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Temas de esta página
- Cómo funciona el sistema de crianza temporal en Maryland
- ¿Qué hace un padre recurso?
- Requisitos para padres, familias y hogares de recursos
- ¿Cuáles serían mis responsabilidades como padre de recurso?
- ¿Cuáles son sus derechos como padre de recursos?
Cómo funciona el sistema de crianza temporal en Maryland
El Departamento de Servicios Humanos de Maryland (DHS) es la agencia estatal que supervisa el programa de crianza temporal en todo el estado. Cada condado y ciudad de Baltimore tiene su propio Departamento de Servicios Sociales local (“DSS” ). Cada condado y la ciudad de Baltimore administran estos departamentos, pero informan al DHS.
Los trabajadores sociales de cuidado de crianza del DSS del condado trabajan con las familias y los padres de crianza (también llamados “padres de apoyo”) para desarrollar e implementar un plan de caso para los niños en cuidado de crianza. Un "plan de caso" es una descripción detallada por escrito de las necesidades de un niño, los servicios que se proporcionarán y las leyes que se aplican.
¿Qué hace un padre recurso?
Los padres de recursos son responsables de proporcionar a los niños un entorno seguro y enriquecedor.
Esto incluye proporcionar:
- Supervisión y apoyo de los padres;
- Alimentos, vivienda y ropa;
- Salud y cuidado dental;
- Oportunidades para participar en eventos sociales, deportivos y culturales; y
- Apoyo emocional para ayudar al niño a sobrellevar el hecho de no estar con su familia.
¿Puedo convertirme en padre de recursos?
Para ser un padre de recursos, debe tener al menos 21 años y solicitar la "aprobación del hogar de recursos" en su DSS local. Un padre de recurso puede ser soltero o casado.
Estos son algunos de los requisitos:
Para padres de recursos:
- Tener ciertas características tales como conocimiento, interés y respeto por los principios del buen cuidado infantil;
- Estar dispuesto a trabajar bien con el personal del DSS, como el trabajador social del niño;
- Ser maduro y crear un clima emocionalmente estable y de apoyo para el niño;
- Ayudar a mantener los lazos familiares a través del contacto familiar regular, según lo requiera el plan del caso del niño;
- Valorar y respetar la herencia racial, étnica, religiosa y cultural del niño;
- Estar dispuesto a apoyar y alentar el progreso educativo de un niño, incluida la participación en conferencias escolares y actividades similares; y
- No debe manutención infantil pendiente, a menos que el solicitante pague los atrasos adeudados o haga un plan de pago con Child Support Enforcement que sea aceptable para el DSS.
Para familias de recursos:
- La familia de apoyo debe pagar y recibir exámenes físicos para todas las personas que viven en el hogar y volver a examinarse cada dos años;
- Todos los miembros de la familia de apoyo mayores de 18 años deben pasar investigaciones de antecedentes penales estatales y federales;
- Ningún adulto en el hogar de recursos puede tener una condena por delito grave por abuso o negligencia infantil, abuso conyugal, un delito contra un niño, violación, agresión sexual y trata de personas; y
- Ningún adulto en el hogar de recursos puede haber sido condenado, dentro de los 5 años anteriores a la fecha de la solicitud de aprobación, por agresión física, agresión física o un delito relacionado con las drogas.
Para hogares de recursos:
- Obtener ciertas aprobaciones de salud y sanidad, incluida la de los peligros de la pintura con plomo; y
- Cumplir con los requisitos de seguridad contra incendios, cobertura de ventanas y seguridad general.
Obtenga más información sobre los requisitos para posibles padres de crianza en el sitio web del DHS.
Lea la ley: Código de Regulaciones de Maryland, 07.02.25.04 (familias y hogares de recursos); 07.02.25.05 (padres de recurso)
¿Cuáles serían mis responsabilidades como padre de apoyo?
Como padre sustituto, tiene responsabilidades con el niño bajo su cuidado, la familia biológica del niño y el DSS.
Sus responsabilidades con el niño incluyen:
- Participar en la salud mental, física y dental del niño y proporcionar documentación sobre cada visita de atención médica;
- Proporcionar supervisión y orientación de los padres apropiada para el niño;
- Proporcionar los elementos esenciales diarios que se requieren para la salud, la comodidad y el aseo del niño;
- Ayudar al niño a sobrellevar la ansiedad de estar lejos de su familia biológica;
- Promover la autoestima del niño;
- Respetar al niño y a la familia del niño;
- Sea sensible y respete las necesidades, gustos y valores individuales del niño;
- Apoyar las creencias religiosas y las costumbres culturales del niño;
- Involucrar al niño en actividades familiares;
- Establecer expectativas claras y límites sobre el comportamiento y proporcionar la disciplina adecuada cuando sea necesario;
- Proporcionar u organizar el transporte a citas y actividades;
- Participar en el proceso educativo del niño;
- Proporcionar un aviso de al menos 10 días hábiles si solicita la remoción de un niño, excepto en circunstancias que son críticas para la salud y la seguridad del niño o la familia de apoyo;
- Informar al DSS de cualquier sospecha de incidente de abuso o negligencia física o sexual de un niño tan pronto como se entere del incidente;
- Notificar al DSS de cualquier cargo penal, investigación o hallazgo relacionado con cualquier delito cometido por un miembro del hogar;
- Proporcionar un ambiente libre de exposición al humo de segunda mano; y
- Mantenga confidencial la información del niño.
Sus responsabilidades con la familia biológica del niño incluyen:
- Ayudar al DSS a mantener y mejorar la relación del niño con la familia biológica ayudando con las visitas familiares;
- Respetar y mostrar comprensión por los padres biológicos y la familia;
- Informar a los padres biológicos del niño sobre los eventos en la vida del niño;
- Servir como modelo a seguir para los padres biológicos; y
- Proporcione información sobre la familia biológica solo al DSS.
Sus responsabilidades con el departamento local de servicios sociales incluyen:
- Participar en la capacitación requerida;
- Trabajar como miembro del equipo en la evaluación de las fortalezas y necesidades de un niño y en la implementación del plan del caso del niño;
- Mantener al DSS al tanto del desarrollo y la adaptación del niño;
- Asistir a revisiones de casos y reuniones según lo solicite el DSS; y
- Notifique de inmediato al DSS los cambios dentro de la familia de recursos, como:
- Arreglos de empleo y cuidado de niños;
- Composición del hogar;
- Residencia y teléfono;
- Estado de salud; y
- Condiciones estresantes que pueden afectar la ubicación del niño.
Obtenga más información sobre los requisitos de capacitación para padres de crianza.
Lea la ley: Código de Md. Regulaciones, 07.02.25.08
¿Cuáles son sus derechos como padre recurso?
En la colocación inicial, en cualquier momento durante la colocación y tan pronto como haya nueva información disponible, los padres de recurso tienen derecho a recibir información completa del trabajador social del DSS del niño sobre todos los aspectos del niño, excepto información privilegiada o confidencial. información.
A excepción de las reuniones cubiertas por el privilegio abogado-cliente o reuniones en las que se discute información confidencial sobre los padres naturales, el padre sustituto tiene derecho a:
- Ser notificado y, en general, ser escuchado en las reuniones programadas sobre el niño en relación con el plan del caso del niño;
- Estar informado de las decisiones de la corte y de la agencia de bienestar infantil sobre el niño;
- Proporcionar información sobre el plan de servicios para el niño y hacer que el DSS le dé plena consideración a esa información;
- Recibir un aviso razonable por escrito de los planes para terminar la colocación del niño con el padre de recurso, a menos que se determine que el niño está en riesgo inminente de daño;
- Recibir pagos de alojamiento y comida oportunos y apropiados para el cuidado del niño;
- Recibir una compensación oportuna por los gastos permitidos, como la capacitación de los padres y los costos de transporte;
- Tener cobertura de responsabilidad y seguro para ciertas pérdidas que pueda sufrir un padre de recursos; y
- Recibir el plan del caso del niño y el plan y horario de visitas.
Lea la ley: Código de Regulaciones de Maryland, 07.02.25.07-1 (derechos de los padres de recursos); 07.02.25.23 (cobertura de seguro)