Temas en esta página:
- Adopción en general
- Quién puede adoptar
- Agencias de adopción
- Consentimiento
- Revocación del Consentimiento
- Petición
- Aviso
- Visitación
- Oír
- Adopciones Independientes
- Order
- Adopción de un Adulto y cambio de nombre
- Registros médicos y de salud mental
Generalmente
La adopción es un proceso legal que establece una relación entre padres e hijos entre personas que no están relacionadas biológicamente. Mediante orden judicial, los padres adoptivos se convierten en padres legales de un niño, asumiendo todos los derechos y responsabilidades que conlleva la paternidad. El proceso legal pone fin a los derechos y responsabilidades legales del padre biológico. Según la ley, la nueva relación entre padres e hijos no es diferente de la relación entre un padre biológico y un hijo.
La adopción puede ocurrir por varias razones, como cuando los padres biológicos no pueden o no quieren cuidar a su hijo o cuando un niño queda huérfano. Proporciona una manera para que los niños formen parte de una nueva familia y permite a los padres adoptivos ampliar su familia y cuidar a un niño necesitado. Maryland no prohíbe la adopción de adultos.
La ley de Maryland define tres tipos diferentes de adopciones:
- Adopciones de agencias públicas: este tipo de adopción es presentada por el Departamento de Servicios Humanos después de que se hayan terminado los derechos de los padres.
- Adopciones de agencias privadas: este tipo de adopción es presentada por una agencia de adopción privada que ha identificado a un niño disponible para adopción y ha identificado una familia dispuesta y capaz de adoptar al niño.
- Adopciones independientes: este tipo de adopción suele ser presentada por un particular. Las adopciones independientes suelen ser presentadas por un padrastro o copadre que desea adoptar al hijo de su pareja.
Los tres tipos de adopción tienen procedimientos similares. La adopción comienza con la presentación de una petición de adopción ante el Tribunal de Circuito. Si se puede encontrar a los padres biológicos, se les permite dar su consentimiento u oponerse a la adopción. Se presentan investigaciones e informes ante el tribunal y se celebra una audiencia. Finalmente, el tribunal concederá o denegará la petición. El Tribunal de Apelaciones de Maryland (anteriormente Tribunal de Apelaciones Especiales) se encarga de las apelaciones.
Las leyes, reglas y regulaciones de adopción están disponibles en las siguientes ubicaciones:
- Reglas de Maryland
- Acciones de Derecho de Familia - Adopción: Reglas 9-101 a 9-113.
- Estatutos de Maryland
- Adopciones de agencias públicas: Código de Maryland, Derecho de Familia Título 5, Subtítulo 3
- Estatutos de adopciones de agencias privadas: Código de Maryland, Título 5 del Derecho de Familia, Subtítulo 3A.
- Adopciones independientes: Código de Maryland, Título 5 del Derecho de Familia, Subtítulo 3B.
- Regulación
- Adopciones de agencias públicas Reglamento del Código de Maryland Título 7, Subtítulo 2, Capítulo 12.
- Adopciones de agencias privadas Reglamento del Código de Maryland Título 7, Subtítulo 5, Capítulo 3.
Quién puede adoptar
Cualquier adulto que no sea el padre biológico del niño puede solicitar la adopción ante el tribunal. No es necesario que el peticionario esté casado. Si el peticionario está casado, el cónyuge del peticionario se unirá a la petición a menos que la pareja esté separada, el cónyuge no sea legalmente competente o el cónyuge ya sea el padre legal del niño. Los peticionarios que buscan una adopción a través de una agencia pública deben completar un curso de estudio en el hogar de 27 horas.
Lea la Ley: Código de Maryland, Derecho de Familia § 5-331, § 5-3A-29, § 5-3B-13
Agencias de adopción
Adopción de Agencia Pública - El Departamento de Servicios Humanos de Maryland coloca a niños en adopción por parte de agencias públicas.
Adopción de agencia privada - Cualquier persona u organización que coloque niños en adopción debe tener una licencia a través de la Administración de Servicios Sociales. Los padres y otros parientes cercanos pueden dar a un niño en adopción sin licencia.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 5-507
Lea el Reglamento: Reglamento del Código de Maryland 07.05.01.03
Consentimiento
La ley de Maryland exige que los tutores legales de la persona que será adoptada den su consentimiento a la adopción. Para las adopciones por agencia, la propia agencia suele ser la tutora del niño y puede dar su consentimiento. Para la mayoría de las adopciones independientes, el peticionario necesitará el consentimiento de todos los padres vivos.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 5-338, § 5-350, § 5-3A-35, § 5-3B-20, § 5-3B-22
Lea la regla: Maryland Regla 9-102
En algunas adopciones de agencias públicas, el Departamento de Servicios Humanos ya ha obtenido una orden del tribunal que pone fin a los derechos de paternidad de los padres naturales. Si se han rescindido los derechos de los padres, solo se requiere el consentimiento de la agencia. Si los derechos de los padres no han terminado y los padres todavía están vivos, al menos uno de los padres deberá dar su consentimiento. Si uno de los padres da su consentimiento a la adopción y no se puede obtener el consentimiento del otro padre, el tribunal aún puede conceder la adopción si el padre que no da su consentimiento:
- está muerto,
- no se puede localizar,
- no ha estado en contacto con el departamento durante 180 días, y
- no se opone a un aviso de la adopción en el periódico.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 5-338
Si el niño a adoptar tiene al menos 10 años, el niño también deberá dar su consentimiento. Si el niño tiene menos de 10 años, no debe oponerse.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 5-338, § 5-350, § 5-3A-35, § 5-3B-20
Revocación del Consentimiento
- Los organismos públicos pueden revocar el consentimiento hasta que el tribunal conceda la adopción.
- La persona que vaya a ser adoptada podrá revocar el consentimiento hasta que el tribunal conceda la adopción.
- En adopciones de agencias públicas, los padres pueden revocar el consentimiento dentro de los 30 días posteriores a la firma del consentimiento o la presentación de la petición, lo que ocurra más tarde.
- Las agencias privadas pueden revocar el consentimiento dentro de los 14 días posteriores a la firma del consentimiento o los 14 días posteriores a la presentación de la petición, lo que ocurra más tarde.
- En una adopción independiente, el padre tiene 30 días después de firmar el consentimiento para revocar.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 5-339, § 5-351, § 5-3A-35, § 5-3B-21
Petición
El proceso de adopción comienza con una petición de adopción.
La Regla 9-103 enumera en detalle qué información debe incluirse en la petición y qué documentos adicionales deben presentarse como pruebas junto con la petición.
Lea la regla: Maryland Regla 9-103
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 5-331, § 5-345, § 5-3A-29
Aviso
Cuando se presenta la petición, el secretario del tribunal de menores envía un aviso de la presentación a cada persona que debe dar su consentimiento y a los abogados del niño y de los padres.
En una adopción de agencia pública, el tribunal programará una conferencia de estado dentro de los 60 días posteriores a la presentación de la petición. El tribunal también emitirá una orden de mostrar causa que se enviará a los padres en los casos en que no se hayan terminado los derechos de los padres. La orden de mostrar causa otorga a los padres el derecho de oponerse a la adopción. Cualquier persona que tenga derecho a participar en el procedimiento tiene 30 días para oponerse a la adopción. Regla de Maryland 9-105 Da el formulario para la orden de mostrar causa.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 5-333, § 5-334, § 5-346, § 5-3B-14, § 5-3B-15, § 5-3A-30
Lea la regla: Maryland Regla 9-104, 9 - 105, 9 - 107
Visitación
El peticionario y los padres naturales podrán celebrar un acuerdo para conceder visitas después de la adopción.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 5-308, § 5-3A-08, § 5-3B-07
Oír
El tribunal celebrará una audiencia antes de conceder o denegar una petición de adopción. En las adopciones de agencias privadas, la agencia debe presentar un informe al tribunal antes de la audiencia. En las adopciones independientes, el tribunal puede ordenar una investigación antes de conceder la adopción.
Lea la Ley: Código de Maryland, Derecho de Familia § 5-3A-31, § 5-3B-16
La consideración más importante en la audiencia es lo que es mejor para la persona que va a ser adoptada. El tribunal se asegurará de que se haya realizado toda la documentación adecuada. El tribunal también determinará la aptitud del peticionario para ser padres.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 5-337, § 5-349, § 5-3A-34, § 5-3B-19,
Lea la regla: Maryland Regla 9-109
Adopciones Independientes
Las adopciones independientes generalmente se refieren a adopciones arregladas por y entre un padre biológico y un posible padre adoptivo, y los padres biológicos y los futuros padres negocian entre sí (ya sea directamente o a través de abogados).
Hay cuestiones especiales cuando uno de los padres no ha dado su consentimiento para una adopción independiente. Si un padre presenta un aviso de objeción, el tribunal no puede conceder la adopción a menos que el peticionario:
- Ha tenido la custodia del niño por más de 180 días, y
- Tiene vínculos emocionales importantes con el peticionario.
Además, el padre debe:
- No haber tenido contacto con el niño mientras el peticionario tenía la custodia;
- No haber contribuido a la manutención del niño;
- Abusó significativamente del niño; o
- Haber sido condenado por delitos graves de violencia.
Estas cuestiones se plantearán en la audiencia.
Lea la Ley: Código de Maryland, Derecho de Familia § 5-3B-22
Order
Después de la audiencia, el tribunal emitirá una orden concediendo o denegando la adopción.
Adopción de agencia pública: el tribunal debe pronunciarse sobre la adopción dentro de los 180 días, pero después de que expire la orden de mostrar causa y el plazo para la revocación.
Adopciones de agencias privadas: el tribunal no puede dictar una orden de adopción hasta 30 días después de que la agencia haya recibido la orden de tutela del niño.
Adopciones independientes: el tribunal no puede dictar una orden de adopción hasta que expire el período de revocación.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 5-336, § 5-348, § 5-3A-33, § 5-3B-18
Lea la regla: Maryland Regla 9-111
Adopción de un Adulto y cambio de nombre
Es común que un menor adoptado tome el apellido del padre adoptivo. También es posible que un adulto adoptado tome el apellido del padre adoptivo (o cualquier otro nombre que desee).
El proceso básico para la adopción de un adulto es el mismo que para la adopción de un menor.
El padre adoptivo debe incluir el nombre deseado del adoptado en la petición y en el Certificado de adopción del MDH .
Lea la regla: Maryland Regla 9-103
Registros médicos y de salud mental
Los padres adoptivos o futuros padres adoptivos pueden solicitar historiales médicos y de salud mental de los padres biológicos del adoptado. La información disponible dependerá de lo que quedó registrado en el momento de la adopción. La información médica no identificable se puede solicitar directamente a la agencia que facilitó la adopción. Si no sabe qué agencia facilitó la adopción, el Búsqueda de adopción Contacto y servicios de reunión La oficina del Departamento de Servicios Humanos puede ayudarlo a encontrar los registros médicos que está buscando. Ver su página web para más detalles
Lea la Ley: Código de Maryland, Derecho de Familia § 5-356, § 5-3A-39, § 5-3B-30