Los vales de elección de vivienda de la Sección 8, el programa de la Sección 8 basado en proyectos y la Vivienda Pública son los programas de asistencia de vivienda de alquiler más importantes y principales para familias de bajos ingresos. Estos programas son administrados por su agencia local de vivienda pública (PHA). Este artículo se centra en la elegibilidad y las solicitudes para estos programas, pero existen programas adicionales de asistencia de vivienda federales y estatales. Más información.
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La elegibilidad para los vales de elección de vivienda de la Sección 8, la Sección 8 basada en proyectos y la vivienda pública generalmente se basa en los ingresos, específicamente, en cómo se comparan sus ingresos con los de otros hogares en su área. Los límites de ingresos varían de un área a otra, por lo que usted puede ser elegible en una PHA pero no en otra. La PHA que presta servicios en su comunidad puede proporcionarle los niveles de ingresos para su área y el tamaño de su familia.
- "Ingreso medio del área (AMI)” es el ingreso del hogar mediano (medio) en una región específica. HUD publica información sobre límites de ingresos para cada región metropolitana del condado para los programas de Vales de Elección de Vivienda de la Sección 8, Sección 8 basada en proyectos y Vivienda Pública.
- "De bajos ingresos" significa ganar el 80% del AMI.
- "Ingresos muy bajos" significa ganar el 50% del AMI.
- "Ingresos extremadamente bajos" significa ganar igual o menos que el 30% del AMI o las pautas federales de pobreza.
- "Ingresos anuales”significa el ingreso total anticipado de todas las fuentes recibido por la familia o en nombre de ella (incluido cada miembro del hogar).
- "Ingresos ajustados”significa el ingreso de la familia (incluido cada miembro del hogar) menos cualquier exclusión. Algunas exclusiones son obligatorias; algunas exclusiones son permisivas.
Lea la ley: Código de EE. UU., Título 42 §1437a; §1437n
- Vales de elección de vivienda de la Sección 8 – Generalmente, las familias de muy bajos ingresos (50% o menos del AMI) son elegibles. Sin embargo, las familias de bajos ingresos (80% o menos del AMI) pueden ser elegibles si cumplen con otros criterios específicos (por ejemplo, personas mayores, tienen discapacidades). Sin embargo, la PHA debe proporcionar el 75 % de todos los vales disponibles en un año determinado a familias de ingresos extremadamente bajos (30 % o menos del AMI o las pautas federales de pobreza).
- Vales basados en proyectos de la Sección 8 – Las familias son elegibles si tienen bajos ingresos (80% o menos del AMI). Sin embargo, el 40% de las unidades disponibles en un año determinado deben reservarse para familias de ingresos extremadamente bajos (30% o menos del AMI o las pautas federales de pobreza).
- Vivienda pública – Las familias de bajos ingresos (80% del AMI) son elegibles para vivir en viviendas públicas. Sin embargo, el 40% de las unidades de vivienda pública que estén disponibles en un año determinado deben entregarse a familias de ingresos extremadamente bajos.
Lea la ley: Código de EE. UU., Título 42 §1437n
Familias
Además de cumplir con los requisitos de elegibilidad de ingresos, los solicitantes de estos programas de asistencia de vivienda deben cumplir con la definición de “familia” de la PHA o del propietario. La definición de familia puede incluir tanto a familias con niños como a determinadas personas solteras. La PHA o el propietario pueden definir mejor "familia" siempre que sean consistentes con las leyes federales.
Lea la ley: Código de EE. UU., Título 42 §1437a
Otros factores
Además de los ingresos, las PHA consideran otros factores, como los bienes de una familia, si un miembro de la familia califica como anciano o persona con una discapacidad, y la ciudadanía estadounidense o el estado migratorio elegible. Hay otras consideraciones especiales, como por ejemplo si un individuo es un oficial de policía. Tenga en cuenta que los requisitos de elegibilidad pueden variar. Comuníquese con su PHA local para obtener más información.
Lea la ley: Código de EE. UU., Título 42 §1437a; §1437n
Solicitudes y listas de espera
Para los tres programas, debe completar una solicitud. La PHA no puede cobrar una tarifa de solicitud. Sin embargo, algunos propietarios de viviendas de la Sección 8 pueden cobrar tarifas de solicitud o tarifas para realizar un crédito. Es posible que existan programas que puedan ayudarle con estos cargos o ayudarle a evitarlos. Comuníquese con su PHA local para obtener más información.
Tenga en cuenta que una solicitud puede ser rechazada si hay una lista de espera que requiere un año o más de espera. Si su nombre figura en una lista de espera, el propietario puede ofrecerle un formulario de solicitud previa que solicita suficiente información para determinar si sería elegible para el programa.
Tanto el formulario de solicitud como el de solicitud previa deben contener suficiente información para determinar la elegibilidad de la familia (p. ej., tamaño de la familia, composición del hogar, como miembros ancianos o discapacitados de la familia; ingresos y activos del hogar), tamaño de la unidad y evaluación de idoneidad (p. ej., crédito). cheques, historial de alquiler). Tenga en cuenta que cualquier pregunta sobre la discapacidad en la etapa previa a la solicitud solo es relevante cuando la discapacidad es un criterio o preferencia de admisión.
Si es elegible, la PHA verificará sus referencias para asegurarse de que usted y su familia sean buenos inquilinos. Las PHA negarán la admisión a cualquier solicitante cuyos hábitos y prácticas puedan tener un efecto perjudicial en otros inquilinos o en el medio ambiente del proyecto.
Comuníquese con su PHA local para obtener más información sobre cómo presentar la solicitud.
La demanda de asistencia para viviendas de alquiler es mayor que las unidades de vivienda disponibles. Si es elegible para un programa de vivienda subsidiada o asistida pero no hay una unidad de tamaño adecuado o un vale de la Sección 8 disponible, la PHA debe poner su nombre en una lista de espera, a menos que la lista ya tenga más de un año.
Si está en una lista de espera, manténgase en contacto con el propietario o la autoridad de vivienda, incluso actualizándolos rápidamente sobre cualquier cambio de dirección, porque una PHA puede eliminar a los solicitantes de una lista de espera si no responden a las cartas de interés continuo. Además, las PHA pueden variar en la forma en que manejan las listas de espera. Comuníquese con su PHA local para obtener más información sobre las listas de espera.
Si no lo colocan en la lista de espera o no lo admiten, la PHA debe enviarle un aviso explicando el motivo. Este aviso establecerá el procedimiento y plazo para impugnar su decisión.
Lea la ley: Código de EE. UU., Título 42 §1437d
Lea las regulaciones: Código de Regulaciones Federales de EE. UU., Título 24, Parte 982, Subparte E