Un niño que necesita supervisión (CINS, por sus siglas en inglés) es un niño que necesita orientación, tratamiento o rehabilitación y pertenece a una de estas categorías:
- Debe ir a la escuela legalmente, pero habitualmente no lo hace;
- Normalmente no puede ser controlado por los padres, tutores o custodios del niño,
- Actúa de una manera que es peligrosa para sí mismo o para los demás, o
- Ha cometido un delito aplicable solo a los niños (como ausentismo escolar, fuga, violación del toque de queda o violación del alcohol).
Lea la Ley: Md. Código, Tribunales & Procedimientos judiciales.§ 3-8A-01(e)
Un niño que necesita supervisión no es lo mismo que un niño delincuente. Un “niño delincuente” es un niño que ha cometido un acto delictivo y requiere orientación, tratamiento o rehabilitación. Un "acto delictivo" significa un acto que sería un delito si lo cometiera un adulto.
El proceso de CINS comienza cuando alguien se queja ante el Departamento de Servicios Juveniles (DJS) sobre un niño. Dentro de los 25 días posteriores a la recepción de la queja, un oficial de admisión del DJS decide si presenta una petición ante el tribunal.
Si el oficial presenta una petición, el tribunal programará una audiencia para determinar si:
- el niño necesita supervisión formal por parte de DJS,
- el niño necesita supervisión informal por parte del DJS por un tiempo limitado (llamado "ajuste informal"), o
- no es necesaria ninguna acción.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales & Procedimientos judiciales §3-8A-10
Petición
Si el oficial de admisión presenta una petición ante el tribunal, la petición se presenta ante el tribunal de menores. Un niño que supuestamente es un niño que necesita supervisión no puede ser puesto en detención o en un centro de salud mental estatal. Un niño que necesita supervisión puede ser puesto en un refugio (un grupo comunitario no seguro o un hogar de acogida) .
El tribunal de menores llevará a cabo una audiencia para decidir si los hechos alegados en la petición son ciertos. Una agencia gubernamental apropiada presenta la evidencia. En los casos de Child in Need of Supervision, la agencia gubernamental solo necesita probar es más probable que los hechos alegados en la petición sean ciertos. (Este estándar de prueba se denomina estándar de “preponderancia de la evidencia” y es común en casos civiles). los hechos "más allá de toda duda razonable" (el estándar penal habitual que se utiliza en los casos de delincuencia juvenil). en silencio, y este silencio no se puede usar en contra del niño, pero en los casos de Niño en Necesidad de Supervisión, la 5th Enmienda no se aplica, y se le puede pedir al niño que hable.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales & Procedimientos judiciales §§3-8A-13; § 3-8A-18
En algunos casos de Niño que necesita supervisión, el tribunal puede designar a un abogado o defensor para que represente los intereses del niño durante la audiencia.
Lea la ley: Md . Código, Tribunales & Procedimientos judiciales § 3-8A-32
Si el tribunal decide que los hechos de la petición son ciertos, el tribunal llevará a cabo una "audiencia de disposición" para determinar qué acción debe tomar el tribunal. Un niño que necesita supervisión no puede ser ubicado legalmente en un centro que se usa solo para niños delincuentes. Un niño que necesita supervisión tampoco puede ser colocado legalmente en un centro que trata a adultos. Sin embargo, un niño que necesita supervisión puede ser colocado en un centro que trata a una mezcla de niños, incluidos los niños delincuentes. Incluso si un niño que necesita supervisión se escapa de una colocación o desobedece una orden judicial, el niño no puede ser retenido en un centro utilizado solo para delincuentes niños.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales & Procedimientos judiciales §§ 3-8A-19 y 3-8A-22
La restitución no está disponible en un caso de niño que necesita supervisión, pero el tribunal puede emitir una orden para controlar la conducta, es decir, para ordenar a los padres que participen en la consejería; la violación de la orden puede ser sancionada con desacato.
Lea la ley: Md . Código, Tribunales & Procedimientos judiciales §§ 3-8A-26 y 3-8A-28