Adopción
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Adopción en términos generales
La adopción es la creación de una relación entre padres e hijos a través de una orden judicial entre personas que no son padres biológicos y un niño. Cuando el tribunal ordena una adopción, también pone fin a los derechos y responsabilidades parentales de los padres biológicos. Según la ley, la nueva relación entre padres e hijos no es diferente a la relación entre padres biológicos e hijos. Maryland no prohíbe la adopción de adultos.
La ley de Maryland define tres tipos diferentes de adopciones y los tres tienen procedimientos similares.
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Adopciones por agencias públicas
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Adopciones por agencias privadas
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Adopciones independientes
Una adopción comienza con la presentación de una petición de adopción en el Tribunal de Circuito. Si se puede encontrar a los padres biológicos, se les da la oportunidad de dar su consentimiento u oponerse a la adopción. Las investigaciones y los informes se presentan ante el tribunal y se realiza una audiencia. Finalmente, el tribunal concederá o denegará la solicitud. El Tribunal de Apelaciones especiales maneja las apelaciones.
Las leyes, normas y regulaciones de adopción están disponibles en las siguientes ubicaciones:
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Normas de Maryland 9-101 a 9-113 (Maryland Rules 9-101 through 9-113)
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Adopciones por agencias públicas: Código de Maryland, Ley Familiar Título 5, Subtítulo 3 (Md. Code, Family Law Title 5, Subtitle 3)
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Estatutos de adopciones por agencias privadas: Código de Maryland, Ley Familiar Título 5, Subtítulo 3A. (Md. Code, Family Law Title 5, Subtitle 3A.)
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Adopciones independientes: Código de Maryland, Ley Familiar Título 5, Subtítulo 3B. (Md. Code, Family Law Title 5, Subtitle 3B)
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Regulaciones
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Adopciones por agencias públicas: Regulaciones del Código de Maryland Título 7, Subtítulo 2 (Code of Md. Regulations Title 7, Subtitle 2)
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Adopciones por agencias privadas: Regulaciones del Código de Maryland Título 7, Subtítulo 5 (Code of Md. Regulations Title 7, Subtitle 5)
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Quiénes pueden adoptar
Cualquier adulto que no sea el padre biológico del niño puede solicitar la adopción al tribunal. No se requiere que el solicitante esté casado. Sin embargo, el cónyuge del solicitante se unirá a la solicitud a menos que la pareja esté separada, el cónyuge no sea legalmente competente o el cónyuge ya sea el padre o madre legal del niño. Los solicitantes que busquen una adopción a través de una agencia pública deberán completar un curso de estudio en el hogar de 27 horas.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-331, § 5-3A-29, § 5-3B-13 (Md. Code, Family Law § 5-331, § 5-3A-29, § 5-3B-13)
Agencias de adopción
Adopción por agencias públicas: El Departamento de Servicios Humanos de Maryland pone niños en procesos de adopción por medio de agencias públicas.
Adopción por agencias privadas: Cualquier persona u organización que ponga niños en proceso de adopción debe tener una licencia de la Administración de Servicios Sociales. Los padres y otros parientes cercanos pueden dar a un niño en adopción sin una licencia.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-507 (Md. Code, Family Law § 5-507)
Lea la regulación: Regulaciones del Código de Maryland 07.05.01.03 (Code of Md. Regulations 07.05.01.03)
Consentimiento
La ley de Maryland requiere que los tutores legales de la persona que va a ser adoptada den su consentimiento para la adopción. Para las adopciones a través de una agencia, la agencia misma es a menudo la tutora del niño y puede dar su consentimiento. Para la mayoría de las adopciones independientes, el solicitante necesitará el consentimiento de todos los padres vivos.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-338, § 5-350, § 5-3A-35, § 5-3B-20, § 5-3B-22 (Md. Code, Family Law § 5-338, § 5-350, § 5-3A-35, § 5-3B-20, § 5-3B-22)
Lea las Normas: Normas de Maryland 9-102 (Md. Rule 9-102)
En algunas adopciones por medio de agencias públicas, el Departamento de Servicios Humanos ya ha recibido una orden del tribunal que pone fin a los derechos parentales de los padres biológicos. Si se ha puesto fin a los derechos parentales, solo se requiere el consentimiento de la agencia. Si no se ha puesto fin a los derechos parentales y los padres todavía están vivos, al menos uno de los padres debe dar su consentimiento. Si el padre que no da su consentimiento todavía está vivo, el tribunal aún puede conceder la adopción si no se puede ubicar al padre, si no ha estado en contacto con el departamento durante 180 días y si no objeta la notificación de la adopción publicada en el periódico.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-338 (Md. Code, Family Law § 5-338)
Si el niño que va a ser adoptado tiene al menos 10 años, el niño también debe dar su consentimiento. Si el niño es menor de 10 años, el niño no debe objetar.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-338, § 5-350, § 5-3A-35, § 5-3B-20 (Md. Code, Family Law § 5-338, § 5-350, § 5-3A-35, § 5-3B-20)
Revocación
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Las agencias públicas pueden revocar el consentimiento hasta que el tribunal conceda la adopción.
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La persona que va a ser adoptada puede revocar el consentimiento hasta que el tribunal conceda la adopción.
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En adopciones por medio de agencias públicas, los padres pueden revocar el consentimiento dentro de los 30 días posteriores a la firma del consentimiento o de la presentación de la petición, lo que ocurra más tarde.
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Las agencias privadas pueden revocar el consentimiento dentro de los 14 días posteriores a la firma del consentimiento o 14 días después de la presentación de la petición, lo que ocurra más tarde.
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En una adopción independiente, el padre o madre tiene 30 días después de firmar el consentimiento para revocarlo.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-339, § 5-351, § 5-3A-35, § 5-3B-21 (Md. Code, Family Law § 5-339, § 5-351, § 5-3A-35, § 5-3B-21)
Solicitud
El proceso de adopción comienza con una solicitud de adopción.
La norma 9-103 enumera en detalle cuál es la información que se debe incluir en la solicitud, y qué documentos adicionales se deben presentar como anexos junto con la solicitud.
Lea las Normas: Norma de Maryland 9-103 (Md. Rule 9-103)
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-331, § 5-345, § 5-3A-29 (Md. Code, Family Law § 5-331, § 5-345, § 5-3A-29)
Notificación
Cuando se presenta la solicitud, el secretario del tribunal de menores envía una notificación de la presentación a cada persona que debe dar su consentimiento y a los abogados del niño y los padres.
En una adopción por medio de agencias públicas, el tribunal programará una reunión con las partes dentro de los 60 días posteriores a la presentación de la solicitud. El tribunal también emite una orden de demostrar causa que se envía a los padres en los casos en que no se ha terminado los derechos parentales. La orden de demostrar causa les da a los padres el derecho a oponerse a la adopción. Cualquiera que tenga derecho a ser parte del proceso tiene 30 días para oponerse a la adopción. La norma de Maryland 9-105 brinda el formulario para la orden de demostrar causa.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-333, § 5-334, § 5-346, § 5-3B-14, § 5-3B-15, § 5-3A-30 (Md. Code, Family Law § 5-333, § 5-334, § 5-346, § 5-3B-14, § 5-3B-15, § 5-3A-30)
Lea las Normas: Normas de Maryland 9-104, 9-105, 9-107 (Md. Rule 9-104, 9-105, 9-107)
Visitas
El solicitante y los padres biológicos pueden concertar un acuerdo para conceder visitas luego de la adopción.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-308, § 5-3A-08, § 5-3B-07 (Md. Code, Family Law § 5-308, § 5-3A-08, § 5-3B-07)
Audiencia
El tribunal celebrará una audiencia antes de conceder o denegar una petición de adopción. En las adopciones por medio de agencias privadas, la agencia debe presentar un informe al tribunal antes de la audiencia. En adopciones independientes, el tribunal puede ordenar una investigación antes de conceder la adopción.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-3A-31, § 5-3B-16 (Md. Code, Family Law § 5-3A-31, § 5-3B-16)
La consideración más importante en la audiencia es lo que es mejor para el interés de la persona que va a ser adoptada. El tribunal también se asegurará de que se haya realizado toda la documentación adecuada. El tribunal también tomará una determinación sobre la idoneidad del solicitante para ser padre.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-337, § 5-349, § 5-3A-34, § 5-3B-19 (Md. Code, Family Law § 5-337, § 5-349, § 5-3A-34, § 5-3B-19)
Lea las Normas: Norma de Maryland 9-109 (Md. Rule 9-109)
Adopciones independientes
Las adopciones independientes por lo general se refieren a las adopciones que se organizan por un padre biológico y un posible padre adoptivo y que se organizan entre ellos, y los padres biológicos y los posibles padres negocian entre sí (ya sea directamente o a través de los abogados).
Hay cuestiones especiales cuando una madre no ha dado su consentimiento para una adopción independiente. Si un padre o madre presenta una notificación de objeción, el tribunal no puede conceder la adopción a menos que el solicitante:
- Haya tenido la custodia del niño por más de 180 días, y
- Tenga vínculos emocionales importantes con el solicitante
Además, el padre o madre debe:
- No haber tenido contacto con el niño mientras el solicitante tenía la custodia;
- No haber contribuido a la manutención del niño;
- Haber maltratado al niño de manera significativa; o
- Haber sido condenado por delitos de violencia graves.
Estos problemas se abordarán en la audiencia.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-3B-22 (Md. Code, Family Law § 5-3B-22)
Orden
Luego de la audiencia, el tribunal emitirá una orden en la que se concede o deniega la adopción. En una adopción por medio de agencias públicas, el tribunal debe fallar sobre la adopción dentro de los 180 días, pero después de que expire la orden de demostrar causa y el tiempo para la revocación. En las adopciones por medio de agencias privadas, el tribunal no puede dictar una orden de adopción hasta 30 días después de que la agencia recibió la orden de tutela del niño. En las adopciones independientes, el tribunal no puede dictar una orden de adopción hasta que expire el período de revocación.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-336, § 5-348, § 5-3A-33, § 5-3B-18 (Md. Code, Family Law § 5-336, § 5-348, § 5-3A-33, § 5-3B-18)
Lea las Normas: Norma de Maryland 9-111 (Md. Rule 9-111)
Adopción de un adulto y cambio de nombre
Es común que un niño menor de edad adoptado tome el apellido del padre adoptivo. También es posible que un adulto adoptado tome el apellido del padre adoptivo (o cualquier otro nombre que desee).
El proceso básico para la adopción de un adulto es el mismo que para la adopción de un menor de edad.
El padre adoptivo o la madre adoptiva debe incluir el nombre deseado de la persona adoptada en la petición y en el formulario de certificado de adopción del Departamento de Salud de Maryland.
Lea las Normas: Norma de Maryland 9-103 (Md. Rule 9-103)
Registros médicos y de salud mental
Los padres adoptivos o los futuros padres adoptivos pueden solicitar antecedentes médicos y de salud mental de los padres biológicos de la persona adoptada. La información disponible dependerá de lo que estaba registrado en el momento de la adopción. Se puede solicitar información médica no identificable directamente a la agencia que facilitó la adopción. Si no sabe qué agencia facilitó la adopción, la Oficina de Servicios de Reunión y Contacto de Búsqueda de Adopción del Departamento de Servicios Humanos puede ayudarlo a encontrar los registros médicos que está buscando. Visite su sitio web para obtener más detalles.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley Familiar § 5-356, § 5-3A-39, § 5-3B-30 (Md. Code, Family Law § 5-356, § 5-3A-39, § 5-3B-30)