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- Generalmente
- Restricciones del propietario: tomar posesión o amenazar con tomar posesión
- Restricciones del propietario: cortar o interferir con los servicios públicos
- Ciudad de baltimore
- Condado de Baltimore
Cierre ilegal y servicios esenciales
Con algunas excepciones que se explican a continuación, es ilegal que un propietario:
- tomar posesión de una propiedad que ha sido arrendada a un inquilino,
- amenazar con tomar posesión de una propiedad que ha sido arrendada a un inquilino, o
- apagar o interrumpir el servicio público de calefacción, agua corriente, agua caliente, electricidad o gas.
La regla básica es que un propietario no puede tomarse la justicia por su mano. Incluso si el inquilino está atrasado en los pagos del alquiler o no se muda de la propiedad arrendada al final del contrato, el propietario no puede participar en ninguna de estas acciones para castigar al inquilino u obligarlo a irse.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles, § 8-216
Restricciones del propietario: tomar posesión o amenazar con tomar posesión
Regla: Un propietario no puede tomar posesión ni amenazar con tomar posesión de una unidad de vivienda (como un apartamento) de un inquilino bloqueándole la entrada o tomando cualquier otra medida. Esta ley se aplica incluso cuando el inquilino no ha pagado el alquiler o está “aguantando”—lo que significa que el inquilino continúa viviendo en la propiedad arrendada después de que finaliza el contrato de arrendamiento.
Ejemplo: Supongamos que un inquilino alquila un apartamento y no paga el alquiler durante varios meses. Si el propietario llama al inquilino y le dice que planea entrar al apartamento, tomar todas las cosas del inquilino y cerrarle la entrada al inquilino, entonces es probable que el propietario haya violado la ley al amenazar con tomar posesión de la propiedad arrendada.
Excepciones: Un propietario puede tomar posesión de una propiedad arrendada de un inquilino en dos situaciones:
- el propietario tiene una “orden de restitución” emitida por un tribunal y ejecutada por un alguacil u otro funcionario gubernamental; o
- el inquilino ha abandonado o entregado la posesión de la unidad, por ejemplo, al mudarse.
Órdenes de restitución: Para que un arrendador reciba una “orden de restitución”, el arrendador debe presentar una queja formal en el Tribunal de Distrito del condado donde se encuentra la propiedad. Luego, el tribunal ordenará a un alguacil u otro funcionario que entregue la queja al inquilino y le notificará que comparezca ante el tribunal. Esto le da al inquilino la oportunidad de explicar por qué la propiedad arrendada no debe devolverse al propietario. En otras palabras, un inquilino generalmente sabrá de antemano que el propietario está intentando obtener una orden de restitución.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles, § 8-216 y Código de Maryland, Bienes inmuebles, § 8-402
¿Qué puedo hacer? Si un propietario realmente ingresa a una propiedad arrendada (como un apartamento) y toma posesión de ella, entonces el inquilino podría demandar al propietario por daños y perjuicios.
En el tribunal, el inquilino podría intentar recuperar del propietario cualquier “daño real”, que sería dinero para compensar al inquilino por (1) pérdida o daño a la propiedad personal del inquilino que se encontraba en el apartamento; y (2) dinero que el inquilino tuvo que gastar para encontrar otro lugar donde quedarse (costos de motel y tarifa de almacenamiento).
Además, el tribunal podría exigir que el propietario pague los honorarios del abogado del inquilino.
Pagar por un abogado: Generalmente, cuando contrata a un abogado, debe pagar por los servicios del abogado. Pero, en algunas situaciones, un tribunal puede ordenar a la parte perdedora que pague los honorarios de los abogados de las partes ganadoras. Debido a que la Ley de Propiedad de Maryland permite a la parte ganadora recuperar los honorarios de los abogados en este tipo de casos, un abogado podría aceptar representarlo a un costo inicial bajo o nulo. Por lo tanto, si cree que su arrendador ha violado la ley al tomar posesión o amenazar con tomar posesión de la propiedad que usted alquila, entonces debería considerar consultar con un abogado. Más información sobre cómo contratar un abogado.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles, § 8-216
Restricciones del propietario: cerrar o interferir con los servicios públicos
Regla: Los propietarios no pueden cortar intencionalmente los servicios públicos ni interrumpir el servicio de calefacción, agua corriente, agua caliente, electricidad o gas para obligar al inquilino a abandonar la propiedad arrendada o para castigarlo por pagos de alquiler atrasados (o faltantes).
Excepciones: Un propietario puede cortar o interrumpir legalmente estos servicios públicos si se cumple todo lo siguiente:
- los servicios públicos están a nombre del propietario,
- el arrendador ha recibido una orden judicial final que otorga la posesión de la propiedad arrendada al arrendador, y
- el propietario le ha dado al inquilino un aviso razonable de su intención de cortar los servicios públicos y la oportunidad para que el inquilino abra una cuenta para poner el servicio público a nombre del inquilino (en lugar de a nombre del propietario).
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles, § 8-216
¿Qué puedo hacer? Si un propietario corta ilegalmente los servicios públicos, entonces el inquilino tiene dos opciones:
- retener el alquiler y estar sujeto a desalojo, o
- continuar realizando pagos de alquiler en una cuenta de depósito en garantía creada por el Tribunal de Distrito local.
Más información sobre estas opciones.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles, § 8-211 y Código de Maryland, Bienes inmuebles, § 8-216
Ciudad de baltimore
Es ilegal que un arrendador:
- hace declaraciones falsas sobre los derechos del inquilino,
- impedir intencionadamente al inquilino la entrada o salida del inmueble arrendado,
- interrumpir o detener cualquier servicio público, incluidos agua, calefacción, luz, electricidad, gas, ascensor o servicios similares,
- retirar muebles, instalaciones para cocinar, electrodomésticos o artículos similares que el contrato de arrendamiento obliga al inquilino,
- impedir que el inquilino acceda a la propiedad cambiando las cerraduras y no entregándole llaves nuevas,
- quitar puertas o ventanas exteriores, o
- retirar de las instalaciones los bienes personales, muebles o cualquier otro artículo del inquilino.
Un propietario que viole estas leyes es culpable de un delito menor. Si es declarado culpable, un propietario culpable podría recibir una multa de hasta $500 o ser encarcelado por hasta 10 días (o ambos) por cada infracción.
Lea la ley: Código de leyes locales públicas de la ciudad de Baltimore, artículo 4, § 9-15
¿Qué puedo hacer? Un inquilino puede presentar una queja ante el Comisionado judicial en la estación de solicitud centralizada, 1 N. Charles St. Piso 14, Baltimore, MD 21202 (410-878-8990).
Condado de Baltimore
Es ilegal que un arrendador:
- privar a un inquilino de un medio para entrar o salir de la propiedad arrendada,
- interrumpir o suspender los servicios públicos de gas, electricidad, agua, calefacción o luz, o
- privar a un inquilino de muebles, enseres o servicios similares a los que el contrato de arrendamiento obliga al inquilino.
Un propietario que viole estas leyes es culpable de un delito menor. Si es declarado culpable, un propietario culpable podría recibir una multa de hasta 100 dólares.
Lea la Ley: Código del condado de Baltimore, sección 35-3-101
¿Qué puedo hacer? Un inquilino puede presentar una queja ante Departamento de Permisos, Aprobaciones e Inspecciones en 111 W. Chesapeake Avenue, Suite 105, Towson, MD 410-887-3351 o 410-887-8099.