Todo niño en Maryland que tenga 5 años o más y menos de 18 debe asistir a una escuela pública “a menos que el niño esté recibiendo instrucción regular y completa durante el año escolar en los estudios que generalmente se enseñan en las escuelas públicas a niños de la misma edad” o ha completado un programa de instrucción en el hogar que ha sido verificado por el sistema escolar local o entidad supervisora. Obtenga más información sobre la asistencia escolar obligatoria.
Los padres/tutores que deseen educar a un niño en casa deben familiarizarse con la ley aplicable, incluida Código de Maryland, artículo sobre educación, 7-301 y Código de Regulaciones de Maryland ("COMAR") Título 13A, Subtítulo 10 ("Instrucción en el hogar").
NOTA: Un sistema escolar local no puede imponer requisitos adicionales para los programas de instrucción en el hogar distintos de los establecidos en las regulaciones de Maryland.
Lea la Ley: Código de Maryland, Educación § 7–301
Lea el Reglamento: Código de Reglamentos de Maryland, Título 13A, Subtítulo 10
Temas en esta página:
- Acuerdo escrito
- Instrucción/Plan de estudios
- Supervisión
- Participación con las escuelas públicas locales
Acuerdo escrito
Si un padre o tutor desea educar a un niño en casa, el padre/tutor debe comunicarse con su coordinador local de escuela en casa. El padre/tutor debe enviar un formulario confidencial de Notificación de educación en el hogar al superintendente de la escuela local al menos 15 días antes de comenzar un programa de educación en el hogar. Los formularios están disponibles en el Sitio web del Departamento de Educación del Estado de Maryland así como también de su coordinador local de educación local.
El padre/tutor debe verificar anualmente con el superintendente de la escuela local o la entidad supervisora si su hijo continuará recibiendo educación en casa. Las verificaciones anuales deben completarse antes de que comience el año escolar. Si hay algún cambio en el estado de la escuela local del niño, el padre/tutor también debe notificar al superintendente de la escuela local o a la entidad supervisora.
Lea el Reglamento: Código de Reglamentos de Maryland, 13A.10.01.01
Instrucción/Plan de estudios
El programa de instrucción en el hogar debe proporcionar instrucción regular y exhaustiva en los estudios que normalmente se imparten en las escuelas públicas a niños de la misma edad. Las materias requeridas incluyen inglés, matemáticas, ciencias, estudios sociales, arte, música, salud y educación física. La instrucción en el hogar debe ocurrir de manera regular durante el año escolar y tener una duración suficiente para implementar el programa de instrucción. El programa de instrucción puede incluir la inscripción (a tiempo parcial o completo) en cursos ofrecidos por universidades acreditadas o no acreditadas. Lea atentamente las regulaciones de Maryland para obtener información sobre los requisitos y excepciones del plan de estudios. Tenga en cuenta que ni el sistema escolar local ni el Departamento de Educación del Estado de Maryland proporcionarán un plan de estudios requerido para su uso en la instrucción en el hogar. Es responsabilidad de los padres/tutores seleccionar el plan de estudios y los materiales educativos.
Lea el Reglamento: Reglamento del Código de Medicina, 13A.10.01.01, 13A.10.01.03, 13A.10.01.05
Supervisión
Si un padre/tutor brinda instrucción, debe mantener un portafolio de los materiales utilizados para instruir a los niños y de ejemplos del trabajo de cada niño. Estos materiales deben ser revisados por una escuela pública local o una entidad supervisora al final de cada semestre escolar. Las entidades supervisoras incluyen una escuela privada que posee un Certificado de Aprobación del Departamento de Educación del Estado de Maryland, una escuela privada exenta de la iglesia o una institución (ministerio de educación) que ofrece un programa educativo operado por una organización eclesiástica genuina. Una lista completa de entidades no públicas registradas para supervisar la instrucción en el hogar está disponible a través de Sitio web del Departamento de Educación del Estado de Maryland.
Si la escuela evaluadora decide que el niño no está recibiendo la instrucción adecuada, el padre/tutor tiene 30 días para demostrar que el problema se ha resuelto. Si el problema no se resuelve dentro de ese tiempo, el padre/tutor debe inscribir al niño en una escuela pública o en una escuela no pública acreditada. Los padres/tutores no necesitan hacer un portafolio de materiales y muestras de trabajo si el niño está inscrito en un programa de educación en el hogar a través de una escuela no pública calificada. La escuela privada tiene que proporcionar a los estudiantes asistencia personal y materiales educativos. Cada año, las organizaciones que ofrecen educación en el hogar deben notificar a los funcionarios escolares locales sobre los estudiantes que están supervisando.
Lea el Reglamento: Reglamento del Código de Medicina, 13A.10.01.01, 13A.10.01.05
Participación con las escuelas públicas locales
Los niños educados en casa pueden participar en pruebas estandarizadas en su escuela pública local. Sin embargo, las regulaciones de Maryland no prevén que los niños que reciben instrucción en el hogar participen en cursos o actividades ofrecidas por la escuela pública local.
Lea el Reglamento: Código de Reglamentos de Maryland, 13A.10.01.02