Después de que un demandante presenta una demanda, el demandado tiene la oportunidad de responder. El plazo para responder es diferente en determinadas situaciones. También el Tribunal de Distrito y Corte de circuito tener algunas consideraciones diferentes.
Tribunal de Distrito
En los casos del Tribunal de Distrito, debe responder de las siguientes maneras para tener su día en el Tribunal:
- Presente una Aviso de intención de defensa: Deberá presentarlo dentro de los 15 días siguientes a la recepción de la citación. El Aviso se encuentra en la mitad inferior de la citación. Una vez que haya respondido, el Tribunal enviará al demandante una copia de este aviso.
- Presente una Reconvención, Reclamo cruzado, o una Queja de terceros. Generalmente, una reconvención o contrademanda debe presentarse dentro de los 10 días siguientes a la fecha límite para la presentación del Aviso de Intención de Defensa. Un reclamo de tercero debe presentarse en cualquier momento antes de los 10 días previos al juicio.
- A reconvención es cuando el demandado demanda al demandante.
- A reclamo cruzado Sólo puede ocurrir cuando hay más de un demandante o más de un demandado en la demanda. Una parte presenta una contrademanda contra una coparte del mismo lado del caso original (por ejemplo, el demandado 1 frente al demandado 2).
- A denuncia de terceros ocurre cuando un demandado presenta una demanda contra otra parte debido al reclamo original del demandante. Al presentar este tipo de reclamos, el demandado seguiría los mismos procedimientos que el demandante originalmente cuando presentó su demanda.
- A reconvención es cuando el demandado demanda al demandante.
Puede decidir presentar una moción, además de las respuestas anteriores. Por ejemplo, podría hacer lo siguiente:
- Presente una Moción de transferencia el caso al Tribunal de Circuito para un juicio con jurado. En el Tribunal de Distrito, el juez decide el caso. Cualquier parte siempre puede optar por que un jurado en el Tribunal de Circuito escuche el caso en el Tribunal de Distrito. El demandante puede hacer esto presentando una demanda de juicio con jurado junto con la demanda. Un demandado puede hacer esto dentro de los 10 días siguientes a la fecha límite para presentar el Aviso de intención de defensa. Sin embargo, los juicios con jurado pueden llegar a ser muy complicados y costosos, por lo que sería útil evaluar su situación nuevamente antes de proceder de esta manera.
- Presente una Moción para despedir. La Regla 3-326 de Maryland tiene disposiciones especiales para la desestimación de un caso que no se presenta en el condado correcto. Lea la regla: Regla MD 3-326
- Afirme que el demandante no dio la debida notificación. El acusado haría esto a través de una solicitud previa al juicio o un argumento en el juicio. Si la solicitud o argumento tiene éxito, el juez pospondrá el juicio y el demandante tendrá que notificarlo adecuadamente.
También puede optar por ignorar la citación. Sin embargo, si no responde dentro de los 15 días posteriores a la recepción de la citación, puede perder el caso automáticamente (lo que se denomina sentencia en rebeldía).. Leer más sobre Órdenes y sentencias en rebeldía en Maryland.
Finalmente, puede intentar resolver el caso fuera de los tribunales. Si el demandante tiene un abogado, siempre debe comunicarse con su abogado y no con la parte. De lo contrario, si ambas partes se representan a sí mismas en sus propios casos, es posible que puedan trabajar para resolver el caso por sí mismas. Aun así, es una buena idea utilizar los servicios de mediación siempre que sea posible para ahorrar tiempo, esfuerzo y dinero a la hora de conseguir una resolución para su caso. Leer más sobre mediación.
Corte de circuito
En el Tribunal de Circuito, hay más reglas a seguir para responder una queja. En la mayoría de los casos, si no presenta una respuesta o una contrademanda dentro de los 30 días posteriores a la notificación del proceso, es posible que no pueda presentar una defensa. La Regla 2-321 de Maryland enumera algunas excepciones a la regla de los 30 días, por lo que es importante revisar esa Regla tan pronto como reciba una queja. Lea la regla: Regla de Maryland 2-321
Las respuestas en el Tribunal de Circuito son más formales que en el Tribunal de Distrito. Una respuesta debe seguir el formato y el título establecidos en la Regla 1-301. En la respuesta, debe admitir o negar los hechos que el demandante presenta en la demanda y contener las defensas legales enumeradas en la Regla 2-323 de Maryland. En el Tribunal de Circuito, también puede presentar ciertas mociones procesales antes de presentar una respuesta. Algunas de estas mociones, que se enumeran en la Regla 2-322 de Maryland, deben presentarse en este punto del caso o no podrán utilizarse. Finalmente, en algunos casos descritos en la Regla 2-323(h) de Maryland, es posible que deba presentar un Informe de información del caso. Es importante consultar las Reglas de Maryland al responder una demanda presentada ante el Tribunal de Circuito. Su biblioteca jurídica local También puede tener libros adicionales y formularios de muestra sobre cómo responder quejas. Lee las reglas: Maryland Reglas 1-301, 2 - 322, 2 - 323