Temas en esta página
- Consideraciones Generales
- Lo que necesitarás proporcionar
- Denegación de inscripción
- Problemas al establecer la residencia
Consideraciones Generales
Todos los niños en Maryland que tengan 5 años o más y menos de 21 años deben ser admitidos de forma gratuita en la escuela pública. Generalmente, un niño es admitido y asiste a la escuela pública que atiende a estudiantes en el área específica en la que vive el estudiante. La residencia del niño puede ser con el padre, tutor o pariente que lo cuide. Hay algunas excepciones al requisito de domicilio.
Ya sea que esté inscribiendo a un niño en la escuela por primera vez o transfiriéndolo de una escuela a otra, comuníquese con la escuela y pregunte qué se requiere para inscribir a un niño en esa escuela. La escuela puede hacer preguntas sobre su relación con el niño, dónde vive y su edad. También pueden preguntarle si su hijo alguna vez estuvo inscrito en educación especial o si tiene una discapacidad que pueda darle derecho a recibir educación especial. Incluso pueden preguntarle por qué desea inscribir a su hijo en esta escuela. Debes ser sincero en todas tus respuestas.
Cada sistema escolar local determina qué documentos se aceptarán como prueba de cumplimiento de los requisitos de edad, elegibilidad, residencia, vacunación u otros requisitos de inscripción. Es importante hablar con alguien de la escuela donde desea inscribir a su hijo para asegurarse de saber exactamente qué debe proporcionar para inscribir a su hijo en esa escuela.
RECOMEDACION: Cuando hable con la escuela, escriba con quién habla y cuál es su trabajo en la escuela. Además, escriba lo que le digan sobre la inscripción de su hijo. Si la escuela hace referencia a "reglas" o "políticas", pídales copias.
Lo que necesitarás proporcionar
La mayoría de las escuelas le exigirán que proporcione lo siguiente al inscribir a un niño en la escuela:
- Prueba de edad (por ejemplo, certificado de nacimiento)
- La prueba de edad es particularmente importante la primera vez que un niño se matricula en la escuela. Ayuda a determinar qué servicios y programas están disponibles para el niño. Se puede utilizar como prueba de edad un certificado de nacimiento y otros documentos, según lo determine cada sistema escolar local. La escuela hará una copia de su documentación y la adjuntará al expediente de su hijo.
- Prueba de custodia/tutela
- Se requiere prueba de custodia/tutela para identificar quién es legalmente responsable del niño y con quién se puede contactar en caso de una emergencia. Esto le indica a la escuela quién puede tomar decisiones educativas para el niño.
- Prueba de residencia
- La residencia del padre, tutor o pariente que brinda cuidado determina el derecho del niño a asistir a la escuela pública local. Los documentos generalmente aceptados que prueban la residencia son un contrato de alquiler vigente, una factura de servicios públicos vigente que contenga el nombre y la dirección del solicitante o una factura de impuesto a la propiedad vigente.
- Registros médicos.
- Vacunas: Todos los niños deben tener una copia actualizada de los registros de vacunación para poder inscribirse y asistir a la escuela. Si es necesario actualizar las vacunas de su hijo, puede inscribirlo temporalmente si puede mostrar evidencia de que tiene una cita dentro de los 20 días para obtener las vacunas.
- Exenciones: Se permiten exenciones de un examen físico y vacunas si son contrarias a las creencias religiosas del estudiante o de la familia. Los estudiantes también pueden estar exentos de los requisitos de vacunación si un médico/enfermero practicante o un funcionario del departamento de salud certifica que existe una razón médica para no recibir la vacuna.
- Si está inscribiendo a un niño en prekínder, jardín de infantes o primer grado, también debe mostrar evidencia de una prueba de plomo en sangre. La evidencia de la prueba de plomo en sangre se puede demostrar proporcionando un certificado de prueba de plomo en sangre completo u otro documento escrito firmado por un profesional de la salud.
- Lea el reglamento: COMAR 10.11.04.05
Los requisitos de cada escuela pública local y lo que aceptan como prueba pueden ser diferentes, por lo que verificar las políticas y procedimientos del sistema escolar local.
Lea la ley: Código de Maryland, Educación § 7-101
Denegación de inscripción
Los sistemas escolares pueden negar la inscripción a estudiantes en las siguientes circunstancias:
- El estudiante no cumple con los requisitos de edad, elegibilidad, residencia, vacunas o inscripción.
- El estudiante está actualmente expulsado o en suspensión prolongada de otra escuela.
- El estudiante ya completó los requisitos para obtener un diploma o certificado de asistencia en otro distrito escolar, estado o país.
Lea el reglamento: COMAR 13A.08.01.11C.(9). Lea la ley: Código de Maryland, Educación § 7-305(e)(5)
Problemas al establecer la residencia
A menudo, se deniega la inscripción escolar porque el niño vive con alguien que no es su padre o tutor. La escuela puede decir que el niño no es residente del área escolar o que la persona que solicita la inscripción no tiene autoridad legal y tendría que obtener la custodia o tutela mediante una orden judicial. Los problemas de inscripción deben resolverse lo más rápido posible. Faltar un año de escuela, o parte de un año, puede ser un problema grave en la educación de un niño. Además, por ley, todo niño menor de 18 años debe asistir a la escuela.
Más información sobre la asistencia escolar obligatoria.
Cuidado de parentesco
Si bien una escuela puede negar la inscripción basándose en que el niño no vive en el área atendida por la escuela, determinar la residencia de un niño no siempre es tan simple como parece. Si el niño reside legalmente en la zona escolar, asegúrese de proporcionar a la escuela pruebas que respalden esa afirmación. Por ejemplo, si usted brinda cuidado bajo un acuerdo informal de cuidado por parientes, el superintendente del condado debe permitir que el niño asista a la escuela pública en la zona donde usted vive. Asegúrate de verificar el cuidado informal por parentesco a través de una declaración jurada.
Falta de vivienda
También puede revertir una denegación de inscripción basada en la residencia del niño si puede proporcionar evidencia de que el niño se considera legalmente sin hogar. Los niños en edad escolar que no tienen hogar (o que se quedan sin hogar) tienen derechos legales según una ley federal llamada Ley McKinney-Vento. Los sistemas escolares deben considerar "el interés superior del niño" al matricular a niños sin hogar en la escuela.
Obtenga más información sobre los estudiantes sin hogar y la escuela..
Órdenes judiciales
Si la escuela no está segura de la custodia legal o tutela de un estudiante que intenta inscribirse, la escuela puede decirle al padre, tutor o pariente que tiene que acudir a la corte y obtener una orden de custodia o tutela. Estos procedimientos pueden llevar demasiado tiempo, lo que provoca que el niño no se matricule a tiempo en la escuela. En muchos casos, es posible que no sea necesaria ninguna orden judicial. A veces, una escuela puede estar satisfecha si se ha presentado ante el tribunal una petición de custodia o tutela.
Tanto las órdenes de custodia como las de tutela emitidas por los tribunales tienen consecuencias que van mucho más allá de la inscripción escolar y pueden cambiar drásticamente la vida de un niño. Por lo tanto, no debe asumir que una orden judicial es la única manera de inscribir a un niño en la escuela. Dependiendo de los hechos de su situación específica, es posible que no necesite la orden judicial, o incluso presentar una petición para obtener la orden judicial.
Obtener ayuda
El sistema escolar Trabajador de personal estudiantil puede ser un recurso. El trabajador de personal estudiantil sirve como defensor de los estudiantes y consultor para el personal de la escuela y los padres tutores en una variedad de temas, incluida la asistencia, la residencia y la falta de vivienda.
Si se encuentra en esta situación, una breve consulta con un abogado puede ayudarle a determinar el mejor curso de acción. Para encontrar un abogado con experiencia en estos asuntos, es posible que desee comunicarse con un servicio local de referencia de abogados. La Asociación de Abogados del Estado Página de información de referencia de abogados para obtener información de contacto de su servicio local de referencia de abogados.
Más información sobre
custodia del niño y tutela de un menor.