebrar la audiencia final si no se ha notificado al demandado.
Obtenga más información sobre cómo solicitar una Orden de protección contra riesgos extremos.
¿Cuánto dura una ERPO?
La duración de una ERPO depende del tipo de ERPO emitida: provisional, temporal o final.
- Orden de protección provisional (ERPO): generalmente dura hasta la audiencia de la ERPO temporal, pero no más allá del segundo día hábil después de su emisión, a menos que el tribunal se cierre inesperadamente.
- ERPO temporal: dura hasta la audiencia de ERPO final, pero no más allá de 6 meses.
- Orden de Protección de Empleados (ERPO) Final: Puede permanecer vigente hasta por un año. El tribunal puede, por justa causa, extender su vigencia por seis meses adicionales.
Una Orden de protección contra riesgos extremos final se puede modificar (cambiar), extender o rescindir (cancelar).
Obtenga información sobre cómo solicitar una modificación, extensión o cancelación de una ERPO.
Lea la ley: Código de Maryland, Seguridad Pública § 5-606(a)
¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la decisión del tribunal?
¿Qué pasa si no cumplo con una ERPO?