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Interrogatorios
Los interrogatorios son una forma de descubrimiento en una demanda. Un interrogatorio es una pregunta escrita de una parte de la demanda a otra parte de la demanda (normalmente, la parte contraria). Los interrogatorios son una forma de obtener información de la parte contraria que puede ser útil en el pleito. Sin embargo, esta información no incluye información privilegiada. Las respuestas a los interrogatorios podrán utilizarse como prueba en un juicio o en una audiencia por cualquiera de las partes, si el tribunal lo permite.
A diferencia de las declaraciones, que pueden estar dirigidas a quienes no son partes, los interrogatorios solo pueden entregarse a las partes de la demanda. Por ejemplo, un demandante puede enviar interrogatorios al demandado y el demandado puede enviar interrogatorios al demandante. Tenga en cuenta que existen límites en la cantidad de interrogatorios que se pueden enviar a otra parte en la demanda.
Lea la regla: Maryland Regla 3-421 (Tribunal de Distrito); Regla de Maryland 2-421 (Tribunal de Circuito)
Ejemplos de interrogatorios - Hay "formularios de interrogatorios" en el Apéndice de las Reglas de Maryland, Volumen 2.
- Estos formularios de interrogatorio se dividen en varios temas, incluidos temas generales, relaciones domésticas, agravios relacionados con vehículos motorizados, lesiones personales, responsabilidad por productos defectuosos y negligencia médica.
- Los formularios de interrogatorio se desarrollaron para su uso en el Tribunal de Circuito, pero también pueden ser útiles en un caso presentado en el Tribunal de Distrito. Tenga en cuenta que existen diferencias entre lo que se permite en el Tribunal de Circuito y el Tribunal de Distrito. Por ejemplo, en el Tribunal de Distrito hay un límite máximo de 15 interrogatorios, pero el límite en el Tribunal de Circuito es de 30 interrogatorios.
- Los interrogatorios del formulario son sólo ejemplos. Es posible que tengas que revisar los ejemplos para tu caso específico.
- No es necesario utilizar el formulario de interrogatorios. Puedes redactar tus propios interrogatorios.
Servicio - Una parte puede entregar los interrogatorios a la otra parte enviándolos por correo a la otra parte o entregándolos personalmente. En determinadas circunstancias, el servicio puede estar disponible electrónicamente a través de los Tribunales Electrónicos de Maryland (MDEC). Obtenga más información sobre la notificación del proceso.
Registros comerciales como respuesta - Para responder al interrogatorio, puede tener la opción de producir o identificar registros comerciales específicos o brindar oportunidades razonables para examinar, auditar, inspeccionar, copiar, compilar, resumir o resumir los registros comerciales si:
- una respuesta a un interrogatorio puede encontrarse en un registro comercial perteneciente a la parte (o bajo el control de la parte) que responde al interrogatorio;
- la carga de encontrar y descifrar la información es sustancialmente la misma para ambas partes; y
- la parte que responde la pregunta aún no tiene la información.
Cuando especifique los registros, debe hacerlo con suficiente detalle para que la parte que hace la pregunta pueda encontrar e identificar los registros que contienen la información solicitada lo más fácilmente posible.
Lea la regla: Maryland Regla 3-421(e) (Tribunal de Distrito); Regla de Maryland 2-421(c) (Tribunal de Circuito)
Corte de circuito
Límites - A menos que el tribunal ordene lo contrario, puede entregar hasta 30 interrogatorios escritos dirigidos a cualquier otra parte. Si hay varias partes, puede entregar hasta 30 interrogatorios a cada parte.
Lea la regla: Regla de Maryland 2-421(a)
Pregunta única - Al redactar interrogatorios, asegúrese de que cada interrogatorio plantee una sola pregunta. Un interrogatorio que contenga muchas subpartes puede contar como interrogatorios múltiples. Hay una excepción a esta regla para el interrogatorios de “forma” que se encuentra en el Apéndice de las Reglas de Maryland. Cada formulario de interrogatorio contenido en el Apéndice cuenta como un único interrogatorio. Consulta los interrogatorios del formulario, y utiliza aquellos que sean aplicables a tu caso.
Lea la regla: Regla de Maryland 2-421(a), Formulario de interrogatorios
Momento - Los interrogatorios generalmente se entregan al principio de la demanda.
- Algunos demandantes incluso entregarán interrogatorios junto con la denuncia.
- A menos que el tribunal ordene lo contrario, no es necesario que entregue todos los interrogatorios a una de las partes al mismo tiempo. Puede entregar algunos interrogatorios a una de las partes al comienzo de la demanda y el resto más adelante, siempre y cuando no exceda los 30 interrogatorios en total para cada parte.
Respuesta/Respuesta - Debes responder a los interrogatorios.
- Debe entregar su respuesta dentro de los 30 días posteriores a la entrega de los interrogatorios o dentro de los 15 días posteriores a la fecha en la que se requiere su alegato o moción inicial, lo que ocurra más tarde.
- Las respuestas deberán formularse por escrito bajo juramento y firmadas por el contestador.
- Debes responder los interrogatorios tanto como puedas.
- Si se opone a algún interrogatorio, indique los motivos de su objeción en la respuesta al interrogatorio.
Lea la regla: Maryland Regla 2-421(b)
Deber de complementar - Existe una responsabilidad continua de comunicar cualquier información nueva que responda al interrogatorio. Por ejemplo, si sabe que la respuesta que dio a un interrogatorio ya no es cierta a la luz de nueva información, debe comunicárselo a la otra parte.
Lea el caso: Klein contra Weiss, 284 Md. 36 (Tribunal de Apelaciones, 1978)
Tribunal de Distrito
Límites - Puede enviar hasta 15 interrogatorios a otra parte del pleito. Si hay más de un imputado, el demandante podrá enviar 15 interrogatorios a cada imputado. Asimismo, si hay más de un demandante, el demandado podrá enviar 15 interrogatorios a cada demandante.
Lea la regla: Maryland Regla 3-421(b)
Momento - El demandante puede entregar interrogatorios al demandado a más tardar 10 días después de la fecha en que el secretario del tribunal envía por correo al demandante una notificación de que el demandado ha presentado un aviso de intención de defenderse. El demandado podrá notificar los interrogatorios al demandante a más tardar 10 días después del momento de presentar la notificación de intención de defenderse.
Lea la regla: Maryland Regla 3-421(b); 3 - 307
Respuesta/Respuesta - Generalmente debes responder.
- Se debe entregar una respuesta por escrito a los interrogatorios a la parte que envía los interrogatorios dentro de los 15 días posteriores a la entrega de los interrogatorios o dentro de los 5 días posteriores a la fecha en que se requiere la notificación de intención de defensa de esa parte, lo que ocurra más tarde.
- La respuesta o respuestas a los interrogatorios deberán constar por escrito.
- La respuesta debe indicar primero el interrogatorio y luego la respuesta al interrogatorio o los motivos para negarse a responder al interrogatorio.
- Cada interrogatorio debe responderse por separado.
- Generalmente, la respuesta a un interrogatorio debe incluir toda la información disponible para la parte directamente o a través de sus agentes, representantes o abogados.
- La respuesta deberá estar firmada por quien la formula y bajo juramento. Las Reglas de Maryland explican las formas de juramento escrito aceptables. Lea la regla: Regla de Maryland 1-304
Deber de complementar - Si una parte que ha respondido a los interrogatorios obtiene posteriormente información adicional que responda a los interrogatorios, la parte debe complementar su respuesta a los interrogatorios con prontitud.
Lea la regla: Maryland Regla 3-421(d)
Orden de protección - Una parte a la que se le hayan realizado interrogatorios puede presentar ante el tribunal una moción para obtener una orden de protección, solicitando al tribunal que proteja a la parte de molestias, vergüenza, opresión o cargas o gastos indebidos. La parte que presenta la moción de orden de protección debe entregar una copia de la moción a la parte que generó los interrogatorios. El tribunal podrá conceder o denegar la moción de orden de protección y emitirá una orden por escrito a las partes. Si la parte no obtiene una orden de protección del tribunal y no responde a los interrogatorios, la parte que genera los interrogatorios puede solicitar al tribunal que imponga sanciones a la parte que no responda a los interrogatorios, que pueden ser tan severas como desestimar la acción. o una parte de la acción o dictar sentencia en rebeldía contra la parte incumplidora.
Lea la regla: Maryland Regla 3-421(c)
Una respuesta convincente - Si la otra parte no responde a los interrogatorios, la parte que generó los interrogatorios puede presentar ante el tribunal una moción para obligar a responder a los interrogatorios si la parte a quien se enviaron los interrogatorios no responde o se niega a responder a los interrogatorios dentro de los cinco días siguientes servicio de la respuesta.
Lea la regla: Maryland Regla 3-421(g)
Presentaciones judiciales - Los interrogatorios que usted envía a la otra parte no se presentan ante el tribunal. Sin embargo, la parte que genera los interrogatorios debe presentar un aviso ante el tribunal indicando que se entregaron los interrogatorios, la fecha y la forma de entrega a la otra parte y el nombre de la parte notificada. De manera similar, el fiesta respondiendo a los interrogatorios debe presentar un aviso ante el tribunal indicando que se entregó una respuesta a los interrogatorios, la fecha y forma de entrega a la otra parte y el nombre de la parte entregada.