Cronograma
- Muere el difunto
- Localizar documentos de planificación patrimonial
- Presentar una petición para legalizar el patrimonio
- Lista de personas interesadas
- Informe de información y inventario de archivos
- Presentar primera cuenta
- Reclamaciones contra el patrimonio
- Presentar cuentas posteriores
- Presentar la cuenta final y distribuir el patrimonio
1. El difunto muere
2. Localizar documentos de planificación patrimonial
- Si encuentra un testamento, la ley de Maryland exige que lo presente en el Registro de Testamentos inmediatamente después de que fallezca el difunto.
- Incluso si no hay activos o si aún no está planeando o listo para abrir el patrimonio, aún debe presentar el testamento. Lea la ley: Código de Maryland, Patrimonios y Fideicomisos § 4-202
- Si según el testamento se le nombra representante personal, puede proceder a solicitar al tribunal la legalización del patrimonio.
- Si encuentra un testamento y se nombra a otra persona como representante personal, se le debe entregar el testamento a esa persona para que lo admita a la legalización.
- Si no puede encontrar un testamento, consulte la ley de Maryland sobre el Orden de derechos de las cartas. Lea la ley: Código de Maryland, Patrimonios y Fideicomisos § 5-104
3. Presentar una petición para legalizar el patrimonio
- No hay límite de tiempo para abrir una propiedad en Maryland, pero una vez que lo hace, el tiempo comienza a correr.
- Determine si tiene un patrimonio pequeño o regular, ya que los formularios y los plazos difieren para cada uno.
- Patrimonio pequeño: los bienes sujetos a administración están valorados en $50,000 o menos, a menos que el cónyuge sea el único heredero, entonces $100,000.
- Patrimonio regular: los bienes sujetos a administración superan los $50,000 100,000, a menos que el cónyuge sea el único heredero, entonces superan los $XNUMX XNUMX. Lea la ley: Código de Maryland, Patrimonios y fideicomisos § 5-601
- Designación de representante personal
- Parte de la petición de sucesión es el nombramiento de un representante personal.
- Un juez aprobará un representante personal nombrado en el testamento del difunto o nombrará uno si no hay testamento o el representante personal nombrado no quiere servir.
- Luego, el tribunal emitirá Cartas de administración al representante personal dándole poder para actuar en nombre del patrimonio. Lea la ley: Código de Maryland, Sucesiones y Fideicomisos, Título 6, Subtítulo 1
4. Lista de Personas Interesadas
- Patrimonio regular – dentro 20 días A partir de su nombramiento, el representante personal deberá presentar una Lista de Personas Interesadas en el Registro de Testamentos.
- Patrimonio pequeño: la Lista de personas interesadas debe presentarse junto con la Petición para legalizar un patrimonio pequeño
- Una Lista de Personas Interesadas es un documento que enumera los nombres y direcciones de los herederos del difunto, que incluye al cónyuge sobreviviente, los hijos y cualquier otra persona que heredaría si no hubiera testamento. Leer Ley de intestado de Maryland para determinar quién es elegible.
- Si hay un testamento, la lista debe incluir al representante personal designado y a todos los legatarios (es decir, las personas que heredan bajo el testamento).
Lea la Ley: Código de Maryland, Sucesiones y Fideicomisos § 7-104
5. Inventario de archivos e informe de información
- Inventario - Dentro de 3 meses de la fecha de nombramiento, el representante personal debe presentar un inventario completo de todos los bienes del difunto, incluido el valor de la fecha de fallecimiento, que eran de su exclusiva propiedad.
- Informe informativo – Dentro de 3 meses de nombramiento, el representante personal deberá presentar un Informe Informativo, que incluya todos los bienes no sólo a nombre del causante o aquellos que tengan un beneficiario designado.
Lea la ley: Código de Maryland, Sucesiones y Fideicomisos, Título 7, Subtítulo 2
6. Presentar la primera cuenta
- Patrimonio regular – dentro 9 meses A partir de la fecha del nombramiento, o tan pronto como 6 meses, el representante personal debe preparar y presentar la primera cuenta.
- La primera cuenta debe incluir un valor inicial del patrimonio y un informe de toda la actividad que involucra los activos del patrimonio.
- Se deben informar todos los recibos, incluidos los ingresos, las ventas y los reembolsos, los desembolsos, las distribuciones y el valor de los activos que quedan en manos del Representante Personal.
Lea la Ley: Código de Maryland, Sucesiones y Fideicomisos, Título 7, Subtítulo 3
7. Reclamaciones contra el patrimonio
Los acreedores y personas interesadas podrán presentar reclamaciones contra la masa dentro de:
- 6 meses desde la fecha de muerte del difunto; o
- 2 meses después de que el representante personal entregue una copia del formulario “Aviso de Nombramiento, Aviso a Acreedores, Aviso a Herederos Desconocidos”.
Lea la Ley: Código de Maryland, Sucesiones y Fideicomisos § 8-103
8. Presentar cuentas posteriores
- El representante personal podrá continuar presentando cuentas posteriores Dentro de 6 meses desde la fecha de aprobación de la cuenta anterior.
- Este es un registro continuo de cualquier actividad que involucre los activos del patrimonio.
Lea la Ley: Código de Maryland, Sucesiones y Fideicomisos, Título 7, Subtítulo 3
9. Presentar la cuenta final y distribuir el patrimonio
- No hay límite de tiempo para presentar una cuenta final, ya que cada patrimonio requiere una cantidad de tiempo diferente para administrarse.
- Una vez aprobada la cuenta final, se podrán distribuir los bienes del patrimonio.
Lea la Ley: Código de Maryland, Sucesiones y Fideicomisos, Título 7, Subtítulo 3