Temas en esta página
- Descripción General
- ¿Quién está cubierto?
- Requisitos del empleador
- Otorgar versus acumular
- Uso de licencia
- Empleados despedidos y empleados recontratados
- Aplicación
Descripción General
La Ley de licencia por enfermedad y seguridad del condado de Montgomery exige que los empleadores proporcionen a cada empleado licencia por enfermedad y seguridad por el trabajo realizado en el condado de Montgomery. La licencia por enfermedad y seguridad debe pagarse a la tarifa normal del empleado. A los empleados que reciben propinas se les debe pagar al menos el salario mínimo del condado de Montgomery por cada hora que el empleado use la licencia por enfermedad y seguridad.
Si bien los empleadores pueden elegir sus propias políticas de licencia paga, deben cumplir con los requisitos mínimos de la Ley de licencia por enfermedad y seguridad. Los empleadores deben mantener registros de las licencias por enfermedad y seguridad acumuladas y utilizadas por cada empleado y mantener estos registros durante al menos 3 años.
Lea la ley: Código del condado de Montgomery, Capítulo 27, Artículo XIII (Sec. 27-76 - 82.
Quién está cubierto
Empleadores cubiertos:
La Ley de licencia por enfermedad y seguridad se aplica a todos los empleadores del condado que tengan uno o más empleados trabajando en el condado. El gobierno del condado de Montgomery se considera un empleador según la ley. Sin embargo, la ley no se aplica al gobierno de los Estados Unidos, a ningún estado ni a ningún otro gobierno local.
Empleados cubiertos:
La Ley de licencia por enfermedad y seguridad se aplica a los empleados que trabajan regularmente más de 8 horas por semana para un empleador en el condado de Montgomery. La ley no se aplica a los siguientes grupos:
- Empleados que trabajan 8 horas o menos por semana;
- Contratistas independientes;
- Personas que no tengan un horario regular de trabajo con el empleador;
- Individuos que se comunican con el empleador para asignaciones de trabajo y son asignados dentro de las 48 horas posteriores al contacto; y
- Personas que no tienen obligación de trabajar para el empleador y no están empleadas por una agencia de colocación temporal.
Lea la ley: Código del condado de Montgomery, art. 27.76, 27 - 77, 27 - 79
Requisitos del empleador
El empleador debe otorgar a cada empleado la licencia por enfermedad y seguridad que haya obtenido por el trabajo realizado en el condado. El empleador debe pagarle al empleado la licencia por enfermedad y seguridad a la misma tarifa y con los mismos beneficios que el empleado recibe normalmente. A los empleados que reciben propinas se les debe pagar al menos el salario mínimo del condado de Montgomery por cada hora de licencia por enfermedad y seguridad que utilice el empleado.
Un empleador puede otorgar licencia por enfermedad y seguridad ganada a medida que se acumula durante el año o otorgar la cantidad total que un empleado ganaría durante todo el año al comienzo del año. Si a un empleado se le otorga licencia por enfermedad y seguridad sobre la base de la acumulación, un empleador debe permitir que un empleado transfiera el saldo de cualquier licencia por enfermedad y seguridad ganada no utilizada al siguiente año calendario. Sin embargo, un empleador no está obligado a permitir que un empleado transfiera más de 56 horas de licencia por enfermedad y seguridad ganada no utilizada.
Un empleador puede permitir que un empleado utilice la licencia por enfermedad y seguridad antes de que se acumule la cantidad necesaria para el empleado. Un empleador no puede exigir que un empleado tome licencia por enfermedad o seguridad en incrementos mayores a 4 horas.
La tasa de acumulación y el tipo de licencia requeridos bajo la Ley de Licencia por Enfermedad y Seguridad dependen del número de empleados que empleen.
Empleadores con menos de cinco empleados
La licencia remunerada por enfermedad y seguridad debe acumularse a razón de al menos 1 hora por cada 30 horas que un empleado trabaja en el Condado. El empleador:
- debe proporcionar a cada empleado licencia por enfermedad y seguridad, tanto remunerada como no remunerada, para el trabajo realizado en el Condado;
- NOTA: Un empleado debe acumular licencia paga antes de acumular licencia sin paga.
- no está obligado a proporcionar a un empleado más de 32 horas de licencia por enfermedad y seguridad pagada y 24 horas de licencia por enfermedad y seguridad no pagada en un año calendario; y
- no está obligado a permitir que un empleado utilice más de 80 horas de licencia por enfermedad y seguridad ganada en un año calendario.
Lea la ley: Código del condado de Montgomery, art. 27-77
Empleadores con más de cinco empleados
La licencia remunerada por enfermedad y seguridad debe acumularse a razón de al menos 1 hora por cada 30 horas que un empleado trabaja en el Condado. El empleador:
- debe proporcionar a cada empleado licencia remunerada por enfermedad y seguridad para el trabajo realizado en el Condado;
- no está obligado a proporcionar a un empleado más de 56 horas de licencia por enfermedad y seguridad ganadas en un año calendario; y
- no está obligado a permitir que un empleado utilice más de 80 horas de licencia por enfermedad y seguridad ganada en un año calendario.
Lea la ley: Código del condado de Montgomery, art. 27-77
Otorgar versus acumular
La Ley de Licencia por Enfermedad y Seguridad permite a los empleadores otorgar la cantidad total de licencia por enfermedad y seguridad al comienzo del año calendario o exigir que el empleado acumule la licencia proporcional al número de horas trabajadas por el empleado.
Concesión de permiso
Un empleador que opta por conceder la licencia al comienzo del año calendario no está obligado a permitir que el empleado transfiera cualquier licencia no utilizada al siguiente año calendario.
Acumulación de licencia
Si el empleador opta por proporcionar licencia por enfermedad y seguridad ganada a medida que se acumula la licencia, se debe permitir al empleado transferir cualquier licencia por enfermedad y seguridad ganada no utilizada al siguiente año calendario. Sin embargo, el empleador puede limitar el “prórroga” a 56 horas.
Ejemplo: María contrata a Juan. Puede optar por darle a Juan todas las horas de licencia por enfermedad y seguridad que se espera que acumule en 2017 a principios de 2017. María también puede optar por darle a Juan sus horas de licencia por enfermedad y seguridad a medida que se acumulen a lo largo de 2017. Si María decide darle a Juan sus horas de licencia por enfermedad y seguridad a medida que se acumulen, debe permitir que Juan traslade sus horas no utilizadas a 2018. Si Juan acumula 20 horas en 2017 pero solo utiliza 15, puede trasladar las 5 horas adicionales a 2018.
Independientemente del método que elija el empleador, no existe un período de espera para que un empleado obtenga licencia, pero los empleadores pueden restringir el uso de la licencia durante el período de prueba inicial de 90 días del empleado.
Ejemplo: María contrata a Sarah, una nueva empleada. María pone a Sarah en un período de prueba de 90 días. Durante ese período, María debe permitir que Sarah acumule licencia por enfermedad y seguridad. Sin embargo, María puede prohibirle a Sarah que utilice las horas durante el período de prueba.
Lea la ley: Código del condado de Montgomery, art. 27-78
Uso de licencia
Puede utilizar la licencia por enfermedad y seguridad ganada por los siguientes motivos:
- para cuidar o tratar su propia enfermedad (mental o física), lesión o condición de salud;
- para obtener atención médica preventiva para usted o un miembro de su familia;
- para cuidar a un miembro de la familia con una enfermedad (física o mental), lesión o condición de salud;
- cuando su lugar de trabajo o la escuela o el centro de cuidado infantil de su familiar haya sido cerrado por orden de un funcionario público debido a una emergencia de salud pública;
- cuidar a un miembro de la familia si un funcionario de salud o un proveedor de atención médica determina que la presencia del miembro de la familia en la comunidad, debido a la exposición a una enfermedad transmisible, pondría en peligro la salud de otros;
- por el nacimiento de un niño o la colocación de un niño con usted para adopción o cuidado temporal;
- para cuidar a un niño recién nacido, recién adoptado o recién colocado dentro del año posterior al nacimiento, adopción o colocación; o
- debido a violencia doméstica, agresión sexual o acecho contra usted o un miembro de su familia.
- NOTA: La licencia debe usarse para recibir atención médica, servicios de una organización de servicios para víctimas, servicios legales o durante el tiempo que se haya mudado temporalmente.
Debe solicitar la licencia lo antes posible después de determinar que necesita tomarla. Notifique a su empleador la duración prevista de la licencia y cumpla con los procedimientos establecidos por su empleador. Su empleador no puede exigirle que revele detalles específicos de la enfermedad mental o física por la que solicita la licencia ni exigirle que proporcione información que violaría la Ley Federal del Seguro Social o la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico (HIPAA). Su empleador tampoco puede exigirle que encuentre a alguien que ocupe su lugar mientras toma la licencia. Sin embargo, si utiliza más de 3 días consecutivos de licencia por enfermedad y seguridad, su empleador puede exigirle que proporcione documentación razonable para verificar que la licencia se utilizó de manera apropiada.
Lea la ley: Código del condado de Montgomery, art. 27.79
Empleados despedidos y empleados recontratados
Empleados despedidos
El empleador no está obligado a compensar al empleado por las licencias no utilizadas al finalizar la relación laboral. Cuando un empleado ha utilizado más licencias por enfermedad y seguridad de las que tenía acumuladas, el empleador puede deducir el importe pagado por las licencias por enfermedad y seguridad del salario que recibe el empleado. El empleador solo puede hacerlo si el empleado firmó un documento que muestre que el empleador y el empleado habían acordado la deducción.
Ejemplo: Mary contrata a John para trabajar en su restaurante en enero. En junio, John acumuló 15 horas ganadas de licencia por enfermedad y seguridad, pero utilizó 20 horas. Si John deja de trabajar para Mary, a Mary se le permite deducir el salario que pagó por las 5 horas. Sin embargo, sólo puede hacerlo si John firmó un documento que demuestre que él y Mary aceptaron la deducción.
Empleados recontratados
Si un empleador vuelve a contratar a un empleado dentro de los 9 meses después de dejar el empleo, el empleador debe restaurar cualquier licencia por enfermedad y seguridad acumulada no utilizada que el empleado tenía en el momento en que dejó el empleo. La única excepción a este requisito ocurre cuando el empleado se retiró voluntariamente sin causa justificada.
Ejemplo: María despidió el empleo de Juan. Después de ocho meses, Mary acepta contratar nuevamente a John. Como John no ha estado ausente durante más de 9 meses, Mary tiene que devolver las horas que John acumuló pero no utilizó.
Lea la ley: Código del condado de Montgomery, art. 27-78
Aplicación
Un empleador no puede tomar represalias contra un empleado por ejercer los derechos otorgados por la Ley de Licencia por Enfermedad y Seguridad. Un empleado que no recibió la licencia por enfermedad y seguridad merecida en violación de la ley puede presentar una queja ante la Oficina de Derechos Humanos del Condado de Montgomery. El plazo para presentar una queja es de un año a partir de la fecha de la violación.
Los empleadores del condado de Montgomery deben notificar a sus empleados sobre el derecho a la licencia por enfermedad y seguridad mediante la publicación de un aviso en el lugar de trabajo e incluyendo un aviso en el Manual del empleado u otra guía escrita que se les entregue a los empleados. El aviso debe incluir una explicación de cómo se acumula la licencia por enfermedad y seguridad, los usos permitidos para la licencia por enfermedad y seguridad, una declaración de que se prohíben las represalias e información sobre cómo presentar una queja por violación de la Ley de licencia por enfermedad y seguridad.
Lea la ley: Código del condado de Montgomery, Sec. 27-80; Sec. 27-82