Temas en esta página:
- ¿Qué es un embargo?
- Procedimiento de embargo en el tribunal de distrito
- Embargo bancario
- Embargo de salarios
- Defensa del embargado
- Satisfacción
¿Qué es un embargo?
“Embargar” es tomar propiedad (generalmente una parte del salario o pago de alguien) por orden judicial. El embargo es un procedimiento por parte de un acreedor para cobrar una deuda tomando la propiedad o activos de un deudor. Cualquier persona o empresa puede estar sujeta a embargo.
La persona que inicia el proceso se llama acreedor judicial o demandante; La persona que debe al acreedor es el sentencia deudor o demandado. La persona que posee los bienes del demandado, o que está en deuda con el demandado, es el aderezar. Un embargado puede ser un banco, un empleador u otra persona que posea bienes que pertenecen al deudor del fallo.
Para cobrar el dinero adeudado, el demandante primero debe obtener una sentencia u orden definitiva contra el demandado en el tribunal. Para obtener más información sobre cómo presentar un reclamo, consulte Cobro de sentencia. Un procedimiento de embargo determina si el deudor tiene bienes que puedan usarse para pagar una sentencia.
Una vez dictada sentencia, el acreedor puede cobrar lo adeudado. Las sentencias son ejecutables en Maryland por 12 años y pueden renovarse. Las sentencias devengan intereses al tipo legal del 10% o del 6%.
Lea la Ley: Código de Maryland Tribunales y Procedimientos Judiciales § 11-107
Dos tipos comunes de procedimientos de embargo son el embargo de salarios y el embargo de bienes y activos, como una cuenta bancaria.
Procedimiento de embargo en el tribunal de distrito
Nota: los siguientes procesos se basan en Tribunal de Distrito Reglas de procedimiento. Se aplican si tiene una sentencia del Tribunal de Distrito de Maryland. Ver Maryland Rules Título 3, Capítulo 600. Las reglas para embargar bienes en el Tribunal de Circuito son muy similares; sin embargo, puede haber algunas diferencias. Ver Maryland Rules Título 2, Capítulo 600. En particular, el Tribunal de Circuito no tiene formularios para que los utilicen los acreedores judiciales. Algunos Tribunales de Circuito pueden permitirle utilizar formularios del Tribunal de Distrito. Otros pueden exigirle que redacte sus propias mociones y solicitudes. Si tiene preguntas sobre el procedimiento judicial, hable con un abogado.
Lee las reglas: Reglas de Maryland, Título 3, Capítulo 600; Reglas de Maryland Título 2, Capítulo 600
El acreedor comienza el proceso de embargo presentando una Solicitud ante el tribunal. Hay una tarifa para presentar la Solicitud. Después de presentar la Solicitud, el secretario del tribunal o un juez firma la Solicitud y se convierte en una Orden de Embargo. Una “orden judicial” es una orden formal que ordena a una persona o entidad que realice alguna acción. Una orden de embargo es una orden judicial dirigida al embargado. Ordena al embargado que retenga cualquier propiedad del deudor del fallo que posea en el momento en que se presenta la orden judicial.
La orden de embargo debe entregarse al embargado por correo certificado, entrega restringida, proceso privado o alguacil/alguacil. Para obtener más información sobre la notificación del proceso, consulte Preguntas frecuentes sobre la "notificación del proceso" en Maryland.
El embargado deberá presentar contestación al Auto dentro de los 30 días de haber sido notificado. La respuesta debe decir si el embargado tiene bienes que pertenecen al deudor del fallo y, de ser así, cuánto. Si el embargado no responde a la orden de embargo, se le puede declarar desacato al tribunal y, en algunos casos, se le puede dictar una sentencia en su contra.
Lea la regla: Regla de Maryland 3-645
Embargo bancario
Si la orden de embargo se emite para una cuenta bancaria, después de que la orden se entrega al banco, el banco "congela" la cuenta bancaria del deudor del fallo. Esto significa que el deudor del fallo no podrá acceder al dinero de la cuenta a menos que el monto de la cuenta exceda el monto del embargo. Si se deposita dinero adicional en la cuenta bancaria (como un depósito directo del trabajo), a menudo también se congela. El banco a menudo evalúa las tarifas y costos asociados con el procedimiento de embargo.
Algunos activos pueden estar exentos del embargo. El dinero en una cuenta bancaria mantenida conjuntamente por marido y mujer no se puede utilizar para satisfacer una sentencia a menos que ambos sean deudores de la sentencia o, en algunos casos, si la cuenta se estableció después de que se dictó la sentencia. Lo mismo ocurre con las asociaciones comerciales. La ley también exime del embargo hasta $500 mantenidos en una cuenta de depósito.
Otros activos que están protegidos contra el embargo incluyen la mayoría de los beneficios federales, incluido el Seguro Social, las pensiones federales y los fondos de discapacidad, los pagos de manutención infantil y muchos beneficios estatales, como el desempleo. Puede encontrar una lista de los beneficios federales que normalmente están exentos de embargo en el Sitio web de la Comisión Federal de Comercio.
Otro dinero puede estar exento hasta el valor permitido por la ley. El deudor del fallo puede presentar una Moción para liberar propiedad (DC-DV-036) si tienen menos de $6000 en una cuenta bancaria que un acreedor ha solicitado embargar.
Lea la Ley: Código de Maryland, Tribunales y Procedimientos Judiciales § 11-504
Si el deudor del fallo quiere objetar o plantear exenciones al embargo, debe hacerlo dentro de los 30 días posteriores a la entrega al banco de la orden de embargo.
Si no se plantean exenciones, el acreedor judicial debe presentar una Solicitud de Sentencia-Embargo (DC-DV-062). Esto ordena al embargado que pague el dinero al acreedor judicial.
Lea la regla: Regla de Maryland 3-645.1
Embargo de salarios
Si la orden se emite para salarios, después de que se entregue la orden al empleador, el empleador debe retener los salarios según lo indicado en la orden hasta que se cumpla la sentencia, o hasta que el tribunal ordene al empleador que deje de retener. Si hay más de un embargo, cada uno debe pagarse en su totalidad en el orden en que se entregó al empleador.
El acreedor debe enviar al deudor del fallo y al embargado un informe mensual del acreedor del fallo (estado de cuenta) que revele los pagos recibidos y la forma en que se acreditaron. Ver una muestra Sentencias Informe mensual del acreedor (DC-CV-066). Si el acreedor no proporciona el informe, el embargado o el deudor del fallo puede presentar una moción para desestimar el embargo y solicitar que el acreedor cubra los honorarios y costos razonables de los abogados para presentar la moción.
Lea la regla: Regla de Maryland 3-646
Embargos presentados ANTES del 1 de octubre de 2020
Cuando se embargan los salarios, el empleador paga parte de los salarios del deudor directamente al acreedor. Los salarios no se pueden embargar si los salarios disponibles del deudor del fallo son menos de 30 veces el salario mínimo federal por hora por semana ($217.50 por semana). En cualquier caso, no se puede embargar más del 25% de su salario disponible durante una semana.
Lea la Ley: 15 Código de Estados Unidos § 1673
Comprender la cantidad que se puede embargar puede resultar confuso. El El Tribunal de Distrito publica un folleto útil (DC-CV-065BR) que contiene un ejemplo de cómo funcionan las exenciones:
- El deudor gana $7.25 por hora (salario mínimo federal).
- Ingresos brutos semanales = $290.00 (40 hrs. x $7.25).
- Restar las deducciones; ingresos disponibles = $232.00.
- 30 x $7.25 (salario mínimo) = $217.50.
- $232.00 - $217.50 = $14.50.
- Monto que se puede embargar: $14.50 cada semana.
La confusión surge porque existe una ley de Maryland que podría entrar en conflicto con un estatuto federal en algunas partes del estado. La ley estatal mide el monto de la exención, mientras que el estatuto federal mide el monto máximo que puede embargarse. Para una discusión de las leyes en conflicto, ver Marshall contra Safeway, 437 artículo 542 (2014).
Embargos presentados DESPUÉS del 1 de octubre de 2020
Cuando se embargan los salarios, el empleador paga parte de los salarios del deudor directamente al acreedor. Los salarios no pueden embargarse si los salarios disponibles del deudor del fallo son menos de 30 veces el salario mínimo estatal por hora multiplicado por el número de semanas durante las cuales se ganaron los salarios adeudados. En cualquier caso, no se puede embargar más del 25% de su salario disponible durante una semana.
Lea la Ley: Código de Maryland, Derecho Comercial § 15-601.1
Comprender la cantidad que se puede embargar puede resultar confuso. El Tribunal de Distrito publica un folleto útil (DC-CV-065BR) que contiene un ejemplo de cómo funcionan las exenciones (Nota, el ejemplo se ha actualizado con los montos del salario mínimo actual):
- El deudor gana $15.00 por hora, (Salario mínimo estatal para empresas con más de 15 empleados).
- Ingresos brutos semanales = $600.00 (40 hrs. x $15.00).
- Restar las deducciones; ingresos disponibles = $465.50.
- 30 x $15.00 (salario mínimo) = $450.00
- $450.00 x 1 (número de semanas durante las cuales se ganaron los salarios adeudados) = $450.00.
- $465.50 - $450.00 = $15.50.
- Monto que se puede embargar: $15.50 cada semana.
Los salarios disponibles son la cantidad de ingresos que quedan después de las deducciones requeridas legalmente (por ejemplo, impuestos federales y estatales, Seguro Social, seguro de desempleo y seguro médico). Tenga en cuenta que el monto del salario disponible puede variar según las deducciones requeridas.
Defensas del embargado
Un embargado puede oponerse al embargo presentando una moción ante el tribunal. Además, si el embargado presenta una respuesta y no se realiza ninguna otra presentación con respecto a la orden de embargo dentro de los 120 días, el embargado puede presentar un aviso de intención de rescindir la orden de embargo.
El tribunal puede liberar parte o la totalidad de los bienes si la sentencia ha sido anulada, ha expirado o se ha cumplido, si los bienes están exentos o si el acreedor de la sentencia no cumple con las reglas del tribunal.
El deudor del fallo también puede solicitar que algunos bienes estén exentos del embargo presentando una moción dentro de los 30 días posteriores a la entrega al embargado de la orden de embargo.
Una persona distinta del deudor del fallo que tenga un interés en una propiedad sujeta a embargo puede presentar una moción y pedirle al tribunal que libere la propiedad. Esto sucede a menudo si las personas comparten una cuenta bancaria y una persona es deudora del fallo pero la otra no.
Lea la regla: Regla de Maryland 3-645
Satisfacción
Cuando al acreedor del fallo se le haya pagado el monto total del fallo, debe presentar una declaración por escrito informando al tribunal que el fallo ha sido satisfecho y proporcionar una copia al deudor del fallo. Presentada la declaración, el Secretario del tribunal declarará satisfecha la sentencia.
Si el acreedor judicial no presenta el aviso de satisfacción, el deudor podrá presentar un recurso para que se ordene judicialmente que se declare satisfecho el fallo. Si el tribunal dicta una orden de satisfacción, puede ordenar al acreedor del fallo que pague los costos y gastos incurridos para obtener la orden, incluidos los honorarios razonables de los abogados del deudor del fallo.
Lea la regla: Regla de Maryland 3-626