Hay múltiples visas disponibles para personas que no son ciudadanas que buscan trabajar en los Estados Unidos, dependiendo de en cuál categoría de visa entra la persona que no es ciudadana. Este artículo explica las categorías de visas de empleo que están disponibles en los Estados Unidos para aquellos que no son ciudadanos.
Cómo empezar
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS, por sus siglas en inglés) está a cargo del servicio de solicitudes de beneficios de inmigración. El sitio web de USCIS es accesible en 22 idiomas y explica con más detalle la ley de inmigración de los EE. UU. y los procedimientos y documentación involucrados. Además, el Centro Nacional de Servicio al Cliente de USCIS está disponible para responder preguntas llamando al 1-800-375-5283 (llamada gratuita) las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
Las solicitudes de visa se presentan en las Oficinas Locales de USCIS. La página de información de las Oficinas Locales incluye lo que se puede presentar en las Oficinas de Campo y dónde están ubicadas.
Cómo determinar para qué visa es elegible
El propósito de su viaje previsto a los EE. UU. y otros hechos determinará qué tipo de visa debe tener bajo la ley de inmigración de los EE. UU.
- Si tiene la intención de renunciar a su país de residencia y permanecer en los EE. UU. en forma permanente, se le clasifica como un inmigrante.
- Si usted no tiene la intención de renunciar a su país de residencia de forma permanente y planea permanecer en los EE. UU. temporalmente, se le clasifica como un no inmigrante.
Las dos clasificaciones (inmigrante y no inmigrante) tienen diferentes categorías de visa para las que usted podría ser elegible, dependiendo del propósito de su viaje y de otros factores.
Este artículo solo discute las visas para los propósitos de empleo disponibles para inmigrantes y no inmigrantes. Hay otras visas disponibles para inmigrantes y no inmigrantes para otras finalidades de viaje. El sitio web del Departamento de Estado de los EE. UU. tiene información sobre otros tipos de visas y más.
Elegibilidad para la visa
Para ser elegible para una visa de inmigrante o no inmigrante, el inmigrante/no inmigrante debe:
- Entrar dentro de una categoría de visa abierta; Y
- No ser inadmisible.
Las categorías de visa de inmigrante y no inmigrante se discuten en las secciones siguientes.
Un inmigrante/no inmigrante puede ser declarado inadmisible por diversas razones diferentes, incluso por razones de control de inmigración, razones de seguridad política y nacional, razones criminales, económicas, razones de salud pública y razones morales. El Manual de Políticas de USCIS proporciona más información sobre la inadmisibilidad.
Procedimientos de solicitud de visa
Las solicitudes de visa de empleo de inmigrantes y no inmigrantes son típicamente presentadas por su empleador de los EE. UU.
Una solicitud de visa de empleo de inmigrante se conoce como un "Formulario I-140, Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero". El sitio web de
USCIS tiene el formulario y las instrucciones para completar y presentar un Formulario I-140.
La solicitud de visa para trabajadores no inmigrantes se llama "Formulario I-129, Petición para un Trabajador No Inmigrante". El sitio web de USCIS tiene el formulario y las instrucciones para completar y presentar un Formulario I-129.
El sitio web de USCIS proporciona más información sobre cómo se procesan el Formulario I-140 y el Formulario I-129.
Visas de inmigrante
Una visa de empleo de inmigrante se conoce como una "visa de trabajador permanente". Hay cinco categorías de visas de trabajadores permanentes.
Descripción general: |
Extranjeros con capacidad extraordinaria en ciencias, artes, educación, negocios o atletismo; profesores e investigadores destacados y ciertos ejecutivos y gerentes de multinacionales. |
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No |
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Segunda preferencia: EB-2 Trabajadores con títulos avanzados o aptitudes excepcionales |
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Descripción general: : |
Extranjeros que son miembros de profesiones que poseen títulos avanzados o su equivalente |
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Sí, a menos que el solicitante obtenga una exención |
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Tercera preferencia: EB-3 trabajadores especializados, profesionales y otros trabajadores |
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Descripción general: |
Extranjeros con al menos dos años de experiencia como:
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|
Sí |
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Descripción general: |
Extranjeros que entran bajo la definición de "inmigrantes especiales", que incluye a ciertos trabajadores religiosos y médicos.
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|
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No |
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Descripción general: |
Extranjeros que invierten al menos $1 millón de dólares estadounidenses (o $500,000 si la inversión se realiza en un área de empleo específica) en una nueva empresa comercial que emplea al menos 10 trabajadores estadounidenses a tiempo completo. |
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|
No |
La página de Visa de Inmigrante Basada en el Empleo del Departamento de Estado de los Estados Unidos proporciona más detalles sobre los criterios de visa.
Visas para no inmigrantes
Los no inmigrantes que buscan obtener visas de empleo se conocen como "trabajadores temporales" y hay diversos tipos de visas disponibles para ellos, conocidos como "visas de trabajador temporal". Estas visas solo son válidas por un período de tiempo limitado. No permiten que el titular de la visa trabaje en los Estados Unidos de forma permanente. Las categorías más comunes de visas basadas en el empleo no inmigrante incluyen:
Descripción general: |
Este tipo de visa solo está disponible para personas que realizarán trabajos en una "ocupación especializada". Una "ocupación especializada" generalmente requiere un título universitario u otra educación especializada o experiencia laboral. El trabajador debe ser patrocinado por un empleador en los EE. UU. |
Límite de tiempo: | Normalmente se concede por hasta tres años por vez, con la posibilidad de una renovación de tres años. |
¿Se requiere certificación laboral? | |
Descripción general: | Esta visa está disponible para las personas que realizan tareas agrícolas temporales. Consulte la sección "Trabajadores agrícolas" a continuación para obtener más información sobre esta visa. |
Límite de tiempo: | |
¿Se requiere certificación laboral? | Sí, una única certificación de mano de obra temporal válida |
Descripción general: | Esta visa está disponible para personas que ocupan empleos temporales no agrícolas. El sitio USCIS tiene más información sobre esta visa. |
Límite de tiempo: | Normalmente se concede por hasta el período de tiempo autorizado en la certificación de mano de obra temporal. Puede extenderse en incrementos de hasta 1 año. La estancia máxima es de 3 años. |
¿Se requiere certificación laboral? | Sí, una única certificación de mano de obra temporal válida |
Descripción general: | Este tipo de visa solo está disponible para gerentes, ejecutivos o empleados con "conocimientos especializados" que serán transferidos desde la oficina de una empresa en el extranjero a la misma empresa o a la oficina de sus socios en los Estados Unidos. |
Límite de tiempo: | Normalmente se concede por hasta tres años a la vez, con la posibilidad de una renovación de dos años. |
¿Se requiere certificación laboral? | No. |
Descripción general: | Este tipo de visa solo está disponible para las personas que serán empleadas por una organización religiosa sin fines de lucro en los Estados Unidos para trabajar como ministro o en una vocación u ocupación religiosa. |
Límite de tiempo: | Normalmente se concede por hasta 30 meses a la vez, con la posibilidad de una renovación de 30 meses. |
¿Se requiere certificación laboral? | No |
La página del USCIS sobre trabajadores temporales (no inmigrantes) proporciona más detalles acerca de los criterios.
Trabajadores agrícolas en Maryland
La Ley del Contratista de Trabajo Agrícola requiere que todos los contratistas de trabajo agrícola que trabajan en Maryland cuenten con una licencia del Comisionado de Trabajo e Industria de Maryland. La ley también impone deberes a un contratista de trabajo agrícola con respecto al empleo, la vivienda y el transporte de trabajadores agrícolas migrantes. Los cultivadores deben verificar que un contratista de trabajo agrícola tenga licencia antes de usar los servicios del contratista.
Requisitos de licencia:
- Llenado del formulario de solicitud
- Tarifa de solicitud de $25.
- Dos fotografías recientes del solicitante a color de tamaño pasaporte.
- Registro del Departamento de Trabajo de los EE. UU. como contratista de trabajo agrícola, con autorización para conducir y transportar trabajadores agrícolas migrantes (si corresponde).
- Comprobante del seguro de compensación de los trabajadores.
- Comprobante del seguro del vehículo emitido por una compañía autorizada por Maryland para cada vehículo que se utilizará para transportar trabajadores agrícolas migrantes en Maryland.
Tarifa de licencia: $25 por año. El año de licencias comienza el 1 de marzo.
Lea la Ley: MD Code Labor & Employment §7–101; COMAR 09.12.45
Recursos adicionales
USCIS.gov tiene un diccionario en línea (glosario) que es útil para obtener una definición de inmigración o la explicación de un tema.
Edited by Kerstin M. Miller, Esq., Smith & Downey, P.A.