Temas en esta página
- ¿Qué es una sentencia por Declaración Jurada?
- No hacer nada (Aceptar un Fallo en rebeldía)
- Negociar un acuerdo con el acreedor
- Defenderse a sí mismo en el tribunal (Disputar la demanda)
- ¿Qué sucede si se dicta una sentencia contra el Demandado?
¿Qué es una sentencia por Declaración Jurada?
Un acreedor puede solicitar una Sentencia por Declaración Jurada (también conocido como Fallo con Declaración Jurada) si tiene documentos que cree que prueban que el Demandado le debe al acreedor una cantidad específica de dinero.
La demanda empieza cuando el demandante (acreedor) presenta una Demanda y una Declaración Jurada en Apoyo de la Sentencia. (Complaint and Affidavit in Support of Judgment). El Demandado después tiene 15 días para presentar una Notificación de Intención de Defensa (localizado en la parte inferior de la citación judicial). Si no se presenta una notificación de intención de defenderse, un juez revisará los documentos para ver si demuestran que el Demandado de hecho le debe el dinero al Demandante. Si el juez encuentra que los documentos son adecuados, el juez ordenará a favor del Demandante sin más pruebas. Si el juez encuentra que los documentos no son adecuados, el juez denegará la solicitud de sentencia y fijará el caso para un juicio.
El resto de este artículo se trata de opciones que tienen los Demandados si ellos han sido notificados con una Demanda y Declaración Jurada en Apoyo de la Sentencia.
No hacer nada (Aceptar un Fallo en rebeldía)
Si usted no disputa que debe la deuda, una opción es aceptar un fallo en rebeldía.
Si usted no presenta una Notificación de Intención de Defensa ante el tribunal o no comparece ante el tribunal para el juicio programado, el tribunal puede dictar una sentencia contra usted por la cantidad que el Demandante solicitó. Una vez que se dicte el fallo en rebeldía, se le pedirá que pague al Demandante el monto de la deuda reclamada en la demanda y comenzarán a acumularse los intereses posteriores al fallo. Si no paga el fallo voluntariamente, el acreedor aún tendrá que pasar por el proceso legal para cobrar ese fallo (collect that judgment.)
Negociar un acuerdo con el acreedor
Si usted acepta que debe la deuda, una opción posible es negociar un acuerdo de conciliación con el acreedor antes de que finalice el plazo de 15 días después de recibir la notificación.
Para negociar un acuerdo de conciliación, debe comunicarse con el acreedor para ver si aceptará un plan de pago que se ajuste a su situación financiera. Si paga algún dinero de la deuda antes de la fecha del juicio, debe notificar al tribunal para reducir la demanda contra usted. Es fundamental que usted ponga por escrito cualquier tipo de acuerdo o un plan de pago. Guarde copias y registros de todos los pagos que realice para saldar la deuda.
Para obtener más información sobre cómo negociar con las partes contrarias, consulte la página sobre Como hablar con la otra parte (Talking to the Other Side.)
Defenderse a sí mismo en el tribunal (Disputar la demanda)
Primer Paso: Presentar una Notificación de Intención de Defensa
Si le notifican una Demanda y Declaración Jurada en Apoyo de la Sentencia y desea impugnar la demanda ante un tribunal, debe presentar una Notificación de Intención de Defensa. Esta notificación se encuentra en la parte inferior en el Auto de Citación Judicial.
Si no presenta la Notificación de Intención de Defensa, un juicio puede dictar sentencia en su contra sin un juicio. No omita este paso si desea luchar contra la demanda.
Al presentar una Notificación de Intención de Defensa, le está diciendo al tribunal que disputa el monto de la deuda reclamada en la Demanda y Declaración Jurada en Apoyo de la Sentencia. Una vez que presenta la Notificación de Intención de Defensa, el secretario del tribunal mandará una notificación al Demandante diciéndole que tiene la intención de defender la demanda. Si usted presenta una Notificación de Intención de Defensa, su caso procederá a juicio.
Segundo Paso: Ir a juicio
Si usted no está de acuerdo con que debe la deuda o quiere luchar contra la demanda por otras razones, puede luchar contra el caso en el tribunal enfrente de un juez. Si presentó una Notificación de Intención de Defensa, el tribunal programará un juicio. Incluso si usted no presentó una Notificación de Intención de Defensa antes de la fecha límite, aún debe ir a la audiencia que se indica en la Citación Judicial para explicar por qué el tribunal no debe dictar una sentencia en su contra.
Cuando comparece ante el tribunal, el tribunal escuchará el caso "en los méritos". Esto significa que el tribunal ya no considerará la Demanda y Declaración Jurada en Apoyo de la Sentencia por sí solo. En cambio, el Demandante tendrá que estar presente en el tribunal para presentar sus argumentos y evidencia para cumplir con su “carga de la prueba”. La “carga de la prueba” es la obligación del Demandante de probar su caso. En los casos de cobro de deudas, el Demandante debe demostrar mediante una “preponderancia de la evidencia” (lo que significa que es más probable que no, según la evidencia presentada en el juicio) que:
- la deuda es suya (el Demandado), y
- el Demandante es el dueño de la deuda.
Si usted gana, no se dictará sentencia. Si usted pierde, se dictará sentencia a favor del Demandante.
¿Qué sucede si el Demandante no se presenta a la audiencia?
Si el Demandante no se presenta a la audiencia, es probable que el tribunal conceda un aplazamiento del juicio. Esto se llama continuación. Se programará una nueva fecha de juicio para permitir que ambas partes asistan. Si se concede una continuación o prórroga, el tribunal notificará a ambas partes de una nueva fecha de juicio.
¿Qué sucede si se dicta una sentencia contra el Demandado?
Si se dicta sentencia contra el Demandado por la deuda contraída con el Demandante, el mismo tribunal no intentará cobrar el dinero. El Demandante debe intentar cobrar la sentencia. El Demandante no puede comenzar a cobrarle ningún dinero dentro de los primeros 30 días después de la fecha en que se dictó la sentencia. Esto da tiempo para las apelaciones, si las hubiera.
Si el Demandado elige no pagar voluntariamente al acreedor el dinero adeudado, el Demandante/acreedor tiene varias opciones para cobrar la sentencia en su contra. Las opciones del Demandante para cobrar una sentencia se pueden encontrar en este artículo sobre el tema: Cobro de una Sentencia (Collecting a Judgment.)