Pensión alimenticia en Maryland
Pensión alimenticia y su objetivo
La pensión alimenticia es el pago periódico que un ex cónyuge realiza al otro. El objetivo de la pensión alimenticia es dar la oportunidad para que el cónyuge beneficiario sea independiente. Si se otorga pensión alimenticia, generalmente es una “pensión alimenticia compensatoria” durante un período determinado para permitir que el cónyuge dependiente sea independiente.
Lea la ley: Código de Maryland, Derecho de familia, Título 11, Pensión alimenticia
La pensión alimenticia puede adjudicarse SOLAMENTE ANTES del término definitivo del matrimonio. Si no presenta una demanda para pensión alimenticia como parte de un divorcio significa que no puede regresar en el futuro después de que el matrimonio ha finalizado e iniciar una demanda de pensión alimenticia. El Tribunal de Apelaciones de Maryland ha comentado, “[l]a antigua norma en Maryland… que el derecho a reclamar una pensión alimenticia se extingue en el momento del cese de la relación matrimonial”.
Si firmó un acuerdo sobre pensión alimenticia, es probable que el tribunal deba regirse por dicho acuerdo. Esto significa que el tribunal no podrá cambiar el acuerdo como parte de su divorcio. Un acuerdo entre cónyuges puede ser más amplio de lo que el tribunal podría decidir si se le pide que adjudique una pensión alimenticia por su cuenta. Por ejemplo, el tribunal sólo adjudicará un pago monetario periódico; sin embargo, un acuerdo puede cubrir el pago de una hipoteca u otro tipo de manutención.
Tipos de pensión alimenticia
- Pensión alimenticia provisional (pendente lite). Un tribunal puede adjudicar este tipo de pensión alimenticia entre el momento que usted solicita el divorcio (y realiza una solicitud de pensión alimenticia) y el momento en que el divorcio es definitivo. El objetivo de este tipo de pensión alimenticia es mantener el status quo durante el divorcio. No significa necesariamente que se le adjudicará la pensión alimenticia después del divorcio.
- Pensión alimenticia compensatoria: es muy probable que se otorgue este tipo de pensión alimenticia. Por lo general, se asocia con una meta de tiempo limitado, como regresar a la escuela. Por ejemplo, un tribunal puede adjudicarle una pensión alimenticia durante el período de dos años que tarda en regresar a estudiar y concluir un programa de título que le permita mantenerse mejor. Si bien los resultados variarán según sus circunstancias individuales, un buen rango para que utilice en esta estimación es un promedio de 3 a10 años de pensión alimenticia compensatoria (si su situación coincide con los criterios)
- Pensión alimenticia indefinida: este es un tipo relativamente poco frecuente de pensión alimenticia que se adjudica sin un punto de término específico. Puede recibir una pensión alimenticia si (debido a su edad, una enfermedad o una discapacidad) no puede (1) avanzar de manera razonable para mantenerse o (2) incluso si puede hacer un avance razonable, el estándar de vida de su ex cónyuge es “excesivamente diferente” al suyo. “Excesivamente diferente” significa que existe una diferencia muy grande e injusta entre sus estándares de vida.
Las adjudicaciones de pensión alimenticia se pueden cambiar o finalizar en el futuro. Esto puede suceder si uno de los ex cónyuges pide al tribunal que considere el monto de la pensión alimenticia en el futuro.
Como consecuencia de la enmienda de derechos equitativos de Maryland, el tribunal puede exigir a cualquiera de los dos cónyuges en un matrimonio que pague pensión alimenticia.
Monto de la pensión alimenticia
El tribunal considerará una extensa lista de factores al decidir si usted o su cónyuge debe obtener pensión alimenticia. Estos factores incluyen: duración de su matrimonio, su situación financiera durante el matrimonio, actualmente y en el futuro, su edad, salud física y mental y los motivos del divorcio. Vea a continuación una lista completa de los factores. La importancia de cada factor dependerá de las circunstancias individuales y los jueces (y peritos) tienen una amplia discreción
Factores que el tribunal considerará en decisiones de pensión alimenticia: el tribunal considerará todos los factores para una adjudicación justa y equitativa, incluso, pero sin limitarse a ello:
- la capacidad de las partes que solicitan pensión alimenticia de ser total o parcialmente independientes;
- el tiempo necesario para que la parte que solicita la pensión alimenticia logre una educación o formación suficiente para que encuentre un empleo adecuado;
- el estándar de vida que las partes establecieron durante su matrimonio;
- la duración del matrimonio;
- las contribuciones, monetarias y no monetarias, de cada parte al bienestar de la familia;
- las circunstancias que contribuyeron a la separación de las partes;
- la edad de cada parte;
- la condición física y mental de cada parte;
- la capacidad de la parte a quien se solicita la pensión alimenticia para atender las necesidades de esa parte y las necesidades de la parte que solicita la pensión alimenticia;
- cualquier acuerdo entre las partes;
- las necesidades financieras y los recursos financieros de cada parte, incluidos:
- todos los ingresos y activos, incluido todo bien que no genere ingresos;
- cualquier adjudicación monetaria en relación con la propiedad y adjudicación de posesión y uso de bienes familiares
- la naturaleza y el monto de las obligaciones financieras de cada parte; y
- el derecho de cada parte de recibir beneficios de jubilación; y
- si la adjudicación puede causar que el cónyuge que paga o el cónyuge que es residente de un centro de cuidado con más de dos pacientes sea elegible para obtener asistencia médica antes de lo que pudiera ser de otro modo.
Lea el Código de Maryland, Derecho de familia, Sección 11-106
Si bien el tribunal no tiene que usar una lista de verificación formal, debe demostrar que consideró todos los factores necesarios, incluso alguno que no se enumere expresamente en esta sección. Tales “otros factores” se pueden definir como cualquier factor que el tribunal pueda considerar necesario o adecuado para llegar a una adjudicación de pensión alimenticia justa y equitativa.
Consecuencias tributarias de la pensión alimenticia
Al considerar la pensión alimenticia, es importante revisar las consecuencias tributarias del pago. A menos que se acuerde lo contrario, por lo general la pensión alimenticia es tributable para el beneficiario y deducible de los ingresos del pagador.
Honorarios del abogado
La obligación de pagar los honorarios del abogado está estrechamente relacionada con la pensión alimenticia. De conformidad con la ley actual, se puede ordenar que una parte pague dinero por concepto de honorarios del abogado de la otra parte y todos los costos directamente relacionados con entablar una demanda de divorcio, según las circunstancias financieras de las partes. Esto incluye gastos del tribunal, y en algunos casos, incluso el costo de un investigador privado.
Ley de ama de casa desplazada
Por ama de casa desplazada se define a una persona que tiene por lo menos 35 años; ha trabajado para la familia de la persona en la residencia familiar; no tiene un empleo remunerado; ha tenido o podría tener dificultad para asegurarse un empleo; y, ha dependido de los ingresos de un miembro de la familia y ha perdido esos ingresos como consecuencia de una separación o un divorcio. En virtud de la ley, a las amas de casas desplazadas se les brinda orientación, formación, ayuda para colocarse en un empleo, servicios y cuidado de la salud que las amas de casa desplazadas necesitan para seguir siendo residentes productivas del Estado de Maryland.
Lea la ley: Código de Maryland, Derecho de familia, Sección 4-601